Real Decreto 397/2026, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Mutualidad General Judicial, y por el que se modifica el Reglamento del Mutualismo Judicial, aprobado por el Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio.
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Mayo de 2026
F. entrada en vigor: 22/05/2026
Órgano emisor: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 124
F. Publicación: 21/05/2026
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preámbulo
Artículo único. Aprobación del Estatuto.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Referencias en las normas de fecha anterior.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Reglamento del Mutualismo Judicial aprobado por Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio.
D.F. 2ª. Título competencial.
D.F. 3ª. Normativa supletoria.
D.F. 4ª. Facultades de desarrollo.
D.F. 5ª. Entrada en vigor.
ESTATUTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.
Artículo 2. Fines.
Artículo 3. Sede.
CAPÍTULO II. Organización
Artículo 4. Órganos de gobierno, ejecutivos y de participación.
SECCIÓN 1.ª De la Presidencia
Artículo 5. Presidencia de MUGEJU O.A.
Artículo 6. Funciones de la persona titular de la Presidencia.
SECCIÓN 2.ª Del Consejo Rector
Artículo 7. Composición.
Artículo 8. Funciones.
Artículo 9. Convocatoria y régimen jurídico.
SECCIÓN 3.ª De la Dirección
Artículo 10. Naturaleza.
Artículo 11. El director o la directora del Organismo Autónomo Mutualidad General Judicial.
Artículo 12. La Secretaría General de la Mutualidad.
SECCIÓN 4.ª De la organización territorial
Artículo 13. Las Delegaciones Provinciales.
Artículo 14. El Delegado o la Delegada Provincial.
SECCIÓN 5.ª Del Consejo General
Artículo 15. Composición.
Artículo 16. Funciones.
Artículo 17. Convocatoria y régimen jurídico.
CAPÍTULO III. Régimen patrimonial, económico-financiero, presupuestario, de contratación y de personal
SECCIÓN 1.ª De la normativa aplicable
Artículo 18. Normativa aplicable.
SECCIÓN 2.ª Del régimen patrimonial y económico-financiero
Artículo 19. Patrimonio.
Artículo 20. Adquisición, administración y disposición de los bienes patrimoniales.
Artículo 21. Recursos económicos.
Artículo 22. Sistema financiero.
SECCIÓN 3.ª Del régimen presupuestario, de intervención y control, contable y de tesorería y créditos
Artículo 23. Régimen presupuestario.
Artículo 24. Régimen de intervención y control.
Artículo 25. Régimen contable.
Artículo 26. Régimen de tesorería y créditos.
SECCIÓN 4.ª Del régimen de contratación y de personal
Artículo 27. Régimen de contratación.
Artículo 28. Régimen del personal.
CAPÍTULO IV. Recursos y régimen jurisdiccional
Artículo 29. Recursos y régimen jurisdiccional.
