Las ausencias al trabajo por cuidado de hijos ante el cierre de colegios no implican automáticamente dimisión
- Materia: Laboral
- Fecha: 13/01/2021

Según la SJS Valencia, Nº 296/2020, de 16 de noviembre de 2020, ECLI: ES:JSO:2020:4899, que una trabajadora comunique que no puede realizar su actividad por cuidar de sus hijos ante las necesidades de conciliación surgidas por el impacto del COVID-19, no supone una conducta que revele necesariamente la voluntad extinguir el contrato ni una clara voluntad de cesar, a pesar de no solicitar excedencia, reducción de jornada o la adaptación del horario y reducción de jornada relacionadas con el COVID-19 (Plan MECUIDA).
El caso
Estando suspendidas las clases tras la declaración de Estado de Alarma decretado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, la trabajadora comunica vía wasap a su encargada que ninguna de las opciones dadas por la empresa a efectos de conciliación le da tranquilidad, verbalizando su intención de que le arreglen los papeles del paro.
La empresa no accede al acuerdo propuesto de arreglar fraudulentamente la prestación por desempleo, dando de baja en la Seguridad Social a la trabajadora sin que la misma hubiese manifestado claramente su intención de cesar en el trabajo, pues lo que ha verbalizado es "que no le interesan las opciones dadas por la empresa, nada más y cree que podrá percibir la prestación de desempleo".
Ausencias injustificadas al trabajo pero no dimisión
La Sala entiende que la empresa ha dado por finalizada la relación laboral, sin que de la actuación de la trabajadora se desprendiera que su voluntad fuera de manera cierta, clara y terminante la de extinguir la relación laboral por dimisión (art 49.1.d) ET). Es decir, el comportamiento de la trabajadora supone incurrir en ausencias injustificadas al trabajo pero no en una dimisión, pudiendo haber determinado aquellas un despido disciplinario por incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas, pero no una baja voluntaria como se pretende.
En consecuencia, para el Juzgado de lo Social, nos hallamos ante un acto de despido improcedente al haberse operado sobre una pretendida e inexistente baja voluntaria.
"(...) cuando el comportamiento alegado por el empresario es lo que suele llamarse un abandono del trabajo, esta Sala ha distinguido el aspecto extintivo del sancionador por incumplimiento: para que exista la causa extintiva en examen es preciso que "se produzca una actuación del trabajador que, de manera expresa o tácita, pero siempre clara y terminante, demuestre su deliberado propósito de dar por terminado el contrato, lo que requiere una manifestación de voluntad en este sentido o una conducta que de modo concluyente revele el elemento intencional decisivo de romper la relación laboral"; en esta línea, y a los efectos de delimitar el llamado abandono frente al despido disciplinario por falta de asistencias al trabajo, se subraya que éstas no pueden considerarse, objetivamente y al margen de un contexto en el que por su continuidad o por otras circunstancias aparezcan dotadas de un indudable significado extintivo; en cualquier caso, para valorar el propósito del trabajador "hay que precisar de forma inequívoca las motivaciones e impulsos que le animan toda vez que la voluntad de realizar un acto culposo laboral es diferente de la necesaria para extinguir la relación laboral" (STS 3 junio 1988, citada en el fallo analizado).
"La dimisión del trabajador, como todo acto negocial, en este caso con finalidad de extinguir otro negocio más amplio, y de carácter sucesivo o prolongado, que es el propio contrato de trabajo, requiere una voluntad incontestable en tal sentido; la cual puede manifestarse al exterior, para que la conozca el empresario, de manera expresa: signos escritos o verbales que directamente explicitan la intención del interesado; o de manera tácita: comportamiento de otra clase, del cual cabe deducir clara y terminantemente que el empleado quiere terminar su vinculación laboral. De ahí que el llamado abandono (mencionado en la vieja Ley de Contrato de Trabajo de 1944, art. 81; y tangencialmente en el ET art. 21.4 a propósito de los pactos de permanencia), materializado en una inasistencia más o menos prolongada del trabajador al centro o lugar de trabajo, no sea algo que mecánicamente equivalga a una extinción por dimisión; sino que, y este sería el significado unificador de la presente resolución se necesita que esas ausencias puedan hacerse equivaler a un comportamiento del que quepa extraer, de manera clara, cierta y terminante, que el empleado desea extinguir el contrato" (STSJ Madrid, Nº 220/2012, de 21 de marzo de 2012, ECLI: ES:TSJM:2012:1091, citada en el fallo analizado).
