Jurisprudencia del año 2000.
Filtros
Año
2000
Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Bebida alcohólica
Juicio de cognición
Sociedad de responsabilidad limitada
Responsabilidad
Ponente
Cabanas Gancedo, Jose Maria
Seoane Pesqueira, Fernando
Lopez Gonzalez, Benigno
De Castro Fernandez, Luis Fernando
Fernandez Otero, Miguel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Acuerdo de sala
Se estima en parte la demanda en lo que a la resolución del contrato de arrendamiento se refiere, tomando como fecha de resolución la de 30 de mayo de 1998, fecha de efectiva entrega de las llaves del objeto arrendado, declarando también resuelto el contrato de arrendamiento respecto de los otros dos codemandados, LINEA 25 S.L. y D. José : Y desestimando la demanda reconvencional deducida por el Procurador Sr. en nombre y representación de Dª Jesús debo absolver y absu
La solución dada por el Juzgador a quo al planteamiento
por los demandados de la excepción dilatoria de sumisión de la cuestión
litigiosa a arbitraje, no resuelve de forma específica el problema que se
produce en el juicio de menor cuantía con lo preceptuado en el párrafo 2° del
art.
El objeto del presente litigio sometido a resolución judicial en la alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto consiste en la acción negatoria de servidumbre de luces y vistas, que es ejercitada por el actor contra los demandados, directamente encaminada a la obtención de un pronunciamiento judicial que condenase a estos últimos a tapiar o cegar con materiales de fábrica cuantas ventanas y huecos abrieron sobre el fundo del actor descrito en el hecho primero de
La presente resolución no produce la excepción de cosa juzgada, quedando a salvo la posibilidad de las partes de promover juicio declarativo ordinario por la misma cuestión.".Además la suma reclamada por daños corporales se encuentra fijada en la demanda ejecutiva y coincide con la señalada en el auto del Juzgado de Instrucción.
Se desestiman el recurso de ape
JUICIO VERBAL CIVIL SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD.
En el presente supuesto, la entidad condenada al pago de los daños y perjuicios derivados de un accidente de circulación, interpuso recurso de apelación sin haber procedido a la consignación del importe de la condena e intereses. Observado por el juzgado el defecto procesal se le concedio un plazo de dos días para su subsanación. En dicho plazo se presenta copia del resguardo bancario del ingre
El motivo invocado en el acto de la vista por la parte recurrente no puede ser estimado; dicho motivo se ampara en la errónea estimación por el juzgador de instancia de que la cobertura de riesgos asegurada se limitaba a la incluida en la póliza individual marítima, no considerando, por tanto, que el demandante tuviese la condición de tercero, lo que le integraría en la cobertura de la responsabilidad civil, con un techo máximo de 25.000.000 de pesetas. La compañía asegur
Se condena DAVID A, como autor responsable de un delito contra la Administración de Justicia, a las penas de DOS AÑOS DE PRISION Y MULTA DE DOCE MESES, con una cuota diaria DE 1.000 pesetas y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, todo ello con las correspondientes accesorias legales e imposición del tercio restante de las costas procesales causadas.Las pruebas contra el coacusado ALBERTO son más concluyentes
Se desestima la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Rodríguez Puente en nombre y representación de C..., S.A. a, y se absuelve a los demandados de las pretensiones ejercitadas en la demanda, imponiendo las cotas al demandante. Ahora, en el alegato del escrito de recurso, se altera en cierta medida la versión inicial (el ciclomotorista se encontraba detenido ante la señal de STOP) y, a la vista del testimonio del ciclomotorista, se acepta también la alternativa de ha
No se han desvirtuado en esta alzada, los acertados razonamientos del juzgador "a quo", no concordando la versión del accidente presentada con la demanda en la acción subrogatoria entablada por la Cía A , ni con el parte amistoso, ni con el hecho acreditado (F.91) de que en dicho tramo de la autopista existió una colisión "por alcance" en la que intervinieron seis vehículos. Nótese que los daños en el Honda fueron en su parte delantero, siendo perfectamente posible la ver
MENOR CUANTIA sobre RESOLUCION DE CONTRATO Y NEGATORIA DE LUCES Y VISTAS.
Se formula recurso de apelación por los demandantes contra la sentencia de Instancia versando sobre la apreciación de la prueba realizada por el Juez de Instancia, tratando de desvirtuar la valoración realizada por aquél.
