Jurisprudencia sobre Deuda líquida.

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Deuda líquida
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Deuda líquida
Sentencia Administrativo Nº 105/2013, JCA - Barcelona, Sec. 6, Rec 23/2012, 09-04-2013

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: CUSCO TURELL, MARGARITA


Nº de sentencia: 105/2013



...de generar intereses.' D'acord amb la sentència dictada pel TSJC, secció 5ª, de 14 de juny de 2002 és procedent aplicar als interessos vençuts l'interès legal des de que són judicialment reclamats entre altres pels motius següents: ' b) Por la existencia de una deuda líquida, o liquidable mediante simples operaciones aritméticas, como lo es la reclamada en autos; c) Por la superación de los...
Sentencia Administrativo Nº 274/2013, JCA - Barcelona, Sec. 7, Rec 2/2011, 27-09-2013

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: COLORADO SORIANO, ROCIO


Nº de sentencia: 274/2013



Código Civil (Artículos 4.1 de la LCE y 6 del RGC ); 2°) Por la existencia de una deuda líquida o liquidable mediante simples operaciones aritméticas, como es la reclamada en autos sin perjuicio de su determinación en ejecución de sentencia; 3°) Por la superación de los viejos principios clásicos de 'princeps in contractibus non debet usuras', y de la intangibilidad del gasto público a partir de los...
Sentencia Administrativo Nº 288/2013, JCA - Barcelona, Sec. 10, Rec 73/2013, 23-09-2013

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: MUÑOZ JUNCOSA, MARIA DEL CARMEN


Nº de sentencia: 288/2013



: Por la existencia de una deuda líquida, o liquidable mediante simples operaciones aritméticas, como lo es la reclamada en autos. Por la superación de los viejos principios clásicos de 'princeps in contractibus non debet usuras', y de la intangibilidad del gasto público a partir de los nuevos medios que la técnica presupuestaria ofrece para hacer frente a las deudas sobrevenidas y por la finalidad...
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 37/2018, JCA - Barcelona, Sec. 8, Rec 145/2017, 05-02-2018

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: SOTERAS GARELL, EILA


Nº de sentencia: 37/2018



...en base a doctrina jurisprudencial que ha venido sosteniendo que la deuda es líquida si su importe está determinado o puede serlo mediante simples operaciones de cálculo matemático, resultando concretadas las cantidades que sirven de base así como el día inicial y final y el tanto por ciento de interés a aplicar.Se opone la demandada a la pretensión ejercitada por la actora al entender que en el... ..., si se tiene en cuenta el reconocimiento jurisprudencial de esta figura en la contratación administrativa ( SSTS de 23 y 30-5-1989 , 5-3 y 6-5- 1992 , y 24-6-1996 ), y ello por las siguientes razones: 1º) Por la supletoriedad del Código Civil; 2º) Por la existencia de una deuda líquida o liquidable mediante simples operaciones aritméticas, como es la reclamada en autos sin perjuicio de su...
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 205/2017, JCA - Barcelona, Sec. 1, Rec 58/2017, 05-10-2017

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: GUITART GUIXER, RAMONA


Nº de sentencia: 205/2017



...contratación administrativa ( SSTS 23.5.89 , 30.5.89 , 5.3.92 , 6.5.92 y 24.6.96 ) y ello por las siguientes razones:1º) Por la supletoriedad del Código Civil ( artículo 4.1 Ley de Contratos del Estado ).2º) Por la existencia de una deuda liquida o liquidable mediante simple operaciones aritméticas, como es la reclamada en autos.3º) Por la superación de los viejos principios clásicos de 'princeps in...
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 159/2017, JCA - Barcelona, Sec. 1, Rec 360/2016, 20-07-2017

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: GUITART GUIXER, RAMONA


Nº de sentencia: 159/2017



Código Civil ( artículo 4.1 Ley de Contratos del Estado ).2º) Por la existencia de una deuda liquida o liquidable mediante simple operaciones aritméticas, como es la reclamada en autos.3º) Por la superación de los viejos principios clásicos de 'princeps in contractibus no debet usuras', y de la intangibilidad del gasto público a partir de los nuevos medios que la técnica presupuestaria ofrece para...
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 46/2017, JCA - Barcelona, Sec. 17, Rec 61/2016, 07-02-2017

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: VIDAL GRASES, FEDERICO


Nº de sentencia: 46/2017



...un capital coste superior al fijado en el momento posterior de la liquidación e ingreso, con el consiguiente perjuicio de la Tesorería que habrá de abonar la prestación desde aquella fecha, a no ser que se corrija ese desfase temporal mediante los intereses de capitalización. No se habla por tanto de intereses moratorios por el retraso en el ingreso de una deuda líquida, sino de fijar el capital...
Sentencia Administrativo Nº 189/2015, JCA - Barcelona, Sec. 9, Rec 375/2013, 02-07-2015

