Legislación
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Ley 5/2010, de 16 de junio, reguladora del Consell Consultiu de las Illes Balears. - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 22-06-2010

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Baleares

Estado: VIGENTE. Validez desde 07 de Agosto de 2022

F. entrada en vigor: 23/06/2010

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LES ILLES BALEARS

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 94

F. Publicación: 22/06/2010


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Definición y naturaleza Artículo 2. Sede Artículo 3. Función Artículo 4. Consulta y carácter del dictamen
TÍTULO II. COMPOSICIÓN
CAPÍTULO I. Composición y organización
Artículo 5. Composición Artículo 6. Elección, designación y nombramiento de los miembros Artículo 7. Elección y nombramiento del presidente o presidenta Artículo 8. Atribuciones del pleno Artículo 9. Atribuciones del presidente o presidenta Artículo 10. Derechos y deberes de los consejeros y consejeras Artículo 11. Nombramiento del consejero secretario o consejera secretaria Artículo 12. Atribuciones del consejero secretario o consejera secretaria
CAPÍTULO II. El estatuto de los consejeros y consejeras
Artículo 13. Régimen de incompatibilidades Artículo 14. Causas de abstención y recusación Artículo 15. Compensaciones económicas Artículo 16. Cese de miembros del Consejo Consultivo Artículo 17. Suspensión cautelar de los consejeros y consejeras
TÍTULO III. Competencia
Artículo 18. Consulta preceptiva Artículo 19. Consulta facultativa Artículo 20. Memoria
TÍTULO IV. FUNCIONAMIENTO
Artículo 21. Legitimados para solicitar el dictamen Artículo 22. Quórums y adopción de acuerdos Artículo 23. Publicación de los dictámenes
TÍTULO V. PROCEDIMIENTO
Artículo 24. Plazos para emitir los dictámenes Artículo 25. Documentación que ha de acompañar a la consulta y audiencia a las personas interesadas Artículo 26. Modificaciones en la propuesta remitida al Consejo Consultivo
TÍTULO VI. MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES
Artículo 27. Suficiencia de recursos
CAPÍTULO I. El personal
Artículo 28. Personal al servicio del Consejo Consultivo Artículo 29. Relación de puestos de trabajo del personal al servicio del Consejo Consultivo
CAPÍTULO II. El régimen económico y financiero
Artículo 30. Créditos, anteproyecto de presupuestos y control financiero
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª D.A. 2ª D.A. 3ª D.A. 4ª D.A. 5ª D.A. 6ª
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª D.T. 2ª
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª D.F. 2ª