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Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo. - Boletín Oficial del Estado de 19-05-2021

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Julio de 2022

F. entrada en vigor: 01/07/2021

Órgano emisor: MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 119

F. Publicación: 19/05/2021


CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Zonas de navegación y categorías de diseño. Artículo 4. Obligaciones de los propietarios y patrones.
CAPÍTULO II. Equipos de salvamento
Artículo 5. Certificación de los equipos de salvamento. Artículo 6. Balsas salvavidas. Artículo 7. Chalecos salvavidas. Artículo 8. Aros salvavidas. Artículo 9. Señales de socorro.
CAPÍTULO III. Equipos de navegación
Artículo 10. Luces, marcas y señales acústicas. Artículo 11. Líneas de fondeo. Artículo 12. Material náutico. Artículo 13. Material diverso.
CAPÍTULO IV. Equipos de seguridad contraincendios y medios de achique
Artículo 14. Clasificación de combustibles. Artículo 15. Extintores portátiles. Artículo 16. Sistemas fijos de extinción de incendios. Artículo 17. Sistemas de detección de gases. Artículo 18. Sistemas de ventilación. Artículo 19. Depósitos de combustible. Artículo 20. Medios de achique.
CAPÍTULO V. Prevención de la contaminación
Artículo 21. Prevención de la contaminación por hidrocarburos, por las basuras y atmosférica. Artículo 22. Prevención de la contaminación por las aguas sucias. Artículo 23. Descarga de aguas sucias.
CAPÍTULO VI. Infracciones y sanciones
Artículo 24. Infracciones. Artículo 25. Sanciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Zona de navegación de embarcaciones excluidas. D.A. 2ª. Actualización de equipos. D.A. 3ª. Embarcaciones de recreo matriculadas con categoría de navegación asignada. D.A. 4ª. Autorización para la instalación de equipos de salvamento de carácter innovador.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas. D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. D.F. 3ª. Título competencial. D.F. 4ª. Entrada en vigor.