Subvenciones
Filtros
Boletín
Boletín Oficial del Estado
Diario Oficial de Cataluña
Boletín Oficial de Castilla y León
Diario Oficial de la Generalitat Valenciana
Diario Oficial de Castilla La-Mancha
Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Particulares
Asociaciones y economía social
Comunidades de propietarios
Esta Orden tiene por objeto establecer los requisitos para la solicitud de las ayudas a la destilación de subproductos de vinificación, convocadas por el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, durante todo el periodo de vigencia de la Intervención Sectorial del Vino 2024-2027.
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión y pago de la ayuda destinada a fomentar las plantaciones de especies en el territorio de Castilla y León que proporcionen producciones forestales de alto valor.
La finalidad de las ayudas convocadas en esta convocatoria es facilitar los procesos de dimensionamiento y planificación empresarial de las cooperativas agroalimentarias y de explotación comunitaria de la tierra y del ganado de Castilla y León para adquirir una dimensión suficiente que les dote de competitividad en los mercados de productos agrarios.
Ayudas de minimis destinados a la instalación de infraestructuras para la mejora de la bioseguridad de las aves de corral frente a las aves salvajes dirigidas a la prevención del contagio con el virus de la gripe aviar para el 2026 (código BDNS 924193)
Ayudas a la transformación, comercialización o desarrollo de productos agrarios y alimentarios. Las ayudas se ajustarán a un programa de inversiones, que podrá ser de carácter anual o excepcionalmente plurianual, dependiendo del período de ejecución de los proyectos presentados.
La ayuda consistirá en la bonificación del 15% del principal de operaciones de financiación formalizadas en la "LINEA ICO-GARANTIA SGR/SAECA 2026, o la equivalente a la misma en cada año en que este abierto el plazo de solicitud de la convocatoria, con una cuantía máxima de 15.000 € de ayudas acumuladas para las operaciones de un mismo beneficiario, y se concederá a quienes cumplan lo dispuesto en el artículo 6.2 del citado real decreto-ley.
No se concederán subvenciones a la parte del préstamo que supere los 100.000 €. Si un mismo solicitante solicita ayuda para más de un préstamo, la suma total de los importes prestados objeto de subvención no superará los 100.000 €. Los plazos de amortización y carencia de los préstamos podrán ser los siguientes:
- Hasta 1 año sin carencia de principal. (Año de 364 días o 365 días a elección de la Entidad)
- Hasta 1 año con 1 año de carencia de principal. (Año de 364 días o 365 días a elección de la Entidad)
- 2 años sin carencia de principal.
- 2 años con 1 año de carencia de principal.
- 3 años sin carencia de principal.
- 3 años con 1 ó 2 años de carencia de principal.
- 4 años sin carencia de principal.
- 4 años con 1 ó 2 años de carencia de principal.
- 5 años sin carencia de principal.
- 5 años con 1 ó 2 años de carencia de principal.
- 6 años sin carencia de principal.
- 6 años con 1 ó 2 años de carencia de principal.
- 7 años sin carencia de principal.
- 7 años con 1 ó 2 años de carencia de principal.
- 8 años sin carencia de principal.
- 8 años con 1 ó 2 años de carencia de principal.
- 9 años sin carencia de principal.
- 9 años con 1 ó 2 años de carencia de principal.
- 10 años sin carencia de principal.
- 10 años con 1, 2 ó 3 años de carencia de principal.
- 12 años sin carencia de principal.
- 12 años con 1, 2 ó 3 años de carencia de principal.
- 15 años sin carencia de principal.
- 15 años con 1, 2 ó 3 años de carencia de principal.
Ayudas para el fomento del cooperativismo agroalimentario en Euskadi. Programa Kooperatu 2026
Esta Orden tiene por objeto convocar las subvenciones destinadas a apoyar la participación de productores primarios que se incorporen en regímenes de calidad, para el año 2026 en la Comunidad Autónoma de Aragón, amparada por la Intervención 7131 "Cooperación para promover la participación en régimenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios" del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (en adelante, PEPAC 2023-2027).
Es objeto de las presentes bases regular la convocatoria de las ayudas para la obtención de certificación en bienestar animal, para el ejercicio 2026.
Estas ayudas tienen la finalidad de financiar los gastos derivados de la elaboración e implantación del procedimiento interno de control del bienestar animal, formación de las personas responsables y los gastos propios de la certificación en bienestar animal.
1. Se aprueba la convocatoria de ayudas de minimis, para el año 2026, destinados a la adquisición de semillas certificadas, de acuerdo con lo establecido en la Orden de la consejera de Agricultura y Pesca de 10 de marzo de 2005 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en los sectores agrario y pesquero, publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) núm. 43, de 17 de marzo de 2005.
2. El objeto de esta línea de ayudas es atender las actividades establecidas en el apartado cuarto de esta convocatoria relativas a la adquisición de semillas certificadas de determinadas especies forrajeras o de determinadas especies de cereales y de leguminosas mediante los programas para el año 2026 que promueve el IRFAP.
3. Estas ayudas se conceden de acuerdo con el Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) núm. 352, de 24 de diciembre de 2013.
4. El ámbito territorial de aplicación de las ayudas es la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB).

