Real Decreto 658/2025, de 22 de julio, por el que se regulan las medidas a adoptar en situaciones de contingencia migratoria extraordinaria para la protección del interés superior de la infancia y la adolescencia migrante no acompañada. - Boletín Oficial del Estado de 23-07-2025
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Índice
Relacionados
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Julio de 2025
F. entrada en vigor: 24/07/2025
Órgano emisor: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 176
F. Publicación: 23/07/2025
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preambulo
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Régimen jurídico y principios generales de aplicación.
Artículo 3. Órgano competente para la declaración de la situación de contingencia migratoria extraordinaria para la protección del interés superior de la infancia y adolescencia migrante no acompañada.
Artículo 4. Mecanismos de coordinación.
Artículo 5. Procedimiento para la reubicación y el traslado de personas menores de edad en el marco de una situación de contingencia migratoria extraordinaria.
Artículo 6. Actuaciones a realizar para dar cumplimiento a las previsiones del Plan de respuesta solidaria.
Artículo 7. Seguimiento e incumplimientos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Procedimiento para la reubicación y el traslado de las personas menores de edad que se encontraban en los sistemas de protección de las comunidades autónomas antes de la declaración de la situación de contingencia migratoria extraordinaria.
D.A. 2ª. No incremento del gasto público.
D.A. 3ª. Referencias.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Desarrollo normativo.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.
