ORDEN de 20 de febrero de 2015, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Aragón para la campaña 2015/2016. - Boletín Oficial de Aragón de 13-03-2015
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Índice
Histórico
Relacionados
Ambito: Aragón
Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Marzo de 2021
F. entrada en vigor: 14/03/2015
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MEDIO AMBIENTE
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 50
F. Publicación: 13/03/2015
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Época de peligro.
Artículo 3. Terreno al aire libre.
Artículo 4. Autorizaciones.
Artículo 5. Prohibiciones.
Artículo 6. Quemas agrícolas y forestales en el ámbito de aplicación de la orden.
Artículo 7. Vertederos de residuos.
Artículo 8. Uso del fuego en instalaciones de carácter recreativo, cultural y similares.
Artículo 9. Apicultura.
Artículo 10. Otros usos del fuego.
Artículo 11. Funciones de investigación.
Artículo 12. Trabajos en el medio forestal.
Artículo 13. Organismos públicos y concesionarios.
Artículo 14. Viviendas.
Artículo 15. Maquinaria agrícola, forestal o de usos diversos.
Artículo 16. Detección y avisos.
Artículo 17. Recursos necesarios para la extinción.
Artículo 18. Determinación de infracciones y sanciones.
Artículo 19. Agentes de la autoridad.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Trabajos de prevención y extinción de incendios
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Autorizaciones y notificaciones o comunicaciones de la campaña 2014-2015.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Aplicación en los espacios naturales protegidos.
D.F. 2ª. Entrada en vigor
ANEXO I. Notificación de quema de residuos vegetales sin continuidad espacial entre sí ni con otros restos vegetales presentes en el territorio fuera de época de peligro
ANEXO II. Solicitud de autorización para el empleo del fuego en superficies agrícolas o forestales. Quema de combustibles vegetales que tengan continuidad espacial fuera de época de peligro
ANEXO III. Solicitud de autorización para el empleo del fuego en superficies agrícolas o forestales. Quema excepcional y motivada de combustibles vegetales en época de peligro
ANEXO IV. Notificación de quema de residuos de poda de olivos. Quema excepcional y motivada en época de peligro, hasta el 31 de mayo
ANEXO V. Solicitud de autorización para el uso del fuego en instalaciones de carácter recreativo, cultural y similares, así como otros usos del fuego
