Jurisprudencia por Soriano Soriano, Jose Ramon.
Se declara haber lugar en parte al recurso de casación interpuesto contra Sentencia sentencia condenatoria de la audiencia Provincial de Valencia, sección Cuarta, sobre delito continuado de falsedad en documento mercantil, en concurso ideal con un delito continuado de apropiación indebida, y un delito de estafa. La Sala declara que a la hora de perfilar el engaño, el factum es aséptico y refleja el acto apropiativo sin incluir un engaño bastante en la conducta defraudatoria. El
Se estima el recurso de casación contra el Auto de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona sobre prescripción de delito de estafa. La Sala considera que es patente que la presente causa ha invertido excesivo tiempo en su tramitación, y que los hechos no han prescrito y deben proseguir, sin perjuicio de que en su momento, si recayese sentencia condenatoria, pudiera ser estimada una atenuante de dilación indebida, estimando que se han producido inequívocas actua
Se declara haber lugar en parte al recurso de casación interpuesto contra sentencia condenatoria de la audiencia Provincial de Jaén, sección Primera, sobre apropiación indebida. La Sala declara que hubo error en la sentencia en cuanto a la determinación del importe de la apropiación, al no deducir del mismo una serie de gastos pagados por el acusado, lo que hará disminuir su responsabilidad indemnizatoria, y estima el recurso en este único aspecto, desestimándolo en los demás, d
Se estima parcialmente el recurso de casación contra la Sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ourense sobre delito de estafa. La Sala considera que el engaño desplegado fue idóneo para persuadir a una persona de cultura y capacidad media, ya que el acusado facilitaba datos capaces de confundir a cualquiera con relación a un juego de lotería, habiendo obtenido la clave del correo electrónico del engañado y aportando certificados de apariencia oficial. En c
- TRÁFICO DE DROGAS. * Pruebas inútiles e innecesarias, inicialmente pertinentes. * Las posibles deficiencias de la investigación policial o judicial no susceptibles de ser subsanadas no deben perjudicar al acusado.
DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA.- Tráfico de drogas.- Actuación coordinada de los cinco acusados.- No procede la aplicación del art. 368-2 C.P.- Actividad delictiva como único medio de vida.-
Se declara no haber lugar a los recursos de casación interpuestos contra sentencia condenatoria dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Vigésimo Primera, por delito contra la salud pública.
L
DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA: REVISIÓN DE LA PENA.- L.O. 5/2010 de 22 de junio.- La pena debe reputarse proporcionada, a la vista de una y otra normativa.-
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Sexta, denegatorio de solicitud de revisión de condena impuesta por delito contra la salud pública.
La Sala declara que
DELITOS DE PROSTITUCIÓN DE MENORES Y DE ABUSO SEXUAL.- Falta de acreditación de la concurrencia del elemento de la presión o utilización de las circunstancias que atribuían al recurrente una superioridad material o moral sobre el menor para practicar los actos sexuales que realizó.-
Se declara haber lugar en parte al recurso de casación interpuesto por uno de los acusados, y no haber lugar al interpuesto por el otro, ambos contra
TRÁFICO DE DROGAS.- Corrección constitucional y legal de las intervenciones telefónicas.- No se infringió el art.
Se declara no haber lugar a los recursos de casación interpuestos contra sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Palma de Mallor
DELITOS DE FALSEDAD Y ESTAFA.- Existencia de engaño en la estafa.-
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra Sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección Primera, por delitos de falsedad y estafa.
La Sala declara que si constituye delito de apropiación indebida (art.
Se declara haber lugar en parte al recurso de casación interpuesto contra Sentencia sentencia condenatoria de la audiencia Provincial de Valencia, sección Cuarta, sobre delito continuado de falsedad en documento mercantil, en concurso ideal con un delito continuado de apropiación indebida, y un delito de estafa. La Sala declara que a la hora de perfilar el engaño, el factum es aséptico y refleja el acto apropiativo sin incluir un engaño bastante en la conducta defraudatoria. El
Se estima el recurso de casación contra el Auto de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona sobre prescripción de delito de estafa. La Sala considera que es patente que la presente causa ha invertido excesivo tiempo en su tramitación, y que los hechos no han prescrito y deben proseguir, sin perjuicio de que en su momento, si recayese sentencia condenatoria, pudiera ser estimada una atenuante de dilación indebida, estimando que se han producido inequívocas actua
Se declara haber lugar en parte al recurso de casación interpuesto contra sentencia condenatoria de la audiencia Provincial de Jaén, sección Primera, sobre apropiación indebida. La Sala declara que hubo error en la sentencia en cuanto a la determinación del importe de la apropiación, al no deducir del mismo una serie de gastos pagados por el acusado, lo que hará disminuir su responsabilidad indemnizatoria, y estima el recurso en este único aspecto, desestimándolo en los demás, d
Se estima parcialmente el recurso de casación contra la Sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ourense sobre delito de estafa. La Sala considera que el engaño desplegado fue idóneo para persuadir a una persona de cultura y capacidad media, ya que el acusado facilitaba datos capaces de confundir a cualquiera con relación a un juego de lotería, habiendo obtenido la clave del correo electrónico del engañado y aportando certificados de apariencia oficial. En c
- TRÁFICO DE DROGAS. * Pruebas inútiles e innecesarias, inicialmente pertinentes. * Las posibles deficiencias de la investigación policial o judicial no susceptibles de ser subsanadas no deben perjudicar al acusado.
DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA.- Tráfico de drogas.- Actuación coordinada de los cinco acusados.- No procede la aplicación del art. 368-2 C.P.- Actividad delictiva como único medio de vida.-
Se declara no haber lugar a los recursos de casación interpuestos contra sentencia condenatoria dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Vigésimo Primera, por delito contra la salud pública.
L
DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA: REVISIÓN DE LA PENA.- L.O. 5/2010 de 22 de junio.- La pena debe reputarse proporcionada, a la vista de una y otra normativa.-
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Sexta, denegatorio de solicitud de revisión de condena impuesta por delito contra la salud pública.
La Sala declara que
DELITOS DE PROSTITUCIÓN DE MENORES Y DE ABUSO SEXUAL.- Falta de acreditación de la concurrencia del elemento de la presión o utilización de las circunstancias que atribuían al recurrente una superioridad material o moral sobre el menor para practicar los actos sexuales que realizó.-
Se declara haber lugar en parte al recurso de casación interpuesto por uno de los acusados, y no haber lugar al interpuesto por el otro, ambos contra
TRÁFICO DE DROGAS.- Corrección constitucional y legal de las intervenciones telefónicas.- No se infringió el art.
Se declara no haber lugar a los recursos de casación interpuestos contra sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Palma de Mallor
DELITOS DE FALSEDAD Y ESTAFA.- Existencia de engaño en la estafa.-
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra Sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección Primera, por delitos de falsedad y estafa.
La Sala declara que si constituye delito de apropiación indebida (art.