Jurisprudencia por Fuentes Lopez, Victor.
Filtros
Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Convenio colectivo
Inadmision del recurso de casación
Escrito de interposición
Accidente laboral
Sentido del fallo
Desestima
Se inadmite
Estima
Condena
Estima parcialmente
Orden
Social
Penal
Civil
Ponente
Fuentes Lopez, Victor
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
Tribunal Supremo
CASACION ORDINARIA. CONFLICTO COLECTIVO LA CAIXA. RETRIBUCION DE DIRECTORES Y SUBDIRECTORES, SEGUN LA CLASIFICACION DE OFICINAS APLICACION DEL ACUERDO COLECTIVO DE 8-07-2005. PRETENSION DE LA FEDERACION SINDICAL RECURRENTE DE QUE SE COMPUTE EL AÑO 2004 A EFECTOS DE CONSOLIDACION DEL NIVEL RETRIBUTIVO QUE LES CORRESPONDA SEGUN LOS TABLAS DE EQUIVALENCIA EN
CORREOS Y TELEGRAFOS COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD Y DE PERMANENCIA Y DESEMPEÑO. LOS TRABAJADORES TEMPORALES TIENEN DERECHO AL PRIMERO EN APLICACION DEL ARTICULO 60 b) DEL I CONVENIO -AÑO 2003- POR EL TIEMPO TRABAJADO ANTERIOR A LA ENTRADA EN VIGOR DEL CONVENIO SIN QUE SEA RELEVANTE LAS INTERRUPCIONES SUPERIORES A 20 DIAS ENTRE CONTRATOS. EN CUANTO AL PLUS DE PERMANENCIA TAMBIEN TIENEN DERECHO SIN ESPERAR A QUE FINALICE EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTICULO 60 c) DEL CONVENIO. REITERA DOCTRINA.
<b
El salario regulador de la indemnización es aquel que legalmente corresponde al trabajador al tiempo del despido. Declara la Sala que, solo a este, como señala la sentencia de instancia, y la de contraste, es el que debe tenerse en cuenta, por tanto, si cuando el actor fue despedido el 8 de febrero de 2.002, ya trabajaba en España desde el mes de octubre del 2.001, es evidente que no puede computarse a efectos de salario regulador el concepto reclamado, ya que en el momento del despido y ces
La sentencia anotada interpreta de nuevo el alcance del art. 56.2
FOGASA: Responsabilidad subsidiaria del art. 33.2
DEMANDA DE OFICIO, ACTORES QUE PRESTAN SERVICIOS PARA LA EMPRESA NETT FORMACION SL, COMO PROFESORES, EN VIRTUD DE UNA RELACION DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS. LA RELACION DEBE CALIFICARSE COMO LABORAL
RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA CONTRA EL INEM SOBRE DESEMPLEO
La cuestión que ha de resolverse en el presente recurso consiste en determinar si una trabajadora española a la que le fueron concedidas y percibió en Alemania por un periodo superior a 360 días y con arreglo a la legislación interna de dicho país prestaciones por desempleo, cuando regresa a España tiene derecho o no al percibo del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, por el solo hecho de ha
DESPIDO. CADUCIDAD DE LA ACCION. SE ESTIMA. LOS DIAS FESTIVOS EN LA LOCALIDAD DOMICILIO DEL ACTOR NO SE COMPUTAN A EFECTOS PLAZO DE CADUCIDAD.
La cuestión que se suscita en el procedimiento es si han de considerarse como inhábiles los días de fiesta local del domicilio del demandante, cuando éste tiene su residencia en localidad distinta a aquella en la que se encuentra el Juzgado. Para el TSJ de Asturias, en la sentencia que es objeto de recurso de casación para unificación de do
RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA SOBRE DESPIDO
La actora prestaba servicios en la empresa demandada como Directora Comercial, siendo despedida por la misma justificándose el hecho en su bajo rendimiento en el trabajo durante los últimos meses. Se estimó parcialmente la demanda y se declaró la improcedencia del despido.
TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO SOCIAL. En la Villa de Madrid, a trece de Noviembre de dos mil seis.
