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Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, por el que se regula el Documento Nacional de Identidad. - Boletín Oficial del Estado de 02-04-2025

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Abril de 2025

F. entrada en vigor: 02/04/2025

Órgano emisor: Ministerio del Interior

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 80

F. Publicación: 02/04/2025

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Naturaleza y funciones. Artículo 3. Fines.
CAPÍTULO II. Sobre derechos, obligaciones y órganos competentes
Artículo 4. Derechos y obligaciones. Artículo 5. Órgano competente para la tramitación.
CAPÍTULO III. Sobre tramitación, expedición, validez y renovación
Artículo 6. Tramitación y requisitos. Artículo 7. Validez. Artículo 8. Renovación. Artículo 9. Expedición de duplicados. Artículo 10. Entrega del Documento Nacional de Identidad. Artículo 11. Características de la tarjeta soporte. Artículo 12. Contenido del Documento Nacional de Identidad.
CAPÍTULO IV. Sobre las especificidades de la versión digital del Documento Nacional de Identidad
Artículo 13. Versión digital del Documento Nacional de Identidad.
CAPÍTULO V. Sobre la protección en el tratamiento de los datos personales
Artículo 14. Tratamiento de los datos personales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Documento de sustitución del Documento Nacional de Identidad en supuestos de retirada. D.A. 2ª. Documento Nacional de Identidad de las personas menores de edad. D.A. 3ª. Imposibilidad de expedición o renovación del Documento Nacional de Identidad. D.A. 4ª. Expedición del Documento Nacional de Identidad en el exterior.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Validez de los Documentos Nacionales de Identidad expedidos con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto. D.T. 2ª. Medidas hasta la implantación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. D.T. 3ª. Adaptación de las entidades a la versión digital del Documento Nacional de Identidad.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 991/2024, de 1 de octubre, sobre inscripción de las personas de nacionalidad española en los Registros de Matrícula de las Oficinas Consulares en el extranjero. D.F. 2ª. Modificación del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo. D.F. 3ª. Título competencial. D.F. 4ª. Desarrollo normativo. D.F. 5ª. Entrada en vigor.