Ley 2/2026, de 6 de marzo, de modificación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y de creación de la tasa por el servicio de gestión y recaudación del recargo municipal del impuesto
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Histórico
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Abril de 2026
F. entrada en vigor: 01/04/2026
Órgano emisor: Departamento de la Presidencia
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 9621
F. Publicación: 10/03/2026
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Exposición
Preámbulo
CAPÍTULO I. Modificación de la Ley 5/2017, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
Artículo 1. Modificación del artículo 24 de la Ley 5/2017.
Artículo 2. Modificación del artículo 34 de la Ley 5/2017.
Artículo 3. Modificación del artículo 34 bis de la Ley 5/2017.
Artículo 4. Adición de un artículo, el 34 ter, a la Ley 5/2017.
Artículo 5. Modificación del artículo 35 de la Ley 5/2017.
Artículo 6. Modificación del artículo 38 de la Ley 5/2017.
Artículo 7. Modificación del artículo 48 de la Ley 5/2017.
Artículo 8. Modificación del artículo 49 de la Ley 5/2017.
CAPÍTULO II. Modificación del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 9. Adición de un capítulo al título VI del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1.ª Modificación del Decreto 75/2020, de turismo de Cataluña
D.F. 2.ª Entrada en vigor
