LEY 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. - Boletín Oficial de Canarias de 04-08-2021
Índice
Texto
Ambito: Canarias
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024
F. entrada en vigor: 05/08/2021
Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 160
F. Publicación: 04/08/2021
PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1.- Objeto y finalidad.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
TÍTULO II. Modelo de gobernanza
CAPÍTULO I. Estructura de gobernanza
Artículo 3.- Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU».
Artículo 4.- Comité Director de Planes y Proyectos.
Artículo 5. - Autoridad responsable de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU»
Artículo 6.- Control de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU».
Artículo 7.- Rendición de cuentas al Gobierno y al Parlamento.
Artículo 8.- Obligaciones en materia de transparencia.
CAPÍTULO II. Instrumentos de planificación y gestión
Artículo 9.- Instrumentos de planificación estratégica para la gestión.
Artículo 10.- Instrucciones de gestión.
TÍTULO III. Gestión de recursos humanos
Artículo 11.- Organización de los recursos.
Artículo 12.- Gestión de personas.
Artículo 13.- Unidades administrativas de carácter provisional.
Artículo 14.- Ordenación de los recursos humanos en los departamentos, órganos y organismos responsables de la gestión de los proyectos financiados con cargo a los fondos de los planes «Next Generation EU».
Artículo 15.- Nombramiento de personal estatutario de carácter temporal, personal funcionario interino y contratación de personal laboral con contratos de duración determinada.
Artículo 16.- Atribución temporal de funciones.
Artículo 17.- Personal directivo vinculado a programas y proyectos para la gestión de fondos europeos.
Artículo 18.- Formación.
Artículo 19.- Refuerzo del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
TÍTULO IV. Especialidades de gestión de los proyectos y programas financiados con cargo a los fondos «Next Generation EU»
CAPÍTULO I. Medidas de gestión presupuestaria
Artículo 20. Habilitación y vinculación de los créditos.
Artículo 21.- Régimen competencial.
Artículo 22.- Régimen de las transferencias de crédito.
Artículo 23.- Tramitación de los expedientes de modificaciones de crédito de los entes con presupuesto limitativo.
Artículo 24.- Tramitación de los expedientes de modificaciones presupuestarias de los entes con presupuesto estimativo.
Artículo 25.- Compromisos de gasto de carácter plurianual.
Artículo 26.- Incorporaciones y generaciones de crédito.
Artículo 27.- Tramitación anticipada de expedientes de gastos.
CAPÍTULO II. Medidas administrativas generales para la agilización de los procedimientos
Artículo 28.- Tramitación de urgencia y despacho preferente.
Artículo 29.- Exceptuación del trámite preceptivo de autorización previa del Gobierno.
CAPÍTULO III. Especialidades en materia de contratación pública
Artículo 30.- Medidas de eficiencia en la tramitación.
Artículo 31.- Asesoramiento y supervisión.
Artículo 32.- División preferente por lotes.
Artículo 33.- Exención de la exigencia de retención del uno y medio por ciento cultural.
Artículo 34.- Consultas preliminares de mercado.
Artículo 35.- Información pública.
Artículo 36.- Modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares.
Artículo 37.- Criterios específicos.
Artículo 38.- Solvencias de los licitadores.
Artículo 39.- Valor estimado de los contratos.
Artículo 40.- Mesas de contratación en los procedimientos abiertos simplificados y simplificados abreviados.
Artículo 41.- Criterios de adjudicación.
Artículo 42.- Responsable del contrato y delegado del contratista.
CAPÍTULO IV. Especialidades en materia de subvenciones
Artículo 43.- Bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones.
Artículo 44.- Subvenciones de concurrencia no competitiva.
Artículo 45.- Convocatoria abierta de subvenciones.
Artículo 46.- Otras medidas para la mejora de la gestión de ayudas y subvenciones.
Artículo 47.- Justificación de la aplicación de las subvenciones.
TÍTULO V. Cooperación interadministrativa y colaboración y participación público-privada
Artículo 48.- Convenios para la ejecución de proyectos con cargo a fondos europeos «Next Generation EU»
Artículo 49. Régimen jurídico de los convenios para la ejecución de proyectos con cargo a fondos europeos «Next Generation EU».
Artículo 50.- Mecanismos de colaboración con el sector privado.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Consideración del instrumento de planificación como plan estratégico de subvenciones.
D.A. 2ª.- Régimen de control aplicable a los expedientes financiados con cargo a los fondos de los planes «Next Generation EU».
D.A. 3ª.- Cesión del crédito presupuestario derivado de la movilidad del personal.
D.A. 4ª. Negociación colectiva de la ordenación de recursos humanos
D.A. 5ª.- Medidas en materia de personal estatutario.
D.A. 6ª.- Creación de unidades administrativas de carácter provisional en las Direcciones Generales competentes en materia de planificación y presupuesto y de función pública y en la Intervención General.
D.A. 7ª.- Gastos menores.
D.A. 8ª.- Ampliaciones de crédito sin cobertura en situaciones de extraordinaria y urgente necesidad.
D.A. 9ª.- Retribuciones del personal funcionario interino nombrado para atender el incremento de la carga de trabajo provocado por la gestión de proyectos financiados con fondos «Next Generation EU».
D.A. 10ª.- Capacitación del personal y complemento de productividad.
D.A. 11ª.- Habilitación de los créditos vinculados al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y al REACT-EU en el presupuesto de gastos del Servicio Canario de la Salud.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.- Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Modificación de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.
D.F. 2ª.- Modificación de la Ley 7/2014, de 30 de julio, de la Agencia Tributaria Canaria.
D.F. 3ª.- Cláusula de salvaguarda de rango reglamentario.
D.F. 4ª.- Aplicación supletoria del Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia o norma que le sustituya.
D.F. 5ª.- Entrada en vigor.