Planes parciales
Temas
Planes parciales
Ver Indice
»

Última revisión

Planes parciales

Tiempo de lectura: 2 min

Relacionados:

Estado: VIGENTE

Orden: administrativo

Fecha última revisión: 03/01/2018

Tiempo de lectura: 2 min


Por Plan Parcial se puede entender, siguiendo la definición del Diccionario del español jurídico de la RAE y el CGPJ, aquel "Plan que regula la urbanización y la edificación del suelo urbanizable, desarrollando el plan general de ordenación mediante la ordenación detallada de uno o varios sectores".

Según el Diccionario del español jurídico de la RAE y el CGPJ, el Plan Parcial es aquel "Plan que regula la urbanización y la edificación del suelo urbanizable, desarrollando el plan general de ordenación mediante la ordenación detallada de uno o varios sectores". Se trata de un instrumento urbanístico de desarrollo del Planeamiento General (Plan General, Normas Subsidiarias o, en su caso, los cada vez menos frecuentes Planes de Sectorización) del que dependen jerárquicamente y al que no pueden contradecir de ningún modo.

Esta es la regulación del Plan Parcial en las distintas normas autonómicas, tanto en relación a su concepto y procedencia como a sus contenidos (determinaciones y documentos):