DECRETO 201/2017, de 15 de diciembre, del Consell, por el que se regula la venta de proximidad de productos primarios y agroalimentarios. [2018/1589] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 20-02-2018
Índice
Texto
Ambito: Comunidad Valenciana
Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Febrero de 2018
Órgano emisor: CONSELLERIA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMATICO Y DESARROLLO RURAL - CONSELLERIA DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PUBLICA
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8238
F. Publicación: 20/02/2018
PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Ámbito de aplicación
Artículo 4. Información alimentaria facilitada al consumidor/a
CAPÍTULO II. Disposiciones en relación con el suministro directo de pequeñas cantidades de productos primarios
Artículo 5. Requisitos, obligaciones y responsabilidades generales de higiene para el suministro de pequeñas cantidades de productos primarios
Artículo 6. Requisitos, obligaciones y responsabilidades específicos que han de cumplir los productores/as primarios/as que quieran suministrar pequeñas cantidades de vegetales de cultivo
Artículo 7. Requisitos, obligaciones y responsabilidades específicos que han de cumplir los productores/as primarios/as que quieran suministrar pequeñas cantidades de huevos, miel, propóleo, jalea real y moluscos gasterópodos terrestres de cria en cautividad
Artículo 8. Requisitos, obligaciones y responsabilidades específicos que han de cumplir los productores/as primarios/as que quieran suministrar pequeñas cantidades de productos de vegetales silvestres y moluscos gasterópodos terrestres silvestres al consumidor/a final
CAPÍTULO III. Disposiciones en relación con el suministro de productos primarios transformados por pequeños/as elaboradores/as agroalimentarios/as, elaborados en la explotación de producción, en locales utilizados principalmente como vivienda o en obradores
Artículo 9. Requisitos, obligaciones y responsabilidades generales que han de cumplir los pequeños/as elaboradores/as agroalimentarios/as que quieran transformar, elaborar o envasar cantidades limitadas de productos alimenticios y comercializarlos
Artículo 10. Requisitos, obligaciones y responsabilidades específicos que han de cumplir los productores/as primarios/as que quieran suministrar pequeñas cantidades de carne de aves de corral y lagomorfos sacrificados en la explotación al consumidor final
Artículo 11. Requisitos, obligaciones y responsabilidades específicos que han de cumplir los cazadores que quieran suministrar pequeñas cantidades de caza silvestre
Artículo 12. Guías de prácticas correctas de higiene
CAPÍTULO IV. Fomento de la venta de proximidad
Artículo 13. Fomento de la venta directa y los canales cortos de comercialización
CAPÍTULO V. Control y régimen sancionador
Artículo 14. Autoridades competentes para el control
Artículo 15. Inspección y programas de control oficial
Artículo 16. Régimen sancionador
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Registro de explotaciones de venta de proximidad
D.A. 2ª. Incidencia presupuestaria
D.A. 3ª. Autorización de veterinarios/as
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Normas que se derogan
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Facultad de desarrollo
D.F. 2ª. Emisión de documentos
D.F. 3ª. Entrada en vigor
ANEXO I. Cantidades máximas autorizadas para la venta de huevos, moluscos gasterópodos terrestres de cría en cautividad y canales de aves de corral y lagomorfos sacrificados en la explotación
ANEXO II. Cantidades máximas autorizadas para el suministro por parte del cazador/a de canales de caza silvestre
ANEXO III. Datos que deberá recoger la declaración numerada para traslado de piezas de caza silvestre destinadas a local de inspección
ANEXO IV. Datos que deberá recoger el certificado de Inspección Sanitaria de Piezas de Caza Silvestre