Legislación

Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. - Boletín Oficial del Estado de 02-04-2025

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Enero de 2025

F. entrada en vigor: 02/01/2025

Órgano emisor: Jefatura del Estado

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 80

F. Publicación: 02/04/2025

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y fines de la ley. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Definiciones. Artículo 4. Principios rectores. Artículo 5. Jerarquía de prioridades de los agentes de la cadena alimentaria.
CAPÍTULO II. Obligaciones de los agentes de la cadena alimentaria
Artículo 6. Obligaciones generales para todos los agentes de la cadena alimentaria. Artículo 7. Contenido mínimo de los convenios o acuerdos de donación. Artículo 8. Obligaciones específicas para las empresas de hostelería y restauración. Artículo 9. Obligaciones específicas para las empresas y las entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro que se dedican a la distribución de alimentos para la donación de alimentos aptos para el consumo humano. Artículo 10. Derechos de los consumidores. Artículo 11. Obligaciones específicas para las administraciones públicas.
CAPÍTULO III. Medidas de buenas prácticas de los agentes de la cadena alimentaria
Artículo 12. Medidas de buenas prácticas a desempeñar por las empresas que venden alimentos al consumidor final. Artículo 13. Medidas de buenas prácticas para el sector de la hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios.
CAPÍTULO IV. Racionalización de las fechas de consumo preferente
Artículo 14. Racionalización de las fechas de consumo preferente.
CAPÍTULO V. Instrumentos para el fomento y control de la reducción y prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario
Artículo 15. Incentivos a las buenas prácticas. Artículo 16. Fomento de la autorregulación. Artículo 17. Planificación de la política de prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario. Artículo 18. Plan Nacional de control de las pérdidas y el desperdicio alimentario. Artículo 19. Informe anual.
CAPÍTULO VI. Régimen sancionador
Artículo 20. Infracciones. Artículo 21. Sanciones. Artículo 22. Subsanación. Artículo 23. Prescripción de las infracciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Cuantificación de los residuos alimentarios. D.A. 2ª. Declaración de interés general de caminos naturales. D.A. 3ª. Contenido del Plan Estratégico de prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario y de los programas autonómicos. D.A. 4ª. Instrumentación de ayudas del Gobierno a los sectores del olivar y el viñedo. D.A. 5ª. Declaración de interés general de determinadas obras de modernización de regadíos. D.A. 6ª. Determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en el ámbito estatal. D.A. 7ª. Regulación del espigueo o rebusco. D.A. 8ª. Control de las especies naturales depredadoras en eficiencia del sistema productivo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Adaptación a la normativa europea.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, modificada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto 388/1998, de 13 de marzo, por el que se modifican la Comisión General de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios y la Comisión de Coordinación con las Comunidades Autónomas, sobre seguros agrarios. D.F. 3ª. Modificación del Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal. D.F. 5ª. Modificación de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal. D.F. 6ª. Modificación de la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino. D.F. 7ª. Modificación de la Orden ARM/2616/2010, de 5 de octubre, por la que se establece la composición y funcionamiento del Comité de Participación en el marco del Consejo Interministerial de Organismos Modificados Genéticamente. D.F. 8ª. Modificación del Real Decreto 227/2014, de 4 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Información y Control Alimentarios. D.F. 9ª. Modificación del Real Decreto 833/2014, de 3 de octubre, por el que se establece y regula el Registro General de Operadores Ecológicos y se crea la Mesa de coordinación de la producción ecológica. D.F. 10ª. Modificación del Real Decreto 64/2015, de 6 de febrero, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, y se modifica el Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo. D.F. 11ª. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. D.F. 12ª. Modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. D.F. 13ª. Modificación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. D.F. 14ª. Modificación de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regula el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas. D.F. 15ª. Título competencial. D.F. 16ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 17ª. Régimen fiscal de las donaciones de alimentos. D.F. 18ª. Modificación de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias. D.F. 19ª. Modificación del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas. D.F. 20ª. Entrada en vigor.