Legislación
Legislación

Real Decreto 647/2020, de 7 de julio, por el que se regulan aspectos necesarios para la implementación de los códigos de red de conexión de determinadas instalaciones eléctricas. - Boletín Oficial del Estado de 08-07-2020

Tiempo de lectura: 8 min

Tiempo de lectura: 8 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Diciembre de 2023

F. entrada en vigor: 09/07/2020

Órgano emisor: MINISTERIO PARA LA TRANSICION ECOLOGICA Y EL RETO DEMOGRAFICO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 187

F. Publicación: 08/07/2020


CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Aplicabilidad de los códigos de red de conexión
Artículo 4. Aspectos generales de aplicabilidad. Artículo 5. Instalaciones existentes. Artículo 6. Aplicación de requisitos técnicos a instalaciones existentes. Artículo 7. Modificaciones que necesariamente requerirán la revisión sustancial o exhaustiva del acuerdo de conexión. Artículo 8. Evaluación de la significatividad de los módulos de generación de electricidad.
CAPÍTULO III. Notificación operacional de módulos de generación de electricidad, instalaciones de distribución e instalaciones de consumo
Artículo 9. Aspectos generales relativos a la notificación operacional. Artículo 10. Notificación operacional de módulos de generación de electricidad con conexión en la red de transporte. Artículo 11. Notificación operacional para módulos de generación de electricidad conectados a la red de distribución. Artículo 12. Notificación operacional de instalaciones de distribución conectadas a la red de transporte. Artículo 13. Notificación operacional de instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte. Artículo 14. Notificación operacional limitada de instalaciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Mandatos al operador del sistema. D.A. 2ª. Criterios para la concesión de excepciones al cumplimiento de los requisitos establecidos en los reglamentos europeos que aprueban los códigos de red de conexión.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Concesión transitoria de notificaciones operacionales limitadas hasta la acreditación de los requisitos técnicos. D.T. 2ª. Adecuación de sistemas y procesos al procedimiento de notificación operacional. D.T. 3ª. Exención del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/631, de 14 de abril de 2016, aplicable a determinadas instalaciones incluidas dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril. D.T. 4ª. Aplicación de requisitos técnicos a instalaciones no existentes cuya fecha de puesta en servicio sea anterior a los seis meses posteriores a la entrada en vigor de este real decreto.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia. D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. D.F. 3ª. Modificación del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares. D.F. 4ª. Modificación del Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía. D.F. 5ª. Título competencial. D.F. 6ª. Ejecución e incorporación de derecho de la Unión Europea. D.F. 7ª. Habilitación normativa. D.F. 8ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Información necesaria para solicitar la notificación operacional de módulos de generación de electricidad conectados a la red de transporte ANEXO II. Información para solicitar la notificación operacional de instalaciones de distribución conectadas a la red de transporte ANEXO III. Información para solicitar la notificación operacional de instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte ANEXO IV. Información para solicitar la notificación operacional de módulos de generación de electricidad conectados a la red de distribución