Aragón: Complemento económico para perceptores de la pensión no contributiva para 2020
Publicada, en el Boletín Oficial de Aragón de 01/12/2020, la Orden CDS/1194/2020, de 19 de noviembre, por la que se establece el complemento económico para perceptores de la pensión no contributiva, en su modalidad de jubilación e invalidez y pensiones de ancianidad y enfermedad, correspondiente al año 2020.
- Materias: Laboral
- Fecha: 02/12/2020

En el ámbito de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social la Ley General de la Seguridad Social regula las pensiones de invalidez y de jubilación en sus modalidades no contributivas con el objetivo principal de extender el derecho a las pensiones de jubilación e invalidez del Sistema de la Seguridad Social a todos los ciudadanos, aun cuando no hubiesen cotizado (nunca) o lo hubiesen hecho por un tiempo insuficiente para alcanzar prestaciones del nivel contributivo, por la realización de actividades profesionales.
En ejercicio su atribución competencial, la Comunidad Autónoma de Aragón ha regulado y desarrollado el Sistema Aragonés de Servicios Sociales, definido en la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, como el conjunto de recursos, prestaciones, planes, programas, proyectos, equipamientos y equipos técnicos, de titularidad pública y privada, que se destinan a la atención social de la población y contribuyen a la consecución de los objetivos de las políticas de servicios sociales.
Dentro del Sistema de Servicios Sociales constituye una pieza fundamental el Catálogo de Servicios Sociales, aprobado por Decreto 143/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, al determinar el conjunto de prestaciones sociales en que se concreta la política de servicios sociales de la Comunidad Autónoma.
El referido Catálogo recoge la prestación complementaria para perceptores de pensión no contributiva y para pensionistas de ancianidad y enfermedad.
La Ley 10/2016, de 1 de diciembre, de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón, ha regulado en su artículo 10 la referida prestación complementaria para perceptores de pensión no contributiva, modificando su naturaleza al atribuirle el carácter de esencial y previendo la publicación anual de una Orden que establezca su cuantía concreta.
Concepto y características
El complemento económico para perceptores de pensión no contributiva es una prestación del Sistema Público de Servicios Sociales de carácter esencial, personal, intransferible y de pago único a favor de personas pensionistas por jubilación e invalidez en sus modalidades no contributivas.
Este complemento económico será aplicable también a las personas perceptoras de las pensiones por ancianidad y enfermedad.
Beneficiarios
Serán beneficiarios de esta prestación los titulares de pensiones no contributivas de jubilación e invalidez y de pensiones de ancianidad y enfermedad, que figuren de alta como perceptores en el mes de diciembre del año 2020.
Cuantía
La cuantía de esta prestación, con carácter general, resulta de calcular la diferencia entre la cuantía máxima establecida para la prestación económica del Ingreso Aragonés de Inserción correspondiente a una unidad familiar unipersonal elevada a cómputo anual y la cuantía máxima fijada anualmente para los perceptores individuales de pensión no contributiva en sus distintas modalidades de jubilación e invalidez.
De acuerdo con la Disposición Transitoria Cuarta del Decreto-Ley 5/2020, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, durante el año 2020 continuará en vigor lo establecido en la Disposición adicional décima de la Ley 10/2019, de 30 de diciembre, a efectos de determinar la cuantía del complemento de las pensiones de jubilación e invalidez y pensiones de ancianidad y enfermedad.
La cuantía de esta prestación a abonar en el ejercicio 2020, conforme a los criterios establecidos en los apartados anteriores, queda fijada en, 353,60 euros.
Respecto a los perceptores/as de pensiones no contributivas incorporados a lo largo del año 2020, la cuantía de la prestación será proporcional a la fecha de efectividad de la pensión no contributiva.
Pago
El pago del complemento se efectuará, de oficio, por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en un abono único.
La Resolución administrativa será objeto de publicación general en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a la normativa aplicable.
Entrada en vigor.
La Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón, es decir el 03/12/2020.
Normativa
ORDEN CDS/1194/2020, de 19 de noviembre, por la que se establece el complemento económico para perceptores de la pensión no contributiva, en su modalidad de jubilación e invalidez y pensiones de ancianidad y enfermedad, correspondiente al año 2020.
