DECRETO 249/2019, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de armas del Cuerpo de Agentes Rurales. - Diario Oficial de Cataluña de 28-11-2019
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Diciembre de 2019
F. entrada en vigor: 18/12/2019
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8012
F. Publicación: 28/11/2019
CAPÍTULO 1. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Ámbito de aplicación
Artículo 4. Propiedad de las armas y munición
Artículo 5. Bases de datos
CAPÍTULO 2. Armamento del Cuerpo de Agentes Rurales
Artículo 6. Tipo de armas de fuego
Artículo 7. Armas reglamentarias de dotación
Artículo 8. Revista de armas
Artículo 9. Modificaciones de armas
Artículo 10. Pérdida, sustracción, destrucción o robo de armas
CAPÍTULO 3. Uso del armamento
Artículo 11. Uniformidad
Artículo 12. Exenciones
Artículo 13. Funciones en el que hay que llevar el armamento de dotación
Artículo 14. Funciones en que hay que llevar armas de fuego
Artículo 15. Uso de las armas de fuego
Artículo 16. Utilización de armas de fuego de gestión propias
CAPÍTULO 4. Formación y control de las condiciones para llevar armamento
Artículo 17. Formación para el acceso al Cuerpo de Agentes Rurales
Artículo 18. Formación continuada
Artículo 19. Pruebas médicas, psicológicas y psicotécnicas
Artículo 20. Aptitud
Artículo 21. Asignación de las armas de dotación
Artículo 22. Asignación de las armas de fuego
CAPÍTULO 5. Medidas de seguridad
Artículo 23. Depósito de las armas de fuego
Artículo 24. Retirada provisional y definitiva del armamento
Artículo 25. Tramitación y renovación de licencias
Artículo 26. Responsabilidad disciplinaria
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Formación inicial de los miembros del Cuerpo de Agentes Rurales
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.