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: COLORADO SORIANO, ROCIO


Nº de sentencia: 189/2015



...y 6 del RGC ); 2°) Por la existencia de una deuda líquida o liquidable mediante simples operaciones aritméticas, como es la reclamada en autos sin perjuicio de su determinación en ejecución de sentencia; 3°) Por la superación de los viejos principios clásicos de 'princeps in contractibus non debet usuras', y de la intangibilidad del gasto público a partir de los nuevos medios que la técnica...
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 213/2016, JCA - Barcelona, Sec. 9, Rec 271/2015, 26-09-2016

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: COLORADO SORIANO, ROCIO


Nº de sentencia: 213/2016



...30 de mayo de 1989 , 5 de marzo de 1992 , 6 de mayo de 1992 y 24 de junio de 1996 ), y ello por las siguientes razones: 1º) Por la supletoriedad del Código Civil (Artículos 4.1 de la LCE y 6 del RGC ); 2°) Por la existencia de una deuda líquida o liquidable mediante simples operaciones aritméticas, como es la reclamada en autos sin perjuicio de su determinación en ejecución de sentencia; 3...
Sentencia Administrativo Nº 265/2015, JCA - Barcelona, Sec. 8, Rec 490/2012, 10-09-2015

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: TOSCANO ORTEGA, JUAN ANTONIO


Nº de sentencia: 265/2015



...de esta figura en la contratación administrativa ( Sentencias del Tribunal Supremo de 23 de mayo de 1989 , 30 de mayo de 1989 , 5 de marzo de 1992 , 6 de mayo de 1992 , y 24 de junio de 1996 ) y ello por las razones siguientes. Primera. Por la supletoriedad del Código Civil ( artículo 4.1 Ley de Contratos del Estado ). Segunda. Por la existencia de una deuda liquida o liquidable mediante... ...denegar la reclamación de intereses de demora por la cuantía aquí reconocida, que bien podían haberse abonado en el mismo momento en que se liquida la deuda principal reconocida. Pues bien, a tenor de todo ello, procede al amparo de lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley 29/1998 imponer las costas procesales a la Administración demandada hasta una cifra máxima de 2.000 euros, atendida la complejidad...

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Sentencia Administrativo Nº 105/2013, JCA - Barcelona, Sec. 6, Rec 23/2012, 09-04-2013

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: CUSCO TURELL, MARGARITA


Nº de sentencia: 105/2013



...de generar intereses.' D'acord amb la sentència dictada pel TSJC, secció 5ª, de 14 de juny de 2002 és procedent aplicar als interessos vençuts l'interès legal des de que són judicialment reclamats entre altres pels motius següents: ' b) Por la existencia de una deuda líquida, o liquidable mediante simples operaciones aritméticas, como lo es la reclamada en autos; c) Por la superación de los...
Sentencia Administrativo Nº 274/2013, JCA - Barcelona, Sec. 7, Rec 2/2011, 27-09-2013

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: COLORADO SORIANO, ROCIO


Nº de sentencia: 274/2013



Código Civil (Artículos 4.1 de la LCE y 6 del RGC ); 2°) Por la existencia de una deuda líquida o liquidable mediante simples operaciones aritméticas, como es la reclamada en autos sin perjuicio de su determinación en ejecución de sentencia; 3°) Por la superación de los viejos principios clásicos de 'princeps in contractibus non debet usuras', y de la intangibilidad del gasto público a partir de los...
Sentencia Administrativo Nº 288/2013, JCA - Barcelona, Sec. 10, Rec 73/2013, 23-09-2013

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: MUÑOZ JUNCOSA, MARIA DEL CARMEN


Nº de sentencia: 288/2013



: Por la existencia de una deuda líquida, o liquidable mediante simples operaciones aritméticas, como lo es la reclamada en autos. Por la superación de los viejos principios clásicos de 'princeps in contractibus non debet usuras', y de la intangibilidad del gasto público a partir de los nuevos medios que la técnica presupuestaria ofrece para hacer frente a las deudas sobrevenidas y por la finalidad...
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 37/2018, JCA - Barcelona, Sec. 8, Rec 145/2017, 05-02-2018

