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Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 29-12-2022

Tiempo de lectura: 21 min

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Ambito: Baleares

Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Marzo de 2023

F. entrada en vigor: 29/01/2023

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 169

F. Publicación: 29/12/2022

Documento oficial en PDF: Enlace


TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1 Objeto y finalidades Artículo 2 Ámbito material de aplicación y exclusiones Artículo 3 Principios rectores y líneas de actuación
TÍTULO II RÉGIMEN COMPETENCIAL EN MATERIA DE TIEMPO LIBRE EDUCATIVO INFANTIL Y JUVENIL
CAPÍTULO I Administraciones competentes
Artículo 4 Competencias en materia de tiempo libre educativo infantil y juvenil Artículo 5 Competencias del Gobierno de las Illes Balears Artículo 6 Competencias de los consejos insulares Artículo 7 Competencias de los ayuntamientos Artículo 8 Coordinación y colaboración entre administraciones
CAPÍTULO II Órganos consultivos
Artículo 9 Consejo de Infancia y Familia de las Illes Balears Artículo 10 Los Consejos de la Juventud Insulares y el Consejo de la Juventud de las Illes Balears Artículo 11 Consejo asesor de formación en el tiempo libre educativo infantil y juvenil de las Illes Balears
TÍTULO III FORMACIÓN EN EL TIEMPO LIBRE EDUCATIVO INFANTIL Y JUVENIL
Artículo 12 Definición Artículo 13 Escuelas de formación en el tiempo libre educativo infantil y juvenil Artículo 14 Requisitos para la constitución de una escuela de formación y otras obligaciones Artículo 15 Red de escuelas de formación en el tiempo libre educativo infantil y juvenil Artículo 16 Censo de la red de escuelas de formación en el tiempo libre educativo infantil y juvenil Artículo 17 Expedición y registro de diplomas
TÍTULO IV ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE EDUCATIVO INFANTIL Y JUVENIL
Artículo 18 Definición Artículo 19 Personas y entidades organizadoras Artículo 20 Condiciones de accesibilidad de las personas con diversidad funcional y cognitiva y fomento de la inclusión Artículo 21 Requisitos necesarios para el inicio y el desarrollo Artículo 22 Prohibición de sustancias y de comportamientos adictivos
TÍTULO V INSTALACIONES INFANTILES Y JUVENILES
Artículo 23 Definición Artículo 24 Personas titulares y administradoras Artículo 25 Personas usuarias Artículo 26 Requisitos para la puesta en marcha y funcionamiento Artículo 27 Red de Instalaciones infantiles y juveniles de las Illes Balears Artículo 28 Censo de la red de instalaciones infantiles y juveniles de las Illes Balears Artículo 29 Sustancias y comportamientos adictivos
TÍTULO VI PROFESIONALES, SERVICIOS Y AGENTES DEL SECTOR DEL TIEMPO LIBRE EDUCATIVO INFANTIL Y JUVENIL
CAPÍTULO I Profesionales del tiempo libre educativo infantil y juvenil
Artículo 30 Profesionales del tiempo libre educativo infantil y juvenil
CAPÍTULO II Servicios de tiempo libre educativo infantil y juvenil
Artículo 31 Definición Artículo 32 Carteras de servicios de tiempo libre educativo infantil y juvenil Artículo 33 Otros servicios
CAPÍTULO III Agentes de la iniciativa privada dedicada al tiempo libre educativo infantil y juvenil
SECCIÓN 1ª Iniciativa privada sin ánimo de lucro
Artículo 34 Entidades de iniciativa social en el ámbito del tiempo libre educativo infantil y juvenil
SECCIÓN 2ª Iniciativa privada con ánimo de lucro
Artículo 35 Iniciativa privada con finalidad lucrativa
SECCIÓN 3ª Régimen de actuación de la iniciativa privada en los servicios de tiempo libre educativo infantil y juvenil
Artículo 36 Régimen de actuación de las entidades de iniciativa privada Artículo 37 Acción concertada con las entidades del tercer sector social Artículo 38 Subvenciones a entidades que prestan servicios de tiempo libre infantil y juvenil
TÍTULO VII RÉGIMEN SANCIONADOR
CAPÍTULO I La inspección
Artículo 39 La inspección Artículo 40 El personal inspector Artículo 41 Las funciones de inspección Artículo 42 Facultades del personal inspector Artículo 43 Colaboración con la inspección Artículo 44 Obligaciones de la ciudadanía en las actuaciones inspectoras Artículo 45 Citaciones Artículo 46 Actas de inspección Artículo 47 Valor probatorio de las actas de inspección Artículo 48 Requerimientos Artículo 49 Requerimientos a las entidades públicas Artículo 50 Diligencias de inspección Artículo 51 Actuaciones de seguimiento
