Jurisprudencia sobre Registro de marcas.

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Registro de marcas
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Registro de marcas
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 148/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 884/2017, 27-02-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 148/2019



...recurso de alzada y acuerda conceder el registro de la marca por considerar que analizando los elementos denominativos de los signos enfrentados, se puede afirmar que existen suficientes diferencias fonéticas y denominativas entre ellos teniendo en cuenta el carácter genérico y descriptivo de los términos coincidentes que por lo tanto no pueden ser apropiados a título privativo sino únicamente dentro de... ...7 de Diciembre , de Marcas establece que no podrán registrarse como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos o que por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión en el público; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 272/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 90/2018, 03-04-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 272/2019



...recurso de alzada y acuerda denegar el registro de la marca por considerar que existiendo una identidad aplicativa puesto que todos los registros enfrentados coinciden para los mismos productos de la clase 3, el rigor en la comparación de los distintivos ha de ser más estricta y es siguiendo este criterio cuando se llega a la conclusión de que los registros enfrentados, desde un punto de vista... ...marca resulta suficientemente diferenciador para evitar confusiones o asociaciones.Añade que existen otras marcas ya registradas que incluyen la palabra abuela en su definición, en coexistencia con las oponentes, por lo que no se puede impedir su acceso al registro, máxime teniendo en cuenta que en la marca solicitada aparece también la palabra 'Catalina', lo que personaliza la marca. Considera que no...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 291/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 1/2018, 10-04-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 291/2019



...concede el registro de la marca por considerar que analizando los signos enfrentados, podemos afirmar que existen suficientes diferencias fonéticas y denominativas entre ellos, así como de conjunto, debiendo tenerse presente la escasez singularízante del prefijo TECNA para servicios tecnológicos, así como el conjunto TECNALIA que deviene de la tendencia desde ya bastantes años, a asociar un determinado... Diciembre , de Marcas establece que no podrán registrarse como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos o que por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión en el público; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación con la marca...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 433/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 261/2018, 12-06-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 433/2019



...concesión del registro de la marca por considerar que analizando los elementos denominativos de los signos, se puede afirmar que existen suficientes diferencias fonéticas, denominativas y de conjunto. Con respecto a la dimensión conceptual, los signos en conflicto evocan ideas/pensamientos/conceptos suficientemente diferenciados.SEGUNDO.- La recurrente muestra su disconformidad con la resolución impugnada... Abogado del Estado, en la representación en que actúa, se muestra conforme con el criterio expuesto en la resolución impugnada y solicita la desestimación del recurso por no existir riesgo de confusión entre los signos enfrentados.TERCERO.- El artículo 6 apartado 1º letras a ) y b) 1 de la Ley 17/2001, de 7 de Diciembre , de Marcas establece que no podrán registrarse como marcas los signos que sean...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 79/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 724/2017, 06-02-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 79/2019



...y acuerda la concesión del registro de la marca por considerar que analizando los elementos denominativos de los signos enfrentados, se puede afirmar que existen suficientes fonético y denominativas entre ellos, puesto que el término 'Agro' es descriptivo de los productos identificados por ambas marcas y, por tanto, inapropiable en exclusiva , por lo que a pesar de la semejanza en la ámbito... ...enfrentados.TERCERO.- El artículo 6 apartado 1º letras a ) y b) 1 de la Ley 17/2001, de 7 de Diciembre , de Marcas establece que no podrán registrarse como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos o que por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 409/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 123/2018, 05-06-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: SANZ HEREDERO, JOSÉ DANIEL


Nº de sentencia: 409/2019



...reconocer como principio rector de la política social y económica la defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, conforme a la finalidad de la norma legal de garantizar el acceso al registro de las marcas en su consideración de signos distintivos que constituyen instrumentos eficaces y necesarios en la política empresarial y que suponen un importante mecanismo para la protección de... Reglamento.La Ley que ahora se aprueba contiene asimismo las reglas necesarias para adaptar nuestro Derecho a los esfuerzos armonizadores realizados en el seno de la Comunidad Internacional. De este modo, se incorporan las normas que permiten la aplicación en España del Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas, de 27 de junio de 1989, el Acuerdo sobre los...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 10/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 1080/2017, 16-01-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 10/2019



...denegar el registro de la marca por considerar que analizando los elementos denominativos de los signos enfrentados, se puede afirmar que existe una gran similitud derivada de la coincidencia en 'Spine' que en ambos signos se ve acompañada de elementos de muy escasa capacidad distintiva como son 'Neo' y 'Bio' en relación con los productos identificados. Añade que también existen semejanzas aplicativas... ...no podrán registrarse como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos o que por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión en el público; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación con la marca anterior.De este modo, para...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 153/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 1019/2017, 27-02-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: GAMO SERRANO, MARÍA SOLEDAD


