Directiva (UE) 2024/2823 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos (versión refundida) (Texto pertinente a efectos del EEE) - Diario Oficial de la Unión Europea de 18-11-2024
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Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 08 de Diciembre de 2024
F. entrada en vigor: 08/12/2024
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 2823
F. Publicación: 18/11/2024
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
CAPÍTULO 1. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Ámbito de aplicación
Artículo 2. Definiciones
CAPÍTULO 2. DERECHO SUSTANTIVO EN MATERIA DE DIBUJOS Y MODELOS
Artículo 3. Requisitos de protección
Artículo 4. Novedad
Artículo 5. Carácter singular
Artículo 6. Divulgación de la información
Artículo 7. Dibujos y modelos dictados por su función técnica y dibujos y modelos de interconexiones
Artículo 8. Dibujos y modelos contrarios al orden público o a las buenas costumbres
Artículo 9. Ámbito de la protección
Artículo 10. Inicio y plazo de la protección
Artículo 11. Derecho sobre el dibujo o modelo registrado
Artículo 12. Presunción en favor del titular registrado del dibujo o modelo
Artículo 13. Motivos de denegación de registro
Artículo 14. Causas de nulidad
Artículo 15. Objeto de la protección
Artículo 16. Derechos conferidos por el derecho sobre un dibujo o modelo
Artículo 17. Presunción de validez
Artículo 18. Limitación de los derechos conferidos por el derecho sobre un dibujo o modelo
Artículo 19. Cláusula de revisión
Artículo 20. Agotamiento de los derechos
Artículo 21. Derechos basados en el uso anterior con respecto a un dibujo o modelo de la UE registrado
Artículo 22. Relación con otras formas de protección
Artículo 23. Relación con los derechos de autor
Artículo 24. Símbolo de registro
CAPÍTULO 3. PROCEDIMIENTOS
Artículo 25. Requisitos de solicitud
Artículo 26. Representación del dibujo o modelo
Artículo 27. Solicitudes múltiples
Artículo 28. Fecha de presentación
Artículo 29. Alcance del examen del fondo
Artículo 30. Aplazamiento de la publicación
Artículo 31. Procedimiento de declaración de nulidad
Artículo 32. Renovación
Artículo 33. Comunicación con el órgano
CAPÍTULO 4. COOPERACIÓN ADMINISTRATIVA
Artículo 34. Cooperación en materia de registro, administración y nulidad de dibujos y modelos
Artículo 35. Cooperación en otros ámbitos
CAPÍTULO 5. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 36. Transposición
Artículo 37. Derogación
Artículo 38. Entrada en vigor
Artículo 39. Destinatarios
ANEXO I. Plazos de transposición al Derecho interno (a que se refiere el artículo 37)
ANEXO II. Tabla de correspondencias
