Jurisprudencia sobre Relación jurídica.
Filtros
Voces
Ponente
Martin Delgado, Alejandro
Legido Lopez, Epifanio
Sobrino Blanco, Angel Luis
Murillo De La Cueva, Pablo Maria Lucas
Mestre Ramos, Maria
Convenido por las partes cómo el banco estimó oportuno satisfacer a cada uno de los agentes la mitad de sus honorarios, considera la Sala que la intervención del actor en la negociación fue eficaz para la sociedad demandada, por lo que su retribución ha de ser satisfecha en mayor proporción que la señalada en la instancia, pues carecería de lógica que habiéndose conformado la apelante demandante con la mitad de los honorarios convenidos con el Banco, posiblemente por reconocimiento de la actu
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Considera la Sala para que el descontatario pudiera hacerse acreedor a la devolución de los efectos mercantiles descontados y no satisfechos por el librado-aceptante, habrá aquél de pagar a su banco lo que éste le anticipó. Dicho abono habrá de ser efectivo, no siendo suficiente con un asiento contable ineficaz por falta de saldo en la cuenta del cliente descontatario
Como resultado del cotejo entre la firma dubitada recogida en el recibí, y el cuerpo de escritura y firmas indubitadas realizadas por el acusado , el perito judicial concluye tajantemente que la firma dubitada que se encuentra al pie del documento denominado recibí ha sido trazada por el acusado, dadas las relaciones de identidad advertidas, por aquél.
Convenido por las partes cómo el banco estimó oportuno satisfacer a cada uno de los agentes la mitad de sus honorarios, considera la Sala que la intervención del actor en la negociación fue eficaz para la sociedad demandada, por lo que su retribución ha de ser satisfecha en mayor proporción que la señalada en la instancia, pues carecería de lógica que habiéndose conformado la apelante demandante con la mitad de los honorarios convenidos con el Banco, posiblemente por reconocimiento de la actu
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Considera la Sala para que el descontatario pudiera hacerse acreedor a la devolución de los efectos mercantiles descontados y no satisfechos por el librado-aceptante, habrá aquél de pagar a su banco lo que éste le anticipó. Dicho abono habrá de ser efectivo, no siendo suficiente con un asiento contable ineficaz por falta de saldo en la cuenta del cliente descontatario
Como resultado del cotejo entre la firma dubitada recogida en el recibí, y el cuerpo de escritura y firmas indubitadas realizadas por el acusado , el perito judicial concluye tajantemente que la firma dubitada que se encuentra al pie del documento denominado recibí ha sido trazada por el acusado, dadas las relaciones de identidad advertidas, por aquél.