DESPIDO DE MUJERES EMBARAZADAS. SALVO QUE RESULTE PROCEDENTE, LA DECLARACION SERA DE NULIDAD NO DE IMPROCEDENCIA. EL ART. 55.5
CASACION ORDINARIA. CONFLICTO COLECTIVO LA CAIXA. RETRIBUCION DE DIRECTORES Y SUBDIRECTORES, SEGUN LA CLASIFICACION DE OFICINAS APLICACION DEL ACUERDO COLECTIVO DE 8-07-2005. PRETENSION DE LA FEDERACION SINDICAL RECURRENTE DE QUE SE COMPUTE EL AÑO 2004 A EFECTOS DE CONSOLIDACION DEL NIVEL RETRIBUTIVO QUE LES CORRESPONDA SEGUN LOS TABLAS DE EQUIVALENCIA EN
CORREOS Y TELEGRAFOS COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD Y DE PERMANENCIA Y DESEMPEÑO. LOS TRABAJADORES TEMPORALES TIENEN DERECHO AL PRIMERO EN APLICACION DEL ARTICULO 60 b) DEL I CONVENIO -AÑO 2003- POR EL TIEMPO TRABAJADO ANTERIOR A LA ENTRADA EN VIGOR DEL CONVENIO SIN QUE SEA RELEVANTE LAS INTERRUPCIONES SUPERIORES A 20 DIAS ENTRE CONTRATOS. EN CUANTO AL PLUS DE PERMANENCIA TAMBIEN TIENEN DERECHO SIN ESPERAR A QUE FINALICE EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTICULO 60 c) DEL CONVENIO. REITERA DOCTRINA.
<b
El salario regulador de la indemnización es aquel que legalmente corresponde al trabajador al tiempo del despido. Declara la Sala que, solo a este, como señala la sentencia de instancia, y la de contraste, es el que debe tenerse en cuenta, por tanto, si cuando el actor fue despedido el 8 de febrero de 2.002, ya trabajaba en España desde el mes de octubre del 2.001, es evidente que no puede computarse a efectos de salario regulador el concepto reclamado, ya que en el momento del despido y ces
La sentencia anotada interpreta de nuevo el alcance del art. 56.2
FOGASA: Responsabilidad subsidiaria del art. 33.2
DEMANDA DE OFICIO, ACTORES QUE PRESTAN SERVICIOS PARA LA EMPRESA NETT FORMACION SL, COMO PROFESORES, EN VIRTUD DE UNA RELACION DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS. LA RELACION DEBE CALIFICARSE COMO LABORAL
RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA CONTRA EL INEM SOBRE DESEMPLEO
La cuestión que ha de resolverse en el presente recurso consiste en determinar si una trabajadora española a la que le fueron concedidas y percibió en Alemania por un periodo superior a 360 días y con arreglo a la legislación interna de dicho país prestaciones por desempleo, cuando regresa a España tiene derecho o no al percibo del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, por el solo hecho de ha
DESPIDO. CADUCIDAD DE LA ACCION. SE ESTIMA. LOS DIAS FESTIVOS EN LA LOCALIDAD DOMICILIO DEL ACTOR NO SE COMPUTAN A EFECTOS PLAZO DE CADUCIDAD.
La cuestión que se suscita en el procedimiento es si han de considerarse como inhábiles los días de fiesta local del domicilio del demandante, cuando éste tiene su residencia en localidad distinta a aquella en la que se encuentra el Juzgado. Para el TSJ de Asturias, en la sentencia que es objeto de recurso de casación para unificación de do
RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA SOBRE DESPIDO
La actora prestaba servicios en la empresa demandada como Directora Comercial, siendo despedida por la misma justificándose el hecho en su bajo rendimiento en el trabajo durante los últimos meses. Se estimó parcialmente la demanda y se declaró la improcedencia del despido.
TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO SOCIAL. En la Villa de Madrid, a trece de Noviembre de dos mil seis.
DESPIDO DE MUJERES EMBARAZADAS. SALVO QUE RESULTE PROCEDENTE, LA DECLARACION SERA DE NULIDAD NO DE IMPROCEDENCIA. EL ART. 55.5