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: SOTERAS GARELL, EILA


Nº de sentencia: 37/2018



...en base a doctrina jurisprudencial que ha venido sosteniendo que la deuda es líquida si su importe está determinado o puede serlo mediante simples operaciones de cálculo matemático, resultando concretadas las cantidades que sirven de base así como el día inicial y final y el tanto por ciento de interés a aplicar.Se opone la demandada a la pretensión ejercitada por la actora al entender que en el... ..., si se tiene en cuenta el reconocimiento jurisprudencial de esta figura en la contratación administrativa ( SSTS de 23 y 30-5-1989 , 5-3 y 6-5- 1992 , y 24-6-1996 ), y ello por las siguientes razones: 1º) Por la supletoriedad del Código Civil; 2º) Por la existencia de una deuda líquida o liquidable mediante simples operaciones aritméticas, como es la reclamada en autos sin perjuicio de su...
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 205/2017, JCA - Barcelona, Sec. 1, Rec 58/2017, 05-10-2017

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: GUITART GUIXER, RAMONA


Nº de sentencia: 205/2017



...contratación administrativa ( SSTS 23.5.89 , 30.5.89 , 5.3.92 , 6.5.92 y 24.6.96 ) y ello por las siguientes razones:1º) Por la supletoriedad del Código Civil ( artículo 4.1 Ley de Contratos del Estado ).2º) Por la existencia de una deuda liquida o liquidable mediante simple operaciones aritméticas, como es la reclamada en autos.3º) Por la superación de los viejos principios clásicos de 'princeps in...
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 159/2017, JCA - Barcelona, Sec. 1, Rec 360/2016, 20-07-2017

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: GUITART GUIXER, RAMONA


Nº de sentencia: 159/2017



Código Civil ( artículo 4.1 Ley de Contratos del Estado ).2º) Por la existencia de una deuda liquida o liquidable mediante simple operaciones aritméticas, como es la reclamada en autos.3º) Por la superación de los viejos principios clásicos de 'princeps in contractibus no debet usuras', y de la intangibilidad del gasto público a partir de los nuevos medios que la técnica presupuestaria ofrece para...
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 46/2017, JCA - Barcelona, Sec. 17, Rec 61/2016, 07-02-2017

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: VIDAL GRASES, FEDERICO


Nº de sentencia: 46/2017



...un capital coste superior al fijado en el momento posterior de la liquidación e ingreso, con el consiguiente perjuicio de la Tesorería que habrá de abonar la prestación desde aquella fecha, a no ser que se corrija ese desfase temporal mediante los intereses de capitalización. No se habla por tanto de intereses moratorios por el retraso en el ingreso de una deuda líquida, sino de fijar el capital...
Sentencia Administrativo Nº 189/2015, JCA - Barcelona, Sec. 9, Rec 375/2013, 02-07-2015

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: COLORADO SORIANO, ROCIO


Nº de sentencia: 189/2015



...y 6 del RGC ); 2°) Por la existencia de una deuda líquida o liquidable mediante simples operaciones aritméticas, como es la reclamada en autos sin perjuicio de su determinación en ejecución de sentencia; 3°) Por la superación de los viejos principios clásicos de 'princeps in contractibus non debet usuras', y de la intangibilidad del gasto público a partir de los nuevos medios que la técnica...
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 213/2016, JCA - Barcelona, Sec. 9, Rec 271/2015, 26-09-2016

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: COLORADO SORIANO, ROCIO


Nº de sentencia: 213/2016



...30 de mayo de 1989 , 5 de marzo de 1992 , 6 de mayo de 1992 y 24 de junio de 1996 ), y ello por las siguientes razones: 1º) Por la supletoriedad del Código Civil (Artículos 4.1 de la LCE y 6 del RGC ); 2°) Por la existencia de una deuda líquida o liquidable mediante simples operaciones aritméticas, como es la reclamada en autos sin perjuicio de su determinación en ejecución de sentencia; 3...
Sentencia Administrativo Nº 265/2015, JCA - Barcelona, Sec. 8, Rec 490/2012, 10-09-2015

Orden: Administrativo


Tribunal: Juzgado de lo Contencioso Administrativo Barcelona


Ponente: TOSCANO ORTEGA, JUAN ANTONIO


Nº de sentencia: 265/2015



...de esta figura en la contratación administrativa ( Sentencias del Tribunal Supremo de 23 de mayo de 1989 , 30 de mayo de 1989 , 5 de marzo de 1992 , 6 de mayo de 1992 , y 24 de junio de 1996 ) y ello por las razones siguientes. Primera. Por la supletoriedad del Código Civil ( artículo 4.1 Ley de Contratos del Estado ). Segunda. Por la existencia de una deuda liquida o liquidable mediante... ...denegar la reclamación de intereses de demora por la cuantía aquí reconocida, que bien podían haberse abonado en el mismo momento en que se liquida la deuda principal reconocida. Pues bien, a tenor de todo ello, procede al amparo de lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley 29/1998 imponer las costas procesales a la Administración demandada hasta una cifra máxima de 2.000 euros, atendida la complejidad...

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