Jurisprudencia sobre Aliud pro alio.
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Sociedad de responsabilidad limitada
Aliud pro alio
Daños y perjuicios
Resolución de los contratos
Incumplimiento del contrato
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Ponente
Cerdan Villalba, Maria Pilar Eugenia
Bachs Estany, Jose Maria
Utrillas Carbonell, Fernando
Tasende Calvo, Julio
Cremades Morant, Juan Bautista
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La AP revoca la sentencia que desestimó demanda de reclamación de cantidad y estimando demanda acumulada declaró resuelto contrato de compraventa de muebles. Los muebles no son inhábiles para el cumplimiento de la función propia. El informe pericial aportado se ha realizado sin acudir al domicilio de la demandada. Ánimo enmascarador de la realidad. El mobiliario servido e instalado es correcto.
No ha lugar a la apelación instada por la entidad demandada sobre reclamación de cantidad por incumplimiento de contrato. Supuesto de saneamiento de vicios ocultos derivándose la posibilidad del ejercicio de las acciones del art. 1484 C. C. La compraventa celebrada entre los litigantes incluye el espacio delimitado por la vivienda, y una serie de elementos instalados en la misma, entre ellos la encimera de la cocina. Se acredita por la comunicación de la Junta Arbitral de Consum
CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La AP revoca la sentencia que desestimó demanda de reclamación de cantidad y estimando demanda acumulada declaró resuelto contrato de compraventa de muebles. Los muebles no son inhábiles para el cumplimiento de la función propia. El informe pericial aportado se ha realizado sin acudir al domicilio de la demandada. Ánimo enmascarador de la realidad. El mobiliario servido e instalado es correcto.
No ha lugar a la apelación instada por la entidad demandada sobre reclamación de cantidad por incumplimiento de contrato. Supuesto de saneamiento de vicios ocultos derivándose la posibilidad del ejercicio de las acciones del art. 1484 C. C. La compraventa celebrada entre los litigantes incluye el espacio delimitado por la vivienda, y una serie de elementos instalados en la misma, entre ellos la encimera de la cocina. Se acredita por la comunicación de la Junta Arbitral de Consum
CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES