DECRETO 89/2026, de 3 de agosto, por el que se regula el Registro del Personal Funcionario Público Habilitado y la asistencia para la identificación y la firma electrónicas en el ámbito de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico.
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Ambito: Galicia
Estado: VACATIO LEGIS.
F. entrada en vigor: 01/09/2026
Órgano emisor: Consellería de Hacienda y Administración Pública
Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 151
F. Publicación: 12/08/2026
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preámbulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Protección de datos de carácter personal.
CAPÍTULO II. Registro del Personal Funcionario Público Habilitado
Artículo 4. Gestión del registro.
Artículo 5. Personal inscrito en el registro.
Artículo 6. Órganos competentes para solicitar la inscripción en el registro.
Artículo 7. Inscripción, modificación y baja en el registro.
Artículo 8. Vigencia de la habilitación.
Artículo 9. Contenido del registro.
Artículo 10. Interoperabilidad e interconexión.
CAPÍTULO III. Asistencia para la identificación y firma electrónicas
Artículo 11. Identificación y firma electrónicas de las personas interesadas por personal funcionario habilitado.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Actualización de modelos normalizados
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa
D.F. 2ª. Entrada en vigor
ANEXO I
ANEXO II

