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Ley 5/2014, de 20 de octubre, de administración electrónica y simplificación administrativa - Boletín Oficial de La Rioja de 22-10-2014

Tiempo de lectura: 10 min

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Ambito: La Rioja

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Febrero de 2018

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja Número 131

F. Publicación: 22/10/2014


Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Finalidad. Artículo 4. Órganos responsables.
TÍTULO I. Administración electrónica
CAPÍTULO I. Impulso, ordenación y desarrollo de los servicios electrónicos
Artículo 5. Administración electrónica de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Artículo 6. Principios. Artículo 7. Desarrollo del modelo de administración electrónica en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Artículo 8. Participación pública por medios electrónicos. Artículo 9. Derecho a un espacio personalizado.
CAPÍTULO II. Sede, registro y tablón de anuncios electrónico
Artículo 10. Sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Artículo 11. Creación de sedes electrónicas por los organismos y entes del sector público. Artículo 12. Registro electrónico. Artículo 13. Tablón de anuncios electrónico.
CAPÍTULO III. Uso de servicios
Artículo 14. Libre elección de canales. Artículo 15. Derecho y obligación de relacionarse a través de medios electrónicos. Artículo 16. Sistemas de Identificación y firma. Artículo 17. Representación electrónica. Artículo 18. Expedientes, documentos y archivo electrónicos. Artículo 19. Gestión electrónica de los procedimientos. Artículo 20. Factura electrónica. Artículo 21. Cooperación interadministrativa. Artículo 22. Formación. Artículo 23. Órganos colegiados de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Artículo 24. Seguridad.
TÍTULO II. Simplificación administrativa
Artículo 25. Concepto. Artículo 26. Análisis de rediseño funcional y simplificación. Artículo 27. Eliminación o reducción de cargas administrativas. Artículo 28. Estudio de cargas administrativas. Artículo 29. Aportación de documentos. Artículo 30. Catálogo de Simplificación Documental. Artículo 31. Formularios. Artículo 32. Declaraciones responsables y comunicaciones previas. Artículo 33. Reducción de los plazos y tiempos de respuesta. Artículo 34. Mejora de la calidad normativa. Artículo 35. Directrices de técnica normativa.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Especificidades en materia de contratación y en el ámbito tributario. D.A. 2ª. Prestación de servicios de administración electrónica con las entidades locales. D.A. 3ª. Revisión de procedimientos y formularios. D.A. 4ª. Consejo Asesor de Administración Electrónica.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 4/1994, de 24 de mayo, de Archivos y Patrimonio Documental de La Rioja. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 8/1998, de 16 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma de La Rioja. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 9/1998, de 2 de julio, de Caza de La Rioja. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. D.F. 5ª. Modificación de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja. D.F. 6ª. Modificación de la Ley 7/2005, de 30 de junio, de Juventud de La Rioja. D.F. 7ª. Modificación de la Ley 8/2006, de 18 de octubre, de transporte interurbano por carretera de La Rioja. D.F. 8ª. Modificación de la Ley 2/2007, de 1 de marzo, de Vivienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja. D.F. 9ª. Modificación de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja. D.F. 10ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 11ª. Entrada en vigor de la ley.