CAPÍTULO II Las infracciones
Artículo 52 Infracciones en materia administrativa y sujetos responsables Artículo 53 Infracciones con carácter general en materia de tiempo libre educativo infantil y juvenil Artículo 54 Infracciones específicas en materia de formación en el tiempo libre educativo infantil y juvenil Artículos 55 Infracciones específicas en materia de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil Artículo 56 Infracciones específicas en materia de profesionales del tiempo libre educativo infantil y juvenil Artículo 57 Infracciones específicas en materia de instalaciones infantiles y juveniles Artículo 58 Reincidencia Artículo 59 Prescripción de las infracciones Artículo 60 Consecuencias legales de las infracciones
CAPÍTULO III Las sanciones
Artículo 61 Sanciones Artículo 62 Sanciones accesorias Artículo 63 Multas coercitivas Artículo 64 Graduación de las sanciones Artículo 65 Prescripción de las sanciones
CAPÍTULO IV El procedimiento
Artículo 66 Procedimiento Artículo 67 Competencia Artículo 68 Información y actuaciones previas Artículo 69 Medidas provisionales Artículo 70 Iniciación del procedimiento Artículo 71 Alegaciones Artículo 72 Prueba Artículo 73 Propuesta de resolución y trámite de audiencia Artículo 74 Actuaciones complementarias Artículo 75 Reconocimiento voluntario de la responsabilidad y reducción de sanciones Artículo 76 Resolución Artículo 77 Plazo máximo para resolver y notificar Artículo 78 Procedimiento simplificado Artículo 79 Recursos Artículo 80 Publicidad de las sanciones Artículo 81 Concurrencia de actuaciones con la orden jurisdiccional penal Artículo 82 Otras responsabilidades
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª Difusión de la ley D.A. 2ª Referencias a otras nomenclaturas D.A. 3ª Tramitación unificada de escuelas de formación en el tiempo libre infantil y juvenil y de centros acreditados por el SOIB y apoyo a las escuelas que se quieran acreditar para impartir certificados de profesionalidad D.A. 4ª Composición paritaria de los órganos colegiados de las administraciones públicas y de sus entes instrumentales D.A. 5ª Aplicabilidad de las medidas previstas en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia D.A. 6ª Capacidad de obrar de las entidades sin personalidad que llevan a cabo actividades y servicios sujetos a esta ley D.A. 7ª Cesión de espacios a entidades de iniciativa social en el ámbito del tiempo libre educativo infantil y juvenil D.A. 8ª Establecimientos de precios públicos del Gobierno y sus entes instrumentales en materia de tiempo libre educativo D.A. 9ª Régimen especial de Formentera
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª Régimen transitorio en materia sancionadora D.T. 2ª Vigencia del Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el cual se desarrollan diversos aspectos de la normativa de juventud y de tiempo libre D.T. 3ª Plazo para cumplir con la obligación del personal docente de las escuelas de formación en el tiempo libre educativo infantil y juvenil de acreditar los conocimientos de catalán establecidos D.T. 4ª Régimen transitorio aplicable a las instalaciones consideradas albergues juveniles de acuerdo con la normativa anterior
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Normas que se derogan
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª Modificación del Decreto 15/2003, de 14 de febrero, por el cual se crea el Consejo de Infancia y Familia de las Illes Balears y se regula su funcionamiento D.F. 2ª Modificación del Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el cual se desarrolla parcialmente la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud D.F. 3ª Modificación del Decreto 26/2018, de 3 de agosto, de traspaso al Consejo Insular de Mallorca de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de esta institución insular que ejerce la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears en materia de juventud y tiempo libre D.F. 4ª Modificación de la Ley 6/1999, de 3 de abril, de las Directrices de Ordenación Territorial de las Illes Balears y de medidas tributarias D.F. 5ª Modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears D.F. 6ª Desarrollo reglamentario D.F. 7ª Deslegalización D.F. 8ª Entrada en vigor D.F. 8ª. Entrada en vigor