RDLeg. 8/2015 de 30 de Oct (TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 261 Fecha de Publicación: 31/10/2015 Fecha de entrada en vigor: 02/01/2016 Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- D.F. 8ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 7ª. Competencias sobre la incapacidad temporal.
- D.F. 6ª bis. Ampliación del régimen de compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo por cuenta ajena.
- D.F. 6ª. Trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio.
- D.F. 5ª. Disposiciones relativas a trabajadores por cuenta ajena agrarios.
Ley 5/2009 de 30 de Jun C.A. Aragón (Servicios sociales) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número: 132 Fecha de Publicación: 10/07/2009 Fecha de entrada en vigor: 11/07/2009 Órgano Emisor: Presidencia Del Gobierno De Aragon
Ley 10/2019 de 30 de Dic C.A. Aragón (Presupuestos para el ejercicio 2020) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número: 253 Fecha de Publicación: 31/12/2019 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2020 Órgano Emisor: Presidencia Del Gobierno De Aragon
- PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
- D.F. 3ª. Entrada en vigor.
- D.F. 2ª. Modificación de la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de medidas de racionalización del régimen retributivo y de clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de los entes del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- D.F. 1ª. Modificación del texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón.
Ley 10/2016 de 1 de Dic C.A. Aragón (Medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número: 237 Fecha de Publicación: 12/12/2016 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2017 Órgano Emisor: Presidencia Del Gobierno De Aragon
- D.F. 6ª.- Entrada en vigor.
- D.F. 5ª.- Modificación del Decreto 143/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Catálogo de Servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- D.F. 4ª.- Comedores escolares, ayudas individualizadas de comedor y transporte y ayudas complementarias de educación especial.
- D.F. 3ª.- Nuevas prestaciones.
Decreto 143/2011 de 14 de Jun C.A. Aragón (Catálogo de Servicios Sociales) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número: 127 Fecha de Publicación: 30/06/2011 Fecha de entrada en vigor: 01/07/2011 Órgano Emisor: Departamento De Servicios Sociales Y Familia
Decreto-Ley 5/2020 de 29 de Jun C.A. Aragón (Prestación Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y Servicio Público de Inclusión Social) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número: 128 Fecha de Publicación: 30/06/2020 Fecha de entrada en vigor: 30/06/2020 Órgano Emisor: Departamento De Ciudadania Y Derechos Sociales
- D.F. 3ª. Entrada en vigor.
- D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario.
- D.F. 1ª. Modificación de la Ley 10/2016, de 1 de diciembre, de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- DISPOSICIONES FINALES
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Sentencia Constitucional Nº 239/2002, TC, Pleno, Rec Conflicto positivo de competencias 1207/1999 y 120, 11-12-2002
Orden: Constitucional Fecha: 11/12/2002 Tribunal: Tribunal Constitucional Num. Sentencia: 239/2002 Num. Recurso: Conflicto positivo de competencias 1207/1999 y 120
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Sentencia Social Nº 1223/2006, TSJ Aragon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1109/2006, 26-12-2006
Orden: Social Fecha: 26/12/2006 Tribunal: Tsj Aragon Ponente: Medina Alapont, Rafael Maria Num. Sentencia: 1223/2006 Num. Recurso: 1109/2006
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Sentencia SOCIAL Nº 317/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 6, Rec 1071/2018, 25-03-2019
Orden: Social Fecha: 25/03/2019 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Juanes Fraga, Enrique Num. Sentencia: 317/2019 Num. Recurso: 1071/2018
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Sentencia Social Nº 2318/2016, TSJ Galicia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3677/2015, 17-04-2016
Orden: Social Fecha: 17/04/2016 Tribunal: Tsj Galicia Ponente: Rey Eibe, María Antonia Num. Sentencia: 2318/2016 Num. Recurso: 3677/2015
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Sentencia SOCIAL Nº 410/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 6, Rec 1217/2018, 22-04-2019
Orden: Social Fecha: 22/04/2019 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Juanes Fraga, Enrique Num. Sentencia: 410/2019 Num. Recurso: 1217/2018
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Prestaciones no contributivas
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Seguridad Social
Orden: Laboral Fecha última revisión: 13/01/2021
Bloque en el que se desarrollan materias en relación con el régimen público de Seguridad Social, Cotización, Regímen General y especiales y Prestaciones contributivas o no contributivas.Derecho a la seguridad socialEl artículo 41 de la Constitu...
