ORDEN de 4 de marzo de 2026 por la que se regula la gestión de los excedentes procedentes del marisco obtenido durante la actividad marisquera.
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Ambito: Galicia
Estado: VIGENTE. Validez desde 12 de Marzo de 2026
F. entrada en vigor: 12/03/2026
Órgano emisor: Consellería del Mar
Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 47
F. Publicación: 11/03/2026
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preámbulo
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Inclusión de los excedentes como recurso económico de la cofradía de pescadores.
Artículo 4. Inclusión de los excedentes en los planes de gestión trianuales.
Artículo 5. Destino de los recursos marisqueros extraídos.
Artículo 6. Gestión de los recursos marisqueros en el punto de control.
Artículo 7. Controles de los excedentes por parte de la cofradía de pescadores.
Artículo 8. Primera venta de los excedentes.
Artículo 9. Titularidad y destino de los ingresos obtenidos por la primera venta de los excedentes.
Artículo 10. Seguimiento y control estadístico de los excedentes.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Adaptación de medidas de los planes de gestión de recursos marisqueros vigentes aprobados por la Orden de 21 de diciembre de 2023 por la que se aprueba el Plan general de explotación marisquera para el trienio 2024-2026 y por la Orden de 19 de diciembre de 2024 por la que se aprueban los planes de gestión de los recursos específicos y algas en Galicia para el trienio 2025-2027
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Facultad de desarrollo
D.F. 2ª. Entrada en vigor
