Legislación

RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2022, del Director General de Tributos, por la que se aprueba la nueva 'Norma Técnica de Valoraciones' aplicable a los dictámenes de peritos de la Administración, relativos a los bienes de naturaleza urbana y bienes de naturaleza rústica con construcciones, para estimar el valor de mercado de determinados bienes inmuebles a efectos de liquidación de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones. - Boletín Oficial de Aragón de 06-06-2022

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Ambito: Aragón

Estado: DEROGADO. Desde 04 de Mayo de 2023

F. entrada en vigor: 06/06/2022

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 107

F. Publicación: 06/06/2022


Primero. Ámbito de aplicación. Segundo. Definición de bienes inmuebles urbanos y bienes rústicos con construcciones. Tercero. Valoración de las construcciones en bienes inmuebles urbanos o de tipología urbana en suelo rústico. Cuarto. Cálculo del valor de mercado de la construcción, en bienes inmuebles urbanos o de tipología urbana en suelo rústico (Vc). Quinto. Cálculo valor de mercado del coste de ejecución de la obra (Ce), en bienes inmuebles urbanos o de tipología urbana en suelo rústico. Sexto. Valoración del suelo urbano. Séptimo. Determinación del módulo básico del suelo urbano (MBS). Octavo. Cálculo del valor de mercado del suelo urbano (Vs). Noveno. Cálculo del valor de mercado de bienes inmuebles edificados urbanos. Décimo. Cálculo del valor de mercado de las construcciones agrarias. Decimoprimero. Cálculo del valor de mercado del coste de ejecución de la obra (Ce). Construcciones agrarias calculadas por el método de Módulos. Decimosegundo. Valoración de los suelos rústicos con construcciones. Decimotercero. Cálculo del valor de mercado de bienes inmuebles edificados rústicos. Decimocuarto. Muestras para la obtención del módulo básico del suelo y para el método de comparación. Decimoquinto. Actualización de valores en función de la fecha de las muestras en relación a la del bien a valorar. Decimosexto. Circunstancias sin afección al valor del inmueble. Decimoséptimo. Inmuebles que serán objeto de reconocimiento personal por los peritos en las comprobaciones de valor. Decimoctavo. Actualizaciones e instrucciones. Decimonoveno. Efectos. ANEXO I. MÓDULO UNITARIO BÁSICO DE LA CONSTRUCCIÓN ANEXO II. COEFICIENTES CORRECTORES Y DE HOMOGENEIZACIÓN ANEXO III. JERARQUÍA DE VALORES DE SUELO CON 60 TRAMOS DE VALORES DE REPERCUSIÓN Y 60 TRAMOS DE VALORES UNITARIOS