Reglamento (UE) 2025/38 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, por el que se establecen medidas destinadas a reforzar la solidaridad y las capacidades en la Unión a fin de detectar ciberamenazas e incidentes, prepararse y responder a ellos y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/694 (Reglamento de Cibersolidaridad) - Diario Oficial de la Unión Europea de 15-01-2025
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Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 04 de Febrero de 2025
F. entrada en vigor: 04/02/2025
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 38
F. Publicación: 15/01/2025
Documento oficial en PDF: Enlace
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto y objetivos
Artículo 2. Definiciones
CAPÍTULO II. SISTEMA EUROPEO DE ALERTA DE CIBERSEGURIDAD
Artículo 3. Establecimiento del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad
Artículo 4. Centros cibernéticos nacionales
Artículo 5. Centros cibernéticos transfronterizos
Artículo 6. Cooperación y puesta en común de información dentro de los centros cibernéticos transfronterizos y entre ellos
Artículo 7. Cooperación y puesta en común de información con redes a escala de la Unión
Artículo 8. Seguridad
Artículo 9. Financiación del Sistema Europeo de Alerta de Ciberseguridad
CAPÍTULO III. MECANISMO DE EMERGENCIA EN MATERIA DE CIBERSEGURIDAD
Artículo 10. Creación del Mecanismo de Emergencia en materia de Ciberseguridad
Artículo 11. Tipos de acciones
Artículo 12. Pruebas coordinadas de preparación de las entidades
Artículo 13. Otras acciones de preparación
Artículo 14. Creación de la Reserva de Ciberseguridad de la UE
Artículo 15. Solicitudes de apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la UE
Artículo 16. Ejecución del apoyo de la Reserva de Ciberseguridad de la UE
Artículo 17. Proveedores de servicios de seguridad gestionados de confianza
Artículo 18. Acciones de apoyo para la asistencia mutua
Artículo 19. Apoyo a terceros países asociados al Programa Europa Digital
Artículo 20. Coordinación con los mecanismos de gestión de crisis de la Unión
CAPÍTULO IV. MECANISMO EUROPEO DE REVISIÓN DE INCIDENTES DE CIBERSEGURIDAD
Artículo 21. Mecanismo Europeo de Revisión de Incidentes de Ciberseguridad
CAPÍTULO V. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 22. Modificaciones del Reglamento (UE) 2021/694
Artículo 23. Ejercicio de la delegación
Artículo 24. Procedimiento de comité
Artículo 25. Evaluación y revisión
Artículo 26. Entrada en vigor
ANEXO
