Jurisprudencia sobre Responsabilidad contractual.
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Daños y perjuicios
Sociedad de responsabilidad limitada
Responsabilidad
Responsabilidad contractual
Asegurador
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Utrillas Carbonell, Fernando
Fernandez Gonzalez, Victor Manuel
Garcia De Ceca Benito, Paloma Marta
Sancho Gargallo, Ignacio
Sobrino Blanco, Angel Luis
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Se confirma la sentencia impugnada sobre responsabilidad contractual. Derrame de ácido por el incorrecto estado de bombas que lo contenían. No existió la invocada errónea valoración de la prueba practicada. Por la pericial se acredita que las tapas de las bombonas no eran estancas y el cierre era defectuoso, pero no se prueba que el derrame se causó por la inadecuada manipulación de los trabajadores de la entidad actora, ésta dio aviso del derrame el mismo día que se produjo. Sobre la posible
03065370092007100215 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Elche/Elx Sección: 9 Nº de Resolución: 231/2007 Fecha de Resolución: 01/06/2007 Nº de Recurso: 71/2007 Jurisdicción: Civil Ponente: ENCARNACION CATURLA JUAN Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
03065370092007100176 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Elche/Elx Sección: 9 Nº de Resolución: 184/2007 Fecha de Resolución: 04/05/2007 Nº de Recurso: 286/2007 Jurisdicción: Civil Ponente: DOMINGO SALVATIERRA OSSORIO Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
La AP desestima el recurso de apelación de la parte actora. La Sala señala que la imposibilidad de determinar la causa de la muerte por causa no imputable al porteador y la nula influencia de las llamadas causas ambientales (las únicas referidas en la demanda) en la muerte por asfixia nos llevan a desestimar el recurso.
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que no se ha acreditado la existencia de duplicidad de valoración de secuelas, ni, en su caso, tampoco que la valoración diferenciada de las apreciadas determine, por de dicha sistemática, una irracional valoración en su puesta en relación con secuela susceptible de integrar la totalidad de las contempladas por el Juzgador a quo, sin que consideraciones genéricas del demandante permitan avalar la rectificación
Se confirma la sentencia impugnada sobre responsabilidad contractual. Derrame de ácido por el incorrecto estado de bombas que lo contenían. No existió la invocada errónea valoración de la prueba practicada. Por la pericial se acredita que las tapas de las bombonas no eran estancas y el cierre era defectuoso, pero no se prueba que el derrame se causó por la inadecuada manipulación de los trabajadores de la entidad actora, ésta dio aviso del derrame el mismo día que se produjo. Sobre la posible
03065370092007100215 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Elche/Elx Sección: 9 Nº de Resolución: 231/2007 Fecha de Resolución: 01/06/2007 Nº de Recurso: 71/2007 Jurisdicción: Civil Ponente: ENCARNACION CATURLA JUAN Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
03065370092007100176 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Elche/Elx Sección: 9 Nº de Resolución: 184/2007 Fecha de Resolución: 04/05/2007 Nº de Recurso: 286/2007 Jurisdicción: Civil Ponente: DOMINGO SALVATIERRA OSSORIO Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
La AP desestima el recurso de apelación de la parte actora. La Sala señala que la imposibilidad de determinar la causa de la muerte por causa no imputable al porteador y la nula influencia de las llamadas causas ambientales (las únicas referidas en la demanda) en la muerte por asfixia nos llevan a desestimar el recurso.
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que no se ha acreditado la existencia de duplicidad de valoración de secuelas, ni, en su caso, tampoco que la valoración diferenciada de las apreciadas determine, por de dicha sistemática, una irracional valoración en su puesta en relación con secuela susceptible de integrar la totalidad de las contempladas por el Juzgador a quo, sin que consideraciones genéricas del demandante permitan avalar la rectificación