Legislación
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Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorizacion ambiental unificada, se establece el regimen de organizacion y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevencion y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmosfera y de las instalaciones que emiten compuestos organicos volatiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestion Integrada de la Calidad Ambiental. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 11-08-2010

Tiempo de lectura: 14 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Marzo de 2024

F. entrada en vigor: 12/08/2010

Órgano emisor: CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 157

F. Publicación: 11/08/2010


CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Exclusiones. Artículo 4. Supuestos excluidos de evaluación ambiental y proyectos excluibles. Artículo 5. Finalidad. Artículo 6. Definiciones. Artículo 7. Órgano ambiental competente. Artículo 8. Actividades sometidas a autorización ambiental unificada o autorización ambiental unificada simplificada que puedan afectar a espacios de la Red Natura 2000. Artículo 9. Modificación de actuaciones con autorización ambiental unificada o autorización ambiental unificada simplificada. Artículo 10. Repercusiones sobre otra Comunidad Autónoma. Artículo 11. Secreto industrial y comercial.
CAPÍTULO II. Consultas previas
Artículo 12. Documento inicial. Artículo 13. Consultas. Artículo 14. Información a la persona o entidad promotora.
CAPÍTULO III. Procedimiento de autorización ambiental unificada y autorización ambiental unificada simplificada
Sección 1.ª Iniciación del procedimiento de autorización ambiental unificada
Artículo 15. Solicitud. Artículo 16. Documentación. Artículo 17. Informe de compatibilidad con el planeamiento urbanístico.
Sección 2.ª Instrucción
Artículo 18. Compatibilidad con la normativa ambiental. Artículo 19. Información pública. Artículo 20. Consulta. Artículo 21. Dictamen ambiental. Artículo 22. Trámite de audiencia. Artículo 23. Propuesta de resolución.
Sección 3.ª Finalización del procedimiento de autorización ambiental unificada
Artículo 24. Resolución. Artículo 25. Contenido de la autorización ambiental unificada. Artículo 26. Concurrencia con otros instrumentos administrativos.
Sección 4.ª Procedimiento de autorización ambiental unificada simplificada
Artículo 27. Solicitud. Artículo 27 bis. Documentación. Artículo 27 ter. Compatibilidad con la normativa ambiental. Artículo 27 quáter. Consulta. Artículo 27 quinquies. Finalización de la autorización ambiental unificada simplificada. Artículo 27 sexies. Resolución. Artículo 27 septies. Contenido de la autorización ambiental unificada simplificada. Artículo 27 octies. Concurrencia con otros instrumentos administrativos.
Sección 5.ª Actuaciones cuya evaluación de impacto ambiental corresponda al órgano ambiental de la Administración General del Estado
Artículo 28. Iniciación del procedimiento. Artículo 29. Tramitación de la autorización ambiental unificada.
CAPÍTULO IV. Actuaciones promovidas por la Administración de la Junta de Andalucía, así como las declaradas de utilidad e interés general de Andalucía o aquellas en las que el otorgamiento de la autorización sustantiva corresponda a la Administración de la Junta de Andalucía
Artículo 30. Cuestiones generales. Artículo 31. Procedimiento de autorización ambiental unificada de las actuaciones promovidas por la Administración de la Junta de Andalucía. Artículo 31 bis. Procedimiento de autorización ambiental unificada simplificada de las actuaciones promovidas por la Administración de la Junta de Andalucía. Artículo 32. Procedimiento de autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e interés general de Andalucía o aquellas en las que el otorgamiento de la autorización sustantiva corresponda a la Administración de la Junta de Andalucía. Artículo 32 bis. Procedimiento de autorización ambiental unificada simplificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e interés general de Andalucía o aquellas en las que el otorgamiento de la autorización sustantiva corresponda a la Administración de la Junta de Andalucía. Artículo 33. Resolución de discrepancias.
CAPÍTULO V. Modificación y caducidad de la autorización ambiental unificada y autorización ambiental unificada simplificada. Cese de la actividad
Sección 1.ª Modificación de la autorización ambiental unificada y autorización ambiental unificada simplificada
Artículo 34. Modificación de la autorización ambiental unificada y autorización ambiental unificada simplificada. Artículo 35. Modificación de oficio. Artículo 36. Modificación a instancia de la persona titular de la actuación autorizada.
Sección 2.ª Caducidad de la autorización ambiental unificada y de la autorización ambiental unificada simplificada
Artículo 37. Caducidad de la autorización ambiental unificada y autorización ambiental unificada simplificada.
Sección 3.ª Cese de la actividad
Artículo 38. Cese de la actividad.
CAPÍTULO VI. Comprobación y puesta en marcha
Artículo 39. Comprobación previa. Artículo 40. Inicio de la actividad.
CAPÍTULO VII. Vigilancia, inspección y control ambiental. Potestad sancionadora
Artículo 41. Control de actuaciones. Artículo 42. Inspecciones. Artículo 43. Régimen sancionador. Artículo 44. Competencia sancionadora.
CAPÍTULO VIII. Registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las actividades que usan disolventes orgánicos
Artículo 45. Objeto. Artículo 46. Naturaleza y fines del Registro. Artículo 47. Competencias. Artículo 48. Estructura del Registro.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Tramitación telemática para el suministro de información relativa al seguimiento de los vertidos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Tramitación telemática.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio. D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo y ejecución y para la adecuación de anexos. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Autorizaciones ambientales que se integran, en su caso, en la autorización ambiental unificada simplificada ANEXO II. Solicitud de autorización ambiental unificada ANEXO III. Documentación para el Estudio de Impacto Ambiental de actuaciones sometidas al procedimiento ordinario ANEXO IV. Documentación para el Estudio de Impacto Ambiental de las actuaciones sometidas al procedimiento abreviado de Autorización Ambiental Unificada ANEXO V. DOCUMENTACIÓN BÁSICA ANEXO VI. DOCUMENTACIÓN AUTORIZACIONES SECTORIALES ANEXO VII. Tramitación de consultas ANEXO VIII. Autorizaciones ambientales que se integran, en su caso, en la autorización ambiental unificada