Legislación
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Reglamento (UE) 2024/1083 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se establece un marco común para los servicios de medios de comunicación en el mercado interior y se modifica la Directiva 2010/13/UE (Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación). - Diario Oficial de la Unión Europea de 17-04-2024

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: DOUE

Estado: VACATIO LEGIS.

F. entrada en vigor: 07/05/2024

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 0

F. Publicación: 17/04/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones
CAPÍTULO II. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PRESTADORES Y DE LOS DESTINATARIOS DE SERVICIOS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Artículo 3. Derecho de los destinatarios de servicios de medios de comunicación Artículo 4. Derechos de los prestadores de servicios de medios de comunicación Artículo 5. Salvaguardias del funcionamiento independiente de los prestadores del servicio público de medios de comunicación Artículo 6. Obligaciones de los prestadores de servicios de medios de comunicación
CAPÍTULO III. MARCO PARA LA COOPERACIÓN NORMATIVA Y UN MERCADO INTERIOR DE SERVICIOS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN QUE FUNCIONE BIEN
SECCIÓN 1. Autoridades independientes en materia de medios de comunicación
Artículo 7. Autoridades u organismos reguladores nacionales
SECCIÓN 2. Comité Europeo de Servicios de Medios de Comunicación
Artículo 8. Comité Europeo de Servicios de Medios de Comunicación Artículo 9. Independencia del Comité Artículo 10. Estructura del Comité Artículo 11. Secretaría del Comité Artículo 12. Mecanismo de consulta Artículo 13. Funciones del Comité
SECCIÓN 3. Cooperación y convergencia normativas
Artículo 14. Cooperación estructurada Artículo 15. Solicitudes de cumplimiento de obligaciones de los prestadores de plataformas de intercambio de vídeos Artículo 16. Orientaciones en relación con asuntos normativos que afectan a los medios de comunicación Artículo 17. Coordinación de las medidas relativas a servicios de medios de comunicación de fuera de la Unión
SECCIÓN 4. Prestación de servicios de medios de comunicación en un entorno digital y acceso a estos
Artículo 18. Contenido de los prestadores de servicios de medios de comunicación en las plataformas en línea de muy gran tamaño Artículo 19. Diálogo estructurado Artículo 20. Derecho a personalizar la oferta de medios de comunicación
SECCIÓN 5. Requisitos para unas medidas y procedimientos del mercado de medios de comunicación de buen funcionamiento
Artículo 21. Medidas nacionales que afectan a los prestadores de servicios de medios de comunicación Artículo 22. Evaluación de las concentraciones en el mercado de los medios de comunicación Artículo 23. Dictámenes sobre las concentraciones en el mercado de los medios de comunicación
SECCIÓN 6. Asignación transparente y equitativa de los recursos económicos
Artículo 24. Medición de la audiencia Artículo 25. Asignación de fondos públicos para publicidad estatal y contratos de suministro o de servicios
CAPÍTULO IV. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 26. Actividad de seguimiento Artículo 27. Evaluación e informes Artículo 28. Modificación de la Directiva 2010/13/UE Artículo 29. Entrada en vigor y aplicación