¿Cómo actuar si el trabajador no se presta en el trabajo?
Como hemos analizado en "Extinción del contrato de trabajo por ausencias injustificadas del trabajador. ¿Baja en la empresa por extinción voluntaria o despido disciplinario por falta de justificación de las ausencias?", la ausencia injustificada al trabajo, debe ir acompañada de una clara intención por parte del mismo de extinguir su relación laboral para operar sin otro trámite que la comunicación de extinción por parte de la empresa y la baja en el Seguridad Social. En caso de una mínima duda sobre la existencia o no de dimisión o abandono, deberá requerirse por escrito la vuelta al trabajo junto con la justificación de las ausencias. Si el trabajador no justifica su ausencia, en un plazo razonable (tomando como referencia cualquier indicación del convenio colectivo) será necesario realizar un despido disciplinario por faltas repetidas e injustificadas de asistencia al trabajo procediendo a liquidar cualquier deuda mediante finiquito y su baja en la Seguridad Social con fecha de efectos del despido.
Extinción del contrato laboral por dimisión, abandono o inasistencia al trabajo.
RDLeg. 2/2015 de 23 de Oct (Estatuto de los Trabajadores) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 255 Fecha de Publicación: 24/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 13/11/2015 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 1ª. Título competencial.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 13ª. Aplicación paulatina del artículo 48 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
- D.T. 12ª. Salarios de tramitación.
Real Decreto 463/2020 de 14 de Mar (Declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 66 Fecha de Publicación: 14/03/2020 Fecha de entrada en vigor: 14/03/2020 Órgano Emisor: Ministerio De La Presidencia, Relaciones Con Las Cortes Y Memoria Democratica
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Sentencia SOCIAL Nº 146/2020, JSO - Palencia, Sec. 1, Rec 281/2020, 01-10-2020
Orden: Social Fecha: 01/10/2020 Tribunal: Juzgado De Lo Social - Palencia Ponente: Morata Escalona, Maria Del Pilar Num. Sentencia: 146/2020 Num. Recurso: 281/2020
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Sentencia SOCIAL Nº 348/2018, JSO León, Sec. 2, Rec 414/2018, 21-09-2018
Orden: Social Fecha: 21/09/2018 Tribunal: Juzgado De Lo Social - León Ponente: Angel Sorando Pinilla Num. Sentencia: 348/2018 Num. Recurso: 414/2018
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Sentencia SOCIAL Nº 169/2020, JSO Palma de Mallorca, Sec. 4, Rec 516/2020, 02-10-2020
Orden: Social Fecha: 02/10/2020 Tribunal: Juzgado De Lo Social - Palma De Mallorca Ponente: Pou López, María Jesús Num. Sentencia: 169/2020 Num. Recurso: 516/2020
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Sentencia Social Nº S/S, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 5013/2003, 02-11-2004
Orden: Social Fecha: 02/11/2004 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Desdentado Bonete, Aurelio Num. Sentencia: S/S Num. Recurso: 5013/2003
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Sentencia SOCIAL Nº 110/2020, JSO - Palencia, Sec. 2, Rec 288/2020, 08-10-2020
Orden: Social Fecha: 08/10/2020 Tribunal: Juzgado De Lo Social - Palencia Ponente: Gomez Alonso, Esther Num. Sentencia: 110/2020 Num. Recurso: 288/2020
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Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo
Orden: Laboral Fecha última revisión: 04/05/2020
El art. 54.2.a) del Estatuto de los Trabajadores considera justa causa para que el empresario pueda extinguir el contrato de trabajo, las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.Justa causa para la extinción del cont...
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Reposición de las prestaciones por desempleo en caso de ERTE
Orden: Laboral Fecha última revisión: 16/11/2020
Mientras se mantenga la situación extraordinaria derivada del COVID-19, se han fijado una serie de medidas en materia de desempleo y cotización recogidas en los artículos 22, 23, 24 y 25 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. NOVEDAD- Rea...
