DECRETO 226/2001, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los Festejos Taurinos Populares. - Boletín Oficial de Aragón de 17-10-2001
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Histórico
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Ambito: Aragón
Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Mayo de 2023
F. entrada en vigor: 06/11/2001
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 121
F. Publicación: 17/10/2001
- Téngase en cuenta que la Sentencia número 366/2024, de 25 de octubre de 2024, dictada por la sección número 1 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, declara vulnerado el derecho fundamental de igualdad consagrado en el artículo 14 de la CE en el procedimiento de elaboración del Decreto 71/2023, de 17 de mayo. - RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2025, del Director General de Interior y Emergencias, por la que se dispone la publicación de la parte dispositiva de la Sentencia número 366/2024, de 25 de octubre de 2024, dictada por la sección número 1 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, declarando vulnerado el derecho fundamental de igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución española en el procedimiento de elaboración del Decreto 71/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Reglamento de festejos taurinos populares, aprobado por el Decreto 226/2001, de 18 de septiembre, el Reglamento por el que se regula la autorización y funcionamiento de las plazas de toros portátiles, aprobado por el Decreto 15/2003, de 28 de enero, el Reglamento de escuelas taurinas de Aragón, aprobado por el Decreto 16/2003, de 28 de enero y el Reglamento de espectáculos taurinos, aprobado por Decreto 223/2004, de 19 de octubre.
Artículo único.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Facultad de desarrollo.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO DE FESTEJOS TAURINOS POPULARES
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Clases de festejos taurinos populares.
Artículo 2 bis. Encierros.
Artículo 2 ter. Suelta de reses.
Artículo 2 quater. Festejos especiales.
Artículo 3. Principios generales.
Artículo 4. Participantes y espectadores.
Artículo 5. Lugares aptos para la celebración de los festejos.
Artículo 6. Características y destino de las reses.
CAPÍTULO II. De las autorizaciones
Artículo 7. Solicitud de la autorización.
Artículo 8. Resolución.
CAPÍTULO III. Desarrollo, dirección y control de los Festejos Taurinos Populares
Artículo 9. Actuaciones previas al comienzo del festejo.
Artículo 10. Presidencia de los festejos taurinos populares.
Artículo 11. Director de lidia.
Artículo 12. Colaboradores voluntarios.
Artículo 13. Veterinarios.
