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DIRECTIVA 2014/23/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 26 de febrero de 2014 relativa a la adjudicación de contratos de concesión (Texto pertinente a efectos del EEE) - Diario Oficial de la Unión Europea de 28-03-2014

Tiempo de lectura: 13 min

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Ambito: DOUE

Estado: VIGENTE. Validez desde 06 de Diciembre de 2023

F. entrada en vigor: 17/04/2014

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 93

F. Publicación: 28/03/2014


Preambulo
TÍTULO I. OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN, PRINCIPIOS GENERALES Y DEFINICIONES
CAPÍTULO I. Objeto, principios generales y definiciones
Sección I. Objeto, ámbito de aplicación, principios generales, definiciones y umbrales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Artículo 2. Principio de libertad de administración de las autoridades públicas Artículo 3. Principio de igualdad de trato, no discriminación y transparencia Artículo 4. Libertad para definir los servicios de interés económico general Artículo 5. Definiciones Artículo 6. Poderes adjudicadores Artículo 7. Entidades adjudicadoras Artículo 8. Umbrales y métodos de cálculo del valor estimado de las concesiones Artículo 9. Revisión del umbral
Sección II. Exclusiones
Artículo 10. Exclusiones aplicables a las concesiones adjudicadas por poderes adjudicadores y entidades adjudicadoras Artículo 11. Exclusiones específicas en el ámbito de las comunicaciones electrónicas Artículo 12. Exclusiones específicas en el sector del agua Artículo 13. Concesiones adjudicadas a una empresa asociada Artículo 14. Concesiones adjudicadas a una empresa conjunta o a una entidad adjudicadora que forme parte de una empresa conjunta Artículo 15. Notificación de información por las entidades adjudicadoras Artículo 16. Exclusión de actividades sometidas directamente a la competencia Artículo 17. Concesiones entre entidades del sector público
Sección III. Disposiciones generales
Artículo 18. Duración de la concesión Artículo 19. Servicios sociales y otros servicios específicos Artículo 20. Contratos mixtos Artículo 21. Contratos públicos mixtos que contienen aspectos relativos a la defensa y la seguridad Artículo 22. Contratos relativos a actividades enumeradas en el anexo II y otras actividades Artículo 23. Concesiones relacionadas con actividades a que se refiere el anexo II y relacionadas con aspectos de defensa y seguridad
Sección IV. Situaciones específicas
Artículo 24. Concesiones reservadas Artículo 25. Servicios de investigación y desarrollo
CAPÍTULO II. Principios
Artículo 26. Operadores económicos Artículo 27. Nomenclaturas Artículo 28. Confidencialidad Artículo 29. Normas aplicables a las comunicaciones
TÍTULO II. NORMAS EN MATERIA DE ADJUDICACIÓN DE CONCESIONES. PRINCIPIOS GENERALES Y GARANTÍAS PROCEDIMENTALES
CAPÍTULO I. Principios generales
Artículo 30. Principios generales Artículo 31. Anuncios de concesión Artículo 32. Anuncios de adjudicación de concesiones Artículo 33. Redacción y forma de publicación de los anuncios Artículo 34. Acceso electrónico a los documentos relativos a las concesiones Artículo 35. Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de interés
CAPÍTULO II. Garantías procedimentales
Artículo 36. Requisitos técnicos y funcionales Artículo 37. Garantías procedimentales Artículo 38. Selección y evaluación cualitativa de los candidatos Artículo 39. Plazos de recepción de las solicitudes de participación y ofertas para la concesión Artículo 40. Comunicación a los candidatos y los licitadores Artículo 41. Criterios de adjudicación
TÍTULO III. NORMAS RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DE LAS CONCESIONES
Artículo 42. Subcontratación Artículo 43. Modificación de los contratos durante su período de vigencia Artículo 44. Resolución de concesiones Artículo 45. Seguimiento y presentación de informes
TÍTULO IV. MODIFICACIÓN DE LAS DIRECTIVAS 89/665/CEE Y 92/13/CEE
Artículo 46. Modificaciones de la Directiva 89/665/CEE Artículo 47. Modificaciones de la Directiva 92/13/CEE
TÍTULO V. DELEGACIÓN DE PODERES, COMPETENCIAS DE EJECUCIÓN Y DISPOSICIONES FINALES
Artículo 48. Ejercicio de la delegación Artículo 49. Procedimiento de urgencia Artículo 50. Procedimiento de comité Artículo 51. Transposición Artículo 52. Disposiciones transitorias Artículo 53. Seguimiento y presentación de informes Artículo 54. Entrada en vigor Artículo 55. Destinatarios ANEXO I. LISTA DE ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 5, PUNTO 7 (36) ANEXO II. ACTIVIDADES EJERCIDAS POR LAS ENTIDADES ADJUDICADORAS MENCIONADAS EN EL ARTÍCULO 7 ANEXO III. LISTA DE ACTOS JURÍDICOS DE LA UNIÓN CONTEMPLADA EN EL ARTÍCULO 7, APARTADO 2, LETRA B) ANEXO IV. SERVICIOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 19 ANEXO V. INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE LAS CONCESIONES CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 31 ANEXO VI. INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE INFORMACIÓN PREVIA DE CONCESIONES DE SERVICIOS SOCIALES Y OTROS SERVICIOS ESPECÍFICOS MENCIONADOS EN EL ARTÍCULO 31, APARTADO 3 ANEXO VII. INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE CONCESIONES ADJUDICADAS PUBLICADOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 32 ANEXO VIII. INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE ADJUDICACIÓN DE CONCESIONES DE SERVICIOS SOCIALES Y OTROS SERVICIOS ESPECÍFICOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 32 ANEXO IX. ESPECIFICACIONES RELATIVAS A LA PUBLICACIÓN ANEXO X. LISTA DE CONVENIOS INTERNACIONALES EN EL ÁMBITO SOCIAL Y MEDIOAMBIENTAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 30, APARTADO 3 ANEXO XI. INFORMACIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS ANUNCIOS DE MODIFICACIÓN DE CONCESIONES DURANTE SU VIGENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 43