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Pensión no contributiva de jubilación
Orden: Laboral Fecha última revisión: 02/09/2020
La Pensión no Contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos, en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, siempre que cumplan los siguientes requisito...
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Normas comunes a las pensiones de invalidez y jubilación en sus modalidades no contributivas
Orden: Laboral Fecha última revisión: 02/09/2020
El Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de pensiones no contributivas, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas, especifica en su capítul...
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Derecho a la Seguridad Social
Orden: Laboral Fecha última revisión: 10/06/2020
El derecho a la Seguridad Social «de todos los ciudadanos» está reconocido en el art. 41 Constitución Española, que se encuadra en el capítulo de los «principios rectores de la política social y económica» (capítulo III del título I). Se ...
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Solicitud de pensión no contributiva (PNC) de jubilación
Fecha última revisión: 19/05/2016
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Solicitud de complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en vivienda alquilada.
Fecha última revisión: 19/04/2018
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Solicitud del traslado de la pensión a otra provincia.
Fecha última revisión: 26/05/2016
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Demanda de pensión de jubilación no contributiva
Fecha última revisión: 31/05/2016
AL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO [NUM_JUZGADO] DE [PROVINCIA]D./Dña. [NOMBRE] (1), mayor de edad, con DNI nº [DNI] y domiciliado en [DOMICILIO], ante el JUZGADO DE LO SOCIAL comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:Que mediante el presente ...
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Modelo de solicitud incremento jubilación activa por realización de trabajos por cuenta propia (Modelo oficial).
Fecha última revisión: 11/05/2018
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IRPF- PRESTACIONES NO CONTRIBUTIVAS DE JUBILACIÓN E INVALIDEZ
Fecha última revisión: 28/04/2020
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Caso práctico: Exención IRPF pensión no contributiva persona discapacidad
Fecha última revisión: 09/03/2018
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Caso práctico: Período mínimo de cotización para la pensión de jubilación en contratos a tiempo parcial (RD Ley 11/2013, de 2 de agosto y Ley 1/2014, de 28 de febrero)
Fecha última revisión: 20/04/2016
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Caso práctico: Acceso a jubilación de autónomo manteniendo titularidad del negocio. Autónomo familiar y compatibilidad entre trabajo y pensión.
Fecha última revisión: 01/05/2018
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Caso práctico: Administrador de una sociedad y jubilación activa.
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Materia142209 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - DEDUCCIÓN POR FAMILIAS NUMEROSAS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD - NORMAS COMUNES PARA TODAS LAS DEDUCCIONES FAMILIARESPregunta¿Pueden aplicar las deducciones previstas ...
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PLANTEAMIENTOEl administrador de una sociedad, puede seguir trabajando y en que situaciones, cuando se jubila en la edad ordinaria de jubilación.RESPUESTAExisten dos posibilidades:1.- En caso ejercer el cargo de administrador de forma pasiva (realiz...
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Resolución de TEAF Bizkaia, 21536, 22-01-2002
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 22/01/2002
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Resolución de TEAF Bizkaia, 21184, 08-10-2001
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 08/10/2001
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Resolución de TEAF Bizkaia, 21186, 08-10-2001
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De Bizkaia Fecha: 08/10/2001
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Resolución de TEAF Navarra, 950283, 14-05-1998
Órgano: Tribunal Economico Administrativo Comunidad Foral De Navarra Fecha: 14/05/1998 Núm. Resolución: 950283
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Resolución de TEAF Navarra, 950253, 16-03-1998
Órgano: Tribunal Economico Administrativo Comunidad Foral De Navarra Fecha: 16/03/1998 Núm. Resolución: 950253