Nº de sentencia: 153/2019



...productos o los servicios de una empresa de los de otras empresas y b) ser representados en el Registro de Marcas de manera tal que permita a las autoridades competentes y al público en general determinar el objeto claro y preciso de la protección otorgada a su titular '.Las SSTS 18 diciembre 2009 (casación 5674/2007 ) y 9 febrero 2016 (casación 3292/2014 ) remiten para comprender el significado del... ..., fundamentalmente, de garantizar la protección de los derechos de los consumidores -que se proyecta en el acto de elección de productos o servicios, permitiéndoles distinguirlos sin error posible unos y otros en razón de la indicación de su procedencia empresarial, de su prestigio adquirido y de su calidad-, viene a excluir la posibilidad de registrar como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 247/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 1044/2017, 27-03-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 247/2019



...de alzada y acuerda confirmar la denegación del registro de la marca en base a una similitud aplicativa para las clases solicitadas 3 y 35, siendo por lo tanto aplicable un criterio más estricto en el análisis comparativo de los distintivos enfrentados, llegando a la conclusión de que es innegable que la incorporación del término VERA en el signo solicitado coincidiendo con el núcleo principal de... ...impugnada y solicita la desestimación del recurso por existir riesgo de confusión entre los signos enfrentados.TERCERO.- El artículo 6 apartado 1º letras a ) y b) 1 de la Ley 17/2001, de 7 de Diciembre , de Marcas establece que no podrán registrarse como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos o que por ser idénticos o semejantes a una marca...
Sentencia CIVIL Nº 102/2019, AP - Ourense, Sec. 1, Rec 114/2018, 22-03-2019

Orden: Civil


Tribunal: AP - Ourense


Ponente: DOMINGUEZ VIGUERA FERNANDEZ, ANGELA IRENE


Nº de sentencia: 102/2019



..., 'la utilización del nombre, voz o imagen de una persona, para fines publicitarios comerciales o de naturaleza análoga'. Alega como fundamento, que la demandada había utilizado un título nobiliario del que era titular el demandante, sin su consentimiento y para designar un producto comercial (vino) procediendo a su inscripción como marca en el registro correspondiente (Oficina Española de Patentes y... Marcas) por lo que también se interesaba la declaración de nulidad del registro de la marca nacional denominada 'Marquesado del Alto', por haberse infringido la prohibición del artículo 9.b de la Ley de Marcas .Desde la perspectiva de la vulneración del derecho fundamental de la recurrente, la Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de febrero 2000 , había señalado, que teniendo la consideración de...

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Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 148/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 884/2017, 27-02-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 148/2019



...recurso de alzada y acuerda conceder el registro de la marca por considerar que analizando los elementos denominativos de los signos enfrentados, se puede afirmar que existen suficientes diferencias fonéticas y denominativas entre ellos teniendo en cuenta el carácter genérico y descriptivo de los términos coincidentes que por lo tanto no pueden ser apropiados a título privativo sino únicamente dentro de... ...7 de Diciembre , de Marcas establece que no podrán registrarse como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos o que por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión en el público; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 272/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 90/2018, 03-04-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 272/2019



...recurso de alzada y acuerda denegar el registro de la marca por considerar que existiendo una identidad aplicativa puesto que todos los registros enfrentados coinciden para los mismos productos de la clase 3, el rigor en la comparación de los distintivos ha de ser más estricta y es siguiendo este criterio cuando se llega a la conclusión de que los registros enfrentados, desde un punto de vista... ...marca resulta suficientemente diferenciador para evitar confusiones o asociaciones.Añade que existen otras marcas ya registradas que incluyen la palabra abuela en su definición, en coexistencia con las oponentes, por lo que no se puede impedir su acceso al registro, máxime teniendo en cuenta que en la marca solicitada aparece también la palabra 'Catalina', lo que personaliza la marca. Considera que no...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 291/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 1/2018, 10-04-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 291/2019



...concede el registro de la marca por considerar que analizando los signos enfrentados, podemos afirmar que existen suficientes diferencias fonéticas y denominativas entre ellos, así como de conjunto, debiendo tenerse presente la escasez singularízante del prefijo TECNA para servicios tecnológicos, así como el conjunto TECNALIA que deviene de la tendencia desde ya bastantes años, a asociar un determinado... Diciembre , de Marcas establece que no podrán registrarse como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos o que por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión en el público; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación con la marca...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 433/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 261/2018, 12-06-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 433/2019



...concesión del registro de la marca por considerar que analizando los elementos denominativos de los signos, se puede afirmar que existen suficientes diferencias fonéticas, denominativas y de conjunto. Con respecto a la dimensión conceptual, los signos en conflicto evocan ideas/pensamientos/conceptos suficientemente diferenciados.SEGUNDO.- La recurrente muestra su disconformidad con la resolución impugnada... Abogado del Estado, en la representación en que actúa, se muestra conforme con el criterio expuesto en la resolución impugnada y solicita la desestimación del recurso por no existir riesgo de confusión entre los signos enfrentados.TERCERO.- El artículo 6 apartado 1º letras a ) y b) 1 de la Ley 17/2001, de 7 de Diciembre , de Marcas establece que no podrán registrarse como marcas los signos que sean...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 79/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 724/2017, 06-02-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 79/2019



