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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
Ayudas para el fomento del cooperativismo agroalimentario en Euskadi. Programa Kooperatu 2026
El objeto de la subvención a las entidades organizadoras de actividades feriales es mejorar la competitividad del sector ferial catalán, de acuerdo con el Plan de competitividad, crecimiento e innovación de la Dirección General de Comercio.
La finalidad de la subvención es fomentar las políticas en relación con las actividades feriales.
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a financiar, en el curso académico 2026/27, los gastos derivados de la matrícula en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia, a personas desempleadas con titulación universitaria (código de procedimiento ED421A).
El objeto de la subvención es apoyar a las empresas de la cadena de valor del sector de la automoción y la movilidad en la realización de proyectos de innovación tecnológica de carácter aplicado, cercanos al mercado, con riesgo tecnológico medio/bajo, que fomenten una transformación tecnológica, digital y verde de las empresas de la cadena de valor de estos sectores y consigan la mejora de su competitividad gracias a la incorporación de tecnologías avanzadas. Su madurez tecnológica debe estar entre los niveles 7 y 9 de la escala de Nivel de madureza tecnológica (Technology Readiness Level -TRL).
La finalidad de la presente subvención es:
- Generar capacidades tecnológicas en la transición hacia una movilidad más inteligente, digital y descarbonizada.
- Acelerar la incorporación de tecnologías avanzadas al tejido empresarial de la cadena de valor del sector de la automoción y la movilidad.
- Favorecer la colaboración de la empresa con empresas emergentes, centros tecnológicos y proveedores especializados.
El objeto de la presente convocatoria es incentivar la contratación indefinida ordinaria a jornada completa de personas desempleadas que hayan completado y finalizado las prácticas no laborales en empresas de Andalucía, en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo (EPES), gestionado por el Servicio Andaluz de Empleo, por parte de personas trabajadoras autónomas, mutualistas de colegios profesionales y pymes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de las bases reguladoras.
1. Se aprueba la convocatoria de ayudas de minimis, para el año 2026, destinados a la adquisición de semillas certificadas, de acuerdo con lo establecido en la Orden de la consejera de Agricultura y Pesca de 10 de marzo de 2005 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en los sectores agrario y pesquero, publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) núm. 43, de 17 de marzo de 2005.
2. El objeto de esta línea de ayudas es atender las actividades establecidas en el apartado cuarto de esta convocatoria relativas a la adquisición de semillas certificadas de determinadas especies forrajeras o de determinadas especies de cereales y de leguminosas mediante los programas para el año 2026 que promueve el IRFAP.
3. Estas ayudas se conceden de acuerdo con el Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) núm. 352, de 24 de diciembre de 2013.
4. El ámbito territorial de aplicación de las ayudas es la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB).
Convocar, para el ejercicio 2026, las ayudas para la ejecución de las intervenciones 6881.4 y 6883 del PEPAC en materia de gestión forestal sostenible, financiadas por Feader en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, gestionadas por la dirección general de Medio Natural y Animal, de la Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación de la Generalitat Valenciana, y reguladas por la Orden 9/2025 de 2 de octubre, de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a las intervenciones en materia forestal 6881.4 «Inversiones forestales no productivas en otras actuaciones silvícolas con objetivos ambientales», y 6883 «Inversiones forestales productivas, relacionadas con la capacidad productora de los montes y el desarrollo del sector económico forestal», en el marco del Plan estratégico de la política agraria común 2023-2027.
La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras desempleadas a desarrollar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2026.
Las presentes subvenciones tienen por objeto la financiación de actuaciones dirigidas a promover la comercialización y garantizar el abastecimiento en el medio rural de la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases y en la convocatoria, a través del Programa de Apoyo a las pequeñas y medianas empresas, que consta de 3 subprogramas:
- Subprograma 1, de apoyo dirigido a la permanencia de establecimientos comerciales minoristas.
- Subprograma 2, de apoyo dirigido a:
La apertura de establecimientos comerciales minoristas.
La reforma de establecimientos comerciales minoristas.
Subprograma 3, de apoyo dirigido a la adquisición de vehículos afectos directa y exclusivamente a la actividad comercial minorista de productos de carácter cotidiano ejercida en establecimientos comerciales.
1.– El objeto de esta convocatoria son las ayudas destinadas a financiar, en el ejercicio 2026, los gastos derivados de la realización de las prácticas formativas por parte del alumnado de acciones formativas acreditables (certificados de profesionalidad, certificados profesionales o grados C) financiadas o autorizadas por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, mediante dos líneas subvencionales:
a) Ayudas a las empresas y entidades de formación para financiar el coste de la cotización y los gastos de gestión relativos al cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
b) Ayudas a las entidades de formación por la tutorización de las prácticas formativas realizadas en sus propios centros, con la autorización de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, por el alumnado que no puede ser dado de alta en la Seguridad Social por no encontrarse o residir legalmente en España.

