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Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 01-07-2021

Tiempo de lectura: 12 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 02/07/2021

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 125

F. Publicación: 01/07/2021


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Finalidad y objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Ámbito objetivo de aplicación. Artículo 4. Ámbito subjetivo de aplicación. Artículo 5. Principios rectores.
TÍTULO I. Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 6. Creación. Artículo 7. Finalidad. Artículo 8. Régimen jurídico. Artículo 9. Funciones. Artículo 10. Funciones en el ámbito de la Administración local de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 11. Funciones en el ámbito de las universidades públicas andaluzas. Artículo 12. Delimitación de funciones. Artículo 13. Deber de colaboración. Artículo 14. Confidencialidad. Artículo 15. Protección de datos de carácter personal.
CAPÍTULO II. Del procedimiento de investigación e inspección
Artículo 16. Disposiciones generales aplicables a las potestades de investigación e inspección. Artículo 17. Potestad de investigación. Artículo 18. Potestad de inspección. Artículo 19. Derechos de las personas investigadas. Artículo 20. Inicio del procedimiento de investigación e inspección. Artículo 21. Periodo de información o actuaciones previas. Artículo 22. Acuerdo de inicio e instrucción. Artículo 23. Suspensión y finalización del procedimiento de investigación e inspección. Artículo 24. Régimen jurídico del procedimiento de investigación e inspección.
CAPÍTULO III. De los medios personales y materiales
Artículo 25. La Dirección. Artículo 26. Funciones de la Dirección. Artículo 27. Incompatibilidades de la Dirección. Artículo 28. Cese de la Dirección. Artículo 29. Estructura de la Oficina. Artículo 30. Recursos en vía administrativa. Artículo 31. Personas al servicio de la Oficina. Artículo 32. Recursos económicos, presupuesto, régimen patrimonial, de contabilidad, intervención y contratación.
CAPÍTULO IV. De los resultados de su actividad
Artículo 33. Memoria anual. Artículo 34. Informes especiales y recomendaciones.
TÍTULO II. De la protección de la persona denunciante
Artículo 35. Persona denunciante. Artículo 36. Denuncia con plenas garantías. Artículo 37. Derechos de las personas denunciantes. Artículo 38. Medidas de protección. Artículo 39. Publicidad de la información relativa a la tramitación de denuncias ante la Oficina.
TÍTULO III. Régimen sancionador
CAPÍTULO I. Potestad sancionadora
Artículo 40. Competencia sancionadora y procedimiento. Artículo 41. Responsabilidad.
CAPÍTULO II. Infracciones y sanciones
Artículo 42. Concepto y clases de infracciones. Artículo 43. Infracciones muy graves. Artículo 44. Infracciones graves. Artículo 45. Infracciones leves. Artículo 46. Sanciones. Artículo 47. Graduación de las sanciones. Artículo 48. Prescripción.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Elección de la persona titular de la Dirección y puesta en funcionamiento de la Oficina. D.A. 2ª. Denuncias anónimas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimientos sancionadores por comisión de infracciones tipificadas en la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos. D.T. 2ª. Comisión permanente encargada de las relaciones del Parlamento de Andalucía con la Oficina.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Aprobación del reglamento de régimen interior y funcionamiento. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía. D.F. 4ª. Modificación del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de consejerías. D.F. 5ª. Modificación del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. D.F. 6ª. Modificación de normas reglamentarias. D.F. 7ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 8ª. Entrada en vigor.