...y acuerda la concesión del registro de la marca por considerar que analizando los elementos denominativos de los signos enfrentados, se puede afirmar que existen suficientes fonético y denominativas entre ellos, puesto que el término 'Agro' es descriptivo de los productos identificados por ambas marcas y, por tanto, inapropiable en exclusiva , por lo que a pesar de la semejanza en la ámbito... ...enfrentados.TERCERO.- El artículo 6 apartado 1º letras a ) y b) 1 de la Ley 17/2001, de 7 de Diciembre , de Marcas establece que no podrán registrarse como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos o que por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 409/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 123/2018, 05-06-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: SANZ HEREDERO, JOSÉ DANIEL


Nº de sentencia: 409/2019



...reconocer como principio rector de la política social y económica la defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, conforme a la finalidad de la norma legal de garantizar el acceso al registro de las marcas en su consideración de signos distintivos que constituyen instrumentos eficaces y necesarios en la política empresarial y que suponen un importante mecanismo para la protección de... Reglamento.La Ley que ahora se aprueba contiene asimismo las reglas necesarias para adaptar nuestro Derecho a los esfuerzos armonizadores realizados en el seno de la Comunidad Internacional. De este modo, se incorporan las normas que permiten la aplicación en España del Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas, de 27 de junio de 1989, el Acuerdo sobre los...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 10/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 1080/2017, 16-01-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 10/2019



...denegar el registro de la marca por considerar que analizando los elementos denominativos de los signos enfrentados, se puede afirmar que existe una gran similitud derivada de la coincidencia en 'Spine' que en ambos signos se ve acompañada de elementos de muy escasa capacidad distintiva como son 'Neo' y 'Bio' en relación con los productos identificados. Añade que también existen semejanzas aplicativas... ...no podrán registrarse como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos o que por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión en el público; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación con la marca anterior.De este modo, para...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 153/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 1019/2017, 27-02-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: GAMO SERRANO, MARÍA SOLEDAD


Nº de sentencia: 153/2019



...productos o los servicios de una empresa de los de otras empresas y b) ser representados en el Registro de Marcas de manera tal que permita a las autoridades competentes y al público en general determinar el objeto claro y preciso de la protección otorgada a su titular '.Las SSTS 18 diciembre 2009 (casación 5674/2007 ) y 9 febrero 2016 (casación 3292/2014 ) remiten para comprender el significado del... ..., fundamentalmente, de garantizar la protección de los derechos de los consumidores -que se proyecta en el acto de elección de productos o servicios, permitiéndoles distinguirlos sin error posible unos y otros en razón de la indicación de su procedencia empresarial, de su prestigio adquirido y de su calidad-, viene a excluir la posibilidad de registrar como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior...
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 247/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 1044/2017, 27-03-2019

Orden: Administrativo


Tribunal: TSJ Madrid


Ponente: CHULVI MONTANER, JOSE RAMON


Nº de sentencia: 247/2019



...de alzada y acuerda confirmar la denegación del registro de la marca en base a una similitud aplicativa para las clases solicitadas 3 y 35, siendo por lo tanto aplicable un criterio más estricto en el análisis comparativo de los distintivos enfrentados, llegando a la conclusión de que es innegable que la incorporación del término VERA en el signo solicitado coincidiendo con el núcleo principal de... ...impugnada y solicita la desestimación del recurso por existir riesgo de confusión entre los signos enfrentados.TERCERO.- El artículo 6 apartado 1º letras a ) y b) 1 de la Ley 17/2001, de 7 de Diciembre , de Marcas establece que no podrán registrarse como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos o que por ser idénticos o semejantes a una marca...
Sentencia CIVIL Nº 102/2019, AP - Ourense, Sec. 1, Rec 114/2018, 22-03-2019

Orden: Civil


Tribunal: AP - Ourense


Ponente: DOMINGUEZ VIGUERA FERNANDEZ, ANGELA IRENE


Nº de sentencia: 102/2019



..., 'la utilización del nombre, voz o imagen de una persona, para fines publicitarios comerciales o de naturaleza análoga'. Alega como fundamento, que la demandada había utilizado un título nobiliario del que era titular el demandante, sin su consentimiento y para designar un producto comercial (vino) procediendo a su inscripción como marca en el registro correspondiente (Oficina Española de Patentes y... Marcas) por lo que también se interesaba la declaración de nulidad del registro de la marca nacional denominada 'Marquesado del Alto', por haberse infringido la prohibición del artículo 9.b de la Ley de Marcas .Desde la perspectiva de la vulneración del derecho fundamental de la recurrente, la Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de febrero 2000 , había señalado, que teniendo la consideración de...

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