Legislación
Legislación

Decreto 86/2008, de 11 de septiembre, de Asistencia Jurídica Gratuita. - Boletín Oficial de Cantabria de 14-10-2008

Tiempo de lectura: 11 min

Tiempo de lectura: 11 min

Ambito: Cantabria

Estado: DEROGADO. Desde 19 de Mayo de 2023 por Decreto 26/2023, de 27 de abril, de asistencia jurídica gratuita de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

F. entrada en vigor: 15/10/2008

Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 198

F. Publicación: 14/10/2008


PREÁMBULO
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Actualización de anexos.
CAPÍTULO II. NORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LA COMISION DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA
Artículo 3. Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Artículo 4. Composición. Artículo 5. Indemnización por asistencias. Artículo 6. Normas de funcionamiento. Artículo 7. Convocatorias y sesiones. Artículo 8. Sede.
CAPÍTULO III. PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIENTO DEL DERECHO A LA ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA
SECCIÓN 1.ª Procedimiento general
Artículo 9. Iniciación. Artículo 10. Excepcionalidad en la iniciación del procedimiento. Artículo 11. Presentación de la solicitud. Artículo 12. Subsanación de deficiencias. Artículo 13. Designaciones provisionales. Artículo 14. Ausencia de designaciones provisionales. Artículo 15. Reiteración de la solicitud. Artículo 16. Instrucción del procedimiento. Artículo 17. Notificación de la resolución. Artículo 18. Silencio administrativo. Artículo 19. Revocación del derecho.
SECCIÓN 2.ª Procedimiento en los procesos especiales para el enjuiciamiento rápido de delitos
Artículo 20. Iniciación y presentación de la solicitud. Artículo 21. Instrucción. Artículo 22. Resolución. Artículo 23. Aplicación supletoria de las normas comunes.
SECCIÓN 3.ª Procedimiento en aquellos procesos judiciales y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia de genero
Artículo 24. Iniciación y presentación de la solicitud. Artículo 25. Instrucción. Artículo 26. Resolución del procedimiento. Artículo 27. Aplicación supletoria de las normas comunes.
CAPÍTULO IV. ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA LETRADA, DEFENSA Y REPRESENTACION GRATUITAS
Artículo 28. Gestión colegial de los servicios. Artículo 29. Servicios de Orientación Jurídica. Artículo 30. Régimen de guardias. Artículo 31. Prestación de los servicios de guardia. Artículo 32. Requisitos y formación. Artículo 33. Obligaciones profesionales. Artículo 34. Insostenibilidad de la pretensión. Artículo 35. Responsabilidad patrimonial. Artículo 36. Coordinación entre Colegios de Abogados y Procuradores.
CAPÍTULO V. COMPENSACIÓN ECONÓMICA Y SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA
Artículo 37. Compensación económica por los servicios colegiales. Artículo 38. Retribución de abogados y procuradores. Artículo 39. Devengo de las indemnizaciones. Artículo 40. Gastos de funcionamiento e infraestructura. Artículo 41. Forma de pago de la compensación económica. Artículo 42. Obligación de justificación de la compensación económica. Artículo 43. Justificación trimestral de la aplicación de la compensación económica. Artículo 44. Contabilización separada. Artículo 45. Memoria anual.
CAPÍTULO VI. ASISTENCIA PERICIAL GRATUITA
Artículo 46. Procedimiento de compensación económica relativa a los peritos privados. Artículo 47. Peritos pertenecientes a la administración autonómica.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. D.T. 2ª.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª. ANEXO I. Modelo normalizado de solicitud de asistencia jurídica gratuita ANEXO II. Modelo normalizado de solicitud del beneficio de asistencia jurídica gratuita por asistencia letrada en el procedimiento especial de enjuiciamiento rápido ANEXO III. Modelo normalizado de solicitud del beneficio de asistencia jurídica gratuita para la defensa y representación letrada a la mujer víctima de violencia de género ANEXO IV. Informe de datos económicos ANEXO V. Módulos y bases de compensación económica para abogados y procuradores