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Ley 7/2023, de 22 de marzo, de comunidades baleares o isleñas fuera del territorio balear. - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 28-03-2023

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: Baleares

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Marzo de 2023

F. entrada en vigor: 29/03/2023

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 39

F. Publicación: 28/03/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones Artículo 3. Finalidades
CAPÍTULO II. Las comunidades baleares o isleñas fuera del territorio
Artículo 4. Concepto y definición Artículo 5. Miembros Artículo 6. Apoyo institucional Artículo 7. Reconocimiento oficial de las comunidades baleares o isleñas fuera del territorio Artículo 8. Revocación del reconocimiento oficial Artículo 9. El Registro de las comunidades baleares o isleñas fuera del territorio balear
CAPÍTULO III. La población isleña fuera del territorio de las Illes Balears y las personas con lazos de origen o con vínculos indelebles con las Illes Balears
Artículo 10. Integración de la especificidad en las políticas públicas Artículo 11. Apoyo institucional
CAPÍTULO IV. Los órganos de relación con las comunidades baleares o isleñas al exterior
Artículo 12. El Consejo de las Illes Balears en el Exterior Artículo 13. Órgano de participación entre el Consejo de las Illes Balears en el Exterior y los grupos parlamentarios Artículo 14. Órgano de participación entre el Consejo de las Illes Balears en el Exterior y las entidades locales
CAPÍTULO V. Símbolos y efemérides
Artículo 15. Los símbolos de las Illes Balears Artículo 16. Institucionalización de fiestas
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Integración del Registro de las comunidades baleares o isleñas fuera del territorio balear ya existente D.A. 2ª. Dotación presupuestaria
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Mantenimiento de la condición de comunidades baleares o isleñas fuera del territorio balear reconocidas antes de la entrada en vigor de esta ley D.T. 2ª. Solicitudes de reconocimiento de las comunidades baleares o isleñas fuera del territorio balear presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley D.T. 3ª. Régimen transitorio hasta la constitución del Consejo de las Illes Balears en el Exterior
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa D.F. 2ª. Entrada en vigor