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Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias. - Boletín Oficial del Estado de 28-12-2013

Tiempo de lectura: 16 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Septiembre de 2020

F. entrada en vigor: 29/12/2013

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 311

F. Publicación: 28/12/2013


PREÁMBULO Artículo 1. Objeto.
TÍTULO I. De las cajas de ahorros
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 2. Definición, finalidad y normativa aplicable.
CAPÍTULO II. Órganos de gobierno
Artículo 3. Órganos de gobierno.
SECCIÓN 1.ª La asamblea general
Artículo 4. Grupos de representación en la asamblea general. Artículo 5. Consejeros generales elegidos en representación de los impositores. Artículo 6. Representación de las Entidades Locales. Artículo 7. Representación de las personas o entidades fundadoras. Artículo 8. Representación de los empleados. Artículo 9. Requisitos de los consejeros generales. Artículo 10. Incompatibilidad de los consejeros generales. Artículo 11. Mandato y renovación de los consejeros generales. Artículo 12. Irrevocabilidad del nombramiento de los consejeros generales y limitaciones a la contratación. Artículo 13. Funciones de la asamblea general. Artículo 14. Organización y funcionamiento de la asamblea general.
SECCIÓN 2.ª El consejo de administración
Artículo 15. El consejo de administración. Artículo 16. Elección del consejo de administración. Artículo 17. Vocales del consejo de administración. Artículo 18. Causas de incompatibilidad. Artículo 19. Mandato de los vocales del consejo de administración. Artículo 20. Funciones del consejo de administración. Artículo 21. Organización y funcionamiento del consejo de administración. Artículo 22. Dedicación exclusiva.
SECCIÓN 3.ª La comisión de control
Artículo 23. La comisión de control. Artículo 24. Vocales de la comisión de control. Artículo 25. Requisitos de los miembros de la comisión de control. Artículo 26. Funciones de la comisión de control.
SECCIÓN 4.ª Retribuciones
Artículo 27. Retribuciones.
CAPÍTULO III. Disposiciones comunes
SECCIÓN 1.ª Comisiones del consejo de administración
Artículo 28. Comisión de inversiones. Artículo 29. Comisión de retribuciones y nombramientos. Artículo 30. Comisión de obra social.
SECCIÓN 2.ª Gobierno corporativo
Artículo 31. Informe de gobierno corporativo e informe anual sobre remuneraciones.
TÍTULO II. De las fundaciones bancarias
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 32. Fundación bancaria. Artículo 33. Régimen jurídico.
CAPÍTULO II. Transformación en fundaciones bancarias
Artículo 34. Obligación de transformación de las cajas de ahorros. Artículo 35. Procedimiento de transformación de las cajas de ahorros. Artículo 36. Procedimiento de transformación de las fundaciones ordinarias.
CAPÍTULO III. Gobierno de la fundación bancaria
Artículo 37. Órganos de gobierno. Artículo 38. Patronato. Artículo 39. Composición del patronato. Artículo 40. Requisitos de los patronos. Artículo 41. Presidencia del patronato. Artículo 42. Director general y secretario del patronato.
CAPÍTULO IV. Participación en entidades de crédito
Artículo 43. Protocolo de gestión de la participación financiera. Artículo 44. Plan financiero.
CAPÍTULO V. Régimen de control
Artículo 45. Protectorado. Artículo 46. Funciones del Banco de España. Artículo 47. Régimen sancionador.
CAPÍTULO VI. Obligaciones de gobierno corporativo
Artículo 48. Informe anual de gobierno corporativo.
CAPÍTULO VII. Régimen fiscal de las fundaciones bancarias
Artículo 49. Régimen fiscal.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Fundaciones de carácter especial y fundaciones ordinarias. D.A. 2ª. Adaptación de las cajas de ahorros. D.A. 3ª. Aplicación de los recursos al cumplimiento de los fines de las fundaciones bancarias. D.A. 4ª. Continuidad de los órganos de gobierno. D.A. 5ª. Montes de piedad. D.A. 6ª. Denominación de fundaciones ordinarias procedentes de cajas de ahorros. D.A. 7ª. Fusiones de cajas de ahorros y traslado de domicilio social. D.A. 8ª. Ampliaciones de la participación de las fundaciones bancarias en una entidad de crédito. D.A. 9ª. Procesos de actuación temprana, reestructuración y resolución. D.A. 10ª. Dividendos en las entidades de crédito controladas por una fundación bancaria. D.A. 11ª. Confederación Española de cajas de ahorros. D.A. 12ª. Federaciones de cajas de ahorros. D.A. 13ª. Amortización de cuotas participativas. D.A. 14ª. Emisiones vivas de cajas de ahorros. D.A. 15ª. Denominación de las entidades de crédito que hayan recibido su actividad financiera de cajas de ahorros. D.A. 16ª. Regímenes Forales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Cajas de ahorros de ejercicio indirecto. D.T. 2ª. Compatibilidad temporal de consejeros.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las Tarifas y la Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. D.F. 3ª. Modificación del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. D.F. 5ª. Modificación del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo. D.F. 6ª. Modificación de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores. D.F. 7ª. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. D.F. 8ª. Modificación del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. D.F. 9ª. Modificación de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. D.F. 10ª. Títulos competenciales. D.F. 11ª. Adaptación de la legislación de las comunidades autónomas en materia de cajas de ahorros. D.F. 12ª. Habilitación normativa. D.F. 13ª. Entrada en vigor.