Reglamento (UE) 2025/13 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, relativo a la recogida y la transferencia de información anticipada sobre los pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de los delitos graves, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/818 - Diario Oficial de la Unión Europea de 08-01-2025
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Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Enero de 2025
F. entrada en vigor: 28/01/2025
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 13
F. Publicación: 08/01/2025
Documento oficial en PDF: Enlace
CAPÍTULO 1. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Definiciones
CAPÍTULO 2. RECOGIDA, TRANSFERENCIA, CONSERVACIÓN Y SUPRESIÓN DE LOS DATOS API
Artículo 4. Recogida de datos API por las compañías aéreas
Artículo 5. Obligaciones de las compañías aéreas en relación con las transferencias de datos API y otros datos PNR
Artículo 6. Plazo de conservación y supresión de los datos API
Artículo 7. Corrección, compleción y actualización de los datos API
Artículo 8. Derechos fundamentales
CAPÍTULO 3. DISPOSICIONES RELATIVAS AL ENRUTADOR
Artículo 9. El enrutador
Artículo 10. Uso exclusivo del enrutador
Artículo 11. Verificación del formato de los datos y de la transferencia
Artículo 12. Transmisión de datos API y otros datos PNR del enrutador a las UIP
Artículo 13. Selección de vuelos interiores de la UE
Artículo 14. Supresión de datos API y otros datos PNR del enrutador
Artículo 15. Tratamiento de datos API y otros datos PNR por parte de las UIP
Artículo 16. Acciones en caso de imposibilidad técnica de utilizar el enrutador
CAPÍTULO 4. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD
Artículo 17. Conservación de registros
Artículo 18. Responsabilidades en materia de protección de datos
Artículo 19. Información a los pasajeros
Artículo 20. Seguridad
Artículo 21. Autocontrol
Artículo 22. Auditorías sobre la protección de datos personales
CAPÍTULO 5. ASUNTOS RELACIONADOS CON EL ENRUTADOR
Artículo 23. Conexiones de las UIP con el enrutador
Artículo 24. Conexiones de las compañías aéreas con el enrutador
Artículo 25. Funciones de eu-LISA relacionadas con el diseño y el desarrollo del enrutador
Artículo 26. Funciones de eu-LISA relacionadas con el alojamiento y la gestión técnica del enrutador
Artículo 27. Funciones de apoyo de eu-LISA relacionadas con el enrutador
CAPÍTULO 6. GOBERNANZA
Artículo 28. Consejo de Administración del Programa
Artículo 29. Grupo consultivo API-PNR
Artículo 30. Grupo de contacto API-PNR
Artículo 31. Grupo de expertos API
Artículo 32. Costes incurridos por eu-LISA, el Supervisor Europeo de Protección de Datos, las autoridades nacionales de supervisión y los Estados miembros
Artículo 33. Responsabilidad relativa al enrutador
Artículo 34. Entrada en funcionamiento del enrutador con respecto a los datos API
Artículo 35. Entrada en funcionamiento del enrutador con respecto a otros datos PNR
Artículo 36. Uso voluntario del enrutador
CAPÍTULO 7. SUPERVISIÓN, SANCIONES, ESTADÍSTICAS Y MANUAL
Artículo 37. Autoridad nacional de supervisión de API
Artículo 38. Sanciones
Artículo 39. Estadísticas
Artículo 40. Manual práctico
CAPÍTULO 8. RELACIÓN CON OTROS INSTRUMENTOS EN VIGOR
Artículo 41. Modificaciones del Reglamento (UE) 2019/818
CAPÍTULO 9. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 42. Procedimiento de comité
Artículo 43. Ejercicio de la delegación
Artículo 44. Supervisión y evaluación
Artículo 45. Entrada en vigor y aplicación