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Adaptación del horario y reducción de jornada relacionadas con el COVID-19 (Plan MECUIDA)
Orden: Laboral Fecha última revisión: 28/01/2021
El art. 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, regula las medidas para favorecer la conciliación laboral, mediante el derecho de los trabajad...
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Extinción, indemnización y desempleo ante finalización o suspensión de contrato fijo discontinuo
Orden: Laboral Fecha última revisión: 12/11/2020
Los trabajadores fijos discontinuos serán llamados por el orden y la forma que se determine en el convenio colectivo, pudiendo el trabajador en caso de incumplimiento de dicho llamamiento, reclamar en procedimiento de despido. La finalización de lo...
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Despido procedente
Orden: Laboral Fecha última revisión: 17/09/2020
Son los Jueces de lo Social, una vez celebrado el juicio, los que dictarán sentencia, en el plazo de cinco días, en la que calificará el despido como nulo, improcedente o procedente, notificándose a las partes dentro de los dos días siguientes. ...
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Solicitud colectiva de prestaciones por desempleo por suspensión o reducción de jornada a consecuencia del COVID-19
Fecha última revisión: 27/11/2020
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Comunicación individual a la persona trabajadora de ERTE por fuerza mayor Covid-19
Fecha última revisión: 13/10/2020
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO].[DATOS_EMPRESA]A la att. [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA]Muy señor/a mío/a:Por medio de la presente, obedeciendo lo establecido en el artículo 45.i, 47 y 51.7 del Estatuto de los Trabajadores; así como en...
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Modelo genérico de memoria explicativa de los motivos de ERTE por fuerza mayor derivada del COVID-19.
Fecha última revisión: 13/10/2020
I. PRESENTACIÓN DE (NOMBRE_EMPRESA). (1)a) [NOMBRE_EMPRESA], [DOMICILIO_SOCIAL], [NIF_EMPRESA] , con numero de la Seguridad Social [NUMERO].b) [Datos mercantiles. CONSIGNAR: Capital social, composición de accionariado, fecha de constitución, co...
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Demanda contra despido disciplinario de trabajador con contrato de trabajo suspendido por excedencia para atender al cuidado de hijo (apdo. 3, Art. 46, ET).
Fecha última revisión: 27/07/2017
AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE [PROVINCIA]D./Dña. [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], Graduado Social, colegiado con el nº [NUMERO], en nombre y representación de D./Dña [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, poseedor del D.N.I. núm. [NUMERO], y vecino de [LOCALIDA...
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Formulario de comunicación al trabajador de nueva afección a ERE fuerza mayor COVID-19
Fecha última revisión: 18/12/2020
[DATOS_EMPRESA] En [LUGAR], a [FECHA]A la att. [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA]Muy señor/a mío/a: Como sabe con fecha de efectos del pasado día [FECHA], obedeciendo a lo establecido en el art. 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medid...
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Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: ¿Una personas trabajadora en situación de excedencia puede incluirse en un ERTE?
Fecha última revisión: 27/11/2020
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Análisis de la comunicación a la Entidad Gestora en procedimientos de despido colectivo, suspensión de contratos o reducción de jornada en relación con las prestaciones por desempleo.
Fecha última revisión: 22/04/2016
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Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: ¿Cómo solicitar la prestación por desempleo del único empleado en ERTE por impedimento?
Fecha última revisión: 27/11/2020
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Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: Extinción de contratos temporales que finalicen durante el estado de alarma
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Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: Un despido individual asociado al impacto del COVID-19, ¿es nulo o improcedente?
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Resolución de ICAC, 122/JUNIO 2020, 01-06-2020
Órgano: Instituto Contable Y Auditoria De Cuentas Fecha: 01/06/2020 Núm. Resolución: 122/JUNIO 2020
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Resolución Vinculante de DGT, V0200-12, 31-01-2012
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 31/01/2012 Núm. Resolución: V0200-12
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Resolución Vinculante de DGT, V3350-20, 12-11-2020
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 12/11/2020 Núm. Resolución: V3350-20
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Resolución de TEAF Bizkaia, 12430, 05-10-2010
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 05/10/2010
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Resolución Vinculante de DGT, V1550-19, 25-06-2019
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 25/06/2019 Núm. Resolución: V1550-19