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Real Decreto 728/2017, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de guardia civil y de situaciones administrativas del personal de la Guardia Civil. - Boletín Oficial del Estado de 31-07-2017

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Agosto de 2017

F. entrada en vigor: 01/08/2017

Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Y PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 181

F. Publicación: 31/07/2017

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo único. Aprobación del Reglamento.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Cambios de situación administrativa iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto. D.T. 2ª. Rehabilitación en las escalas de oficiales de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil. D.T. 3ª. Requisitos para la renuncia de los miembros de las escalas de oficiales de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre. D.T. 4ª. Pase a reserva de los miembros de la escala de cabos y guardias que pertenecían a dicha escala a la entrada en vigor de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Facultad de desarrollo. D.F. 3ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO DE ADQUISICIÓN Y PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE GUARDIA CIVIL Y DE SITUACIONES ADMINISTRATIVAS DEL PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL
CAPÍTULO l. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito personal de aplicación. Artículo 3. Tiempo de servicios.
CAPÍTULO II. Adquisición y pérdida de la condición de guardia civil
Artículo 4. Adquisición de la condición de guardia civil. Artículo 5. Pérdida de la condición de guardia civil y procedimiento. Artículo 6. Efectos de la pérdida de la condición de guardia civil. Artículo 7. Requisitos para poder solicitar la renuncia. Artículo 8. Retiro. Artículo 9. Derechos del personal retirado. Artículo 10. Vinculación honorífica. Artículo 11. Rehabilitación.
CAPÍTULO III. Situaciones administrativas
SECCIÓN 1.ª Disposiciones comunes
Artículo 12. Situaciones administrativas. Artículo 13. Publicidad y anotación en la hoja de servicios. Artículo 14. Cambios de situación administrativa. Artículo 15. Solicitud de vacantes. Artículo 16. Condición de guardia civil en suspenso. Artículo 17. Incompatibilidades.
SECCIÓN 2.ª Servicio activo
Artículo 18. Situación de servicio activo. Artículo 19. Puestos orgánicos relacionados con el desempeño de sus funciones.
SECCIÓN 3.ª Servicios especiales
Artículo 20. Situación de servicios especiales. Artículo 21. Declaración de la situación de servicios especiales. Artículo 22. Efectos del pase a la situación de servicios especiales. Artículo 23. Prestación de servicios en Presidencia del Gobierno y Gabinetes. Artículo 24. Misiones internacionales. Artículo 25. Programas específicos de interés para la seguridad ciudadana. Artículo 26. Consideración de candidato. Artículo 27. Finalización de la situación de servicios especiales.
SECCIÓN 4.ª Excedencia
Artículo 28. Modalidades de la situación de excedencia. Artículo 29. Declaración y cese en la situación de excedencia. Artículo 30. Excedencia por prestación de servicios en el sector público. Artículo 31. Excedencia voluntaria por interés particular. Artículo 32. Excedencia voluntaria por agrupación familiar. Artículo 33. Excedencia por cuidado de familiares. Artículo 34. Excedencia por razón de violencia de género. Artículo 35. Excedencia por acceso directo como alumno de los centros docentes de formación. Artículo 36. Excedencia basada en la consideración de víctima del terrorismo.
SECCIÓN 5.ª Suspensión de empleo
Artículo 37. Situación de suspensión de empleo. Artículo 38. Declaración y cese en la situación de suspensión de empleo. Artículo 39. Efectos del pase a la situación de suspensión de empleo. Artículo 40. Alcance compensatorio del tiempo permanecido en suspensión de funciones.
SECCIÓN 6.ª Suspensión de funciones
Artículo 41. Situación de suspensión de funciones. Artículo 42. Declaración y cese en la situación de suspensión de funciones. Artículo 43. Efectos del pase a la situación de suspensión de funciones.
SECCIÓN 7.ª Reserva
Artículo 44. Situación de reserva. Artículo 45. Declaración del pase a la situación de reserva. Artículo 46. Efectos del pase a la situación de reserva. Artículo 47. Procedimiento para continuar en servicio activo. Artículo 48. Pase a la situación de reserva con carácter voluntario en los cupos autorizados.
SECCIÓN 8.ª Prisioneros y desaparecidos
Artículo 49. Condición de prisionero o desaparecido. Artículo 50. Procedimiento administrativo. Artículo 51. Situaciones administrativas en la condición de prisionero o desaparecido. Artículo 52. Ascensos en la condición de prisionero o desaparecido. Artículo 53. Derechos económicos.
CAPÍTULO IV. Recursos
Artículo 54. Recursos. ANEXO. Porcentaje de abono en las cantidades a resarcir al Estado como consecuencia de la renuncia a la condición de Guardia Civil