Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. - Boletín Oficial del Estado de 09-11-2024
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Noviembre de 2024
F. entrada en vigor: 10/11/2024
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 271
F. Publicación: 09/11/2024
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
PREÁMBULO
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
Artículo 4. Funciones.
Artículo 5. Facultades.
Artículo 6. Colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Artículo 7. Servicio Público de intervención y asistencia en emergencias.
Artículo 8. Uniformidad, acreditación y vehículos.
Artículo 9. Medios de defensa: condiciones y aptitudes para su empleo.
Artículo 10. Prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el trabajo.
Artículo 11. Asistencia jurídica.
Artículo 12. Acceso al empleo público y promoción profesional.
Artículo 13. Formación.
Artículo 14. De la igualdad de género.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Aplicación de la ley en la Comunidad Foral de Navarra y en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
D.A. 2ª. Uniformidad e identidad visual en los Parques Nacionales.
D.A. 3ª. Jubilación.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
D.F. 2ª. Determinación de riesgos específicos.
D.F. 3ª. Títulos competenciales y carácter básico de la ley.
D.F. 4ª. Mandatos de elaboración de normas.
D.F. 5ª. Entrada en vigor.