A la vista de las pruebas practicadas se llega a la conclusión de que el camino litigioso tiene su origen en la partición re
Se estima en parte la demanda en lo que a la resolución del contrato de arrendamiento se refiere, tomando como fecha de resolución la de 30 de mayo de 1998, fecha de efectiva entrega de las llaves del objeto arrendado, declarando también resuelto el contrato de arrendamiento respecto de los otros dos codemandados, LINEA 25 S.L. y D. José : Y desestimando la demanda reconvencional deducida por el Procurador Sr. en nombre y representación de Dª Jesús debo absolver y absu
La solución dada por el Juzgador a quo al planteamiento
por los demandados de la excepción dilatoria de sumisión de la cuestión
litigiosa a arbitraje, no resuelve de forma específica el problema que se
produce en el juicio de menor cuantía con lo preceptuado en el párrafo 2° del
art.
El objeto del presente litigio sometido a resolución judicial en la alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto consiste en la acción negatoria de servidumbre de luces y vistas, que es ejercitada por el actor contra los demandados, directamente encaminada a la obtención de un pronunciamiento judicial que condenase a estos últimos a tapiar o cegar con materiales de fábrica cuantas ventanas y huecos abrieron sobre el fundo del actor descrito en el hecho primero de
La presente resolución no produce la excepción de cosa juzgada, quedando a salvo la posibilidad de las partes de promover juicio declarativo ordinario por la misma cuestión.".Además la suma reclamada por daños corporales se encuentra fijada en la demanda ejecutiva y coincide con la señalada en el auto del Juzgado de Instrucción.
Se desestiman el recurso de ape
JUICIO VERBAL CIVIL SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD.
En el presente supuesto, la entidad condenada al pago de los daños y perjuicios derivados de un accidente de circulación, interpuso recurso de apelación sin haber procedido a la consignación del importe de la condena e intereses. Observado por el juzgado el defecto procesal se le concedio un plazo de dos días para su subsanación. En dicho plazo se presenta copia del resguardo bancario del ingre
El motivo invocado en el acto de la vista por la parte recurrente no puede ser estimado; dicho motivo se ampara en la errónea estimación por el juzgador de instancia de que la cobertura de riesgos asegurada se limitaba a la incluida en la póliza individual marítima, no considerando, por tanto, que el demandante tuviese la condición de tercero, lo que le integraría en la cobertura de la responsabilidad civil, con un techo máximo de 25.000.000 de pesetas. La compañía asegur
Se condena DAVID A, como autor responsable de un delito contra la Administración de Justicia, a las penas de DOS AÑOS DE PRISION Y MULTA DE DOCE MESES, con una cuota diaria DE 1.000 pesetas y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, todo ello con las correspondientes accesorias legales e imposición del tercio restante de las costas procesales causadas.Las pruebas contra el coacusado ALBERTO son más concluyentes
Se desestima la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Rodríguez Puente en nombre y representación de C..., S.A. a, y se absuelve a los demandados de las pretensiones ejercitadas en la demanda, imponiendo las cotas al demandante. Ahora, en el alegato del escrito de recurso, se altera en cierta medida la versión inicial (el ciclomotorista se encontraba detenido ante la señal de STOP) y, a la vista del testimonio del ciclomotorista, se acepta también la alternativa de ha
No se han desvirtuado en esta alzada, los acertados razonamientos del juzgador "a quo", no concordando la versión del accidente presentada con la demanda en la acción subrogatoria entablada por la Cía A , ni con el parte amistoso, ni con el hecho acreditado (F.91) de que en dicho tramo de la autopista existió una colisión "por alcance" en la que intervinieron seis vehículos. Nótese que los daños en el Honda fueron en su parte delantero, siendo perfectamente posible la ver
MENOR CUANTIA sobre RESOLUCION DE CONTRATO Y NEGATORIA DE LUCES Y VISTAS.
Se formula recurso de apelación por los demandantes contra la sentencia de Instancia versando sobre la apreciación de la prueba realizada por el Juez de Instancia, tratando de desvirtuar la valoración realizada por aquél.
A la vista de las pruebas practicadas se llega a la conclusión de que el camino litigioso tiene su origen en la partición re