LEY 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura. - Diario Oficial de Cataluña de 09-03-2020
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022
F. entrada en vigor: 09/05/2020
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8080
F. Publicación: 09/03/2020
PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Principios de actuación de la ordenación vitivinícola
Artículo 4. Definiciones
TÍTULO I. De la viticultura
CAPÍTULO I. Objetivos y elaboración
Artículo 5. Objetivos de la ordenación vitícola
Artículo 6. Plantaciones de viñas
Artículo 7. Plantaciones no autorizadas
Artículo 8. Penalizaciones
CAPÍTULO II. Variedades y cultivo de la vid
Artículo 9. Catálogo de variedades de uva de vinificación de Cataluña
Artículo 10. Clasificación de variedades de uva para vinificación
Artículo 11. Inclusión o supresión de variedades admitidas
Artículo 12. Material vegetal
Artículo 13. Cultivo de la vid
Artículo 14. Declaración de cosecha y declaraciones de existencias y de producción
CAPÍTULO III. Registro vitivinícola de Cataluña y tarjeta vitícola
Artículo 15. Registro vitivinícola de Cataluña
Artículo 16. Tarjeta vitícola
TÍTULO II. De la vinicultura
Artículo 17. Objetivos de la ordenación de la vinicultura
Artículo 18. Elaboración de productos vitivinícolas
Artículo 19. Prácticas enológicas
TÍTULO III. Del sistema de protección del origen de los vinos de calidad
CAPÍTULO I. Denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas
Artículo 20. Disposiciones generales
Artículo 21. Régimen de protección de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
Artículo 22. Ámbito y disposiciones específicas de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
Artículo 23. Titularidad, uso y gestión de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
Artículo 24. Reconocimiento de la denominación de origen protegida y de indicación geográfica protegida
Artículo 25. Pliego de condiciones de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
Artículo 26. Modificación de los pliegos de condiciones de las denominaciones de origen protegidas y las indicaciones geográficas protegidas
Artículo 27. Reglamentos de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
Artículo 28. Tramitación de los reglamentos de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
Artículo 29. Modificaciones de los reglamentos de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
Artículo 30. Obligaciones de los operadores
CAPÍTULO II. Vinos de finca calificada y vinos con término tradicional
Artículo 31. Vinos de finca calificada
Artículo 32. Vinos con término tradicional
CAPÍTULO III. Órganos de gestión de la denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida
Artículo 33. Naturaleza jurídica
Artículo 34. Estructura y funcionamiento
Artículo 35. Finalidades y funciones
Artículo 36. Auditorías
Artículo 37. Tutela
Artículo 38. Información complementaria
Artículo 39. Incumplimiento de las obligaciones de los órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas y las indicaciones geográficas protegidas
TÍTULO IV. De los productos vitivinícolas sin denominación de origen protegida ni indicación geográfica protegida
Artículo 40. Menciones de las variedades de uva en la presentación de un producto vitivinícola varietal
Artículo 41. Control en materia de calidad y conformidad de los productos vitivinícolas no amparados por una denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida y del cumplimiento de las indicaciones de las variedades de uva de vinificación o del año de cosecha
TÍTULO V. Del control oficial
CAPÍTULO I. Control
Artículo 42. Autoridad competente
Artículo 43. Verificación del cumplimiento del pliego de condiciones
Artículo 44. Delegación de las tareas de verificación del cumplimiento del pliego de condiciones
Artículo 45. Obligaciones de las entidades de certificación y control
CAPÍTULO II. Inspección
Artículo 46. Obligaciones de los operadores
Artículo 47. Función inspectora
Artículo 48. Funciones de la inspección
Artículo 49. Medidas cautelares
Artículo 50. Destino de los productos sometidos a inmovilización cautelar
Artículo 51. Multas coercitivas
TÍTULO VI. Del régimen sancionador
CAPÍTULO I. Infracciones
Artículo 52. Disposiciones generales
Artículo 53. Infracciones leves
Artículo 54. Infracciones graves
Artículo 55. Infracciones muy graves
Artículo 56. Infracciones y sanciones de las entidades de control y certificación
Artículo 57. Concurrencia de infracciones
Artículo 58. Responsabilidad de las infracciones
CAPÍTULO II. Sanciones y competencia sancionadora
Artículo 59. Sanciones
Artículo 60. Gradación de las sanciones
Artículo 61. Competencia y procedimiento sancionador
Artículo 62. Prescripción y caducidad
Artículo 63. Advertencias
TÍTULO VII. Del Instituto Catalán de la Viña y el Vino
CAPÍTULO I. Naturaleza y funciones
Artículo 64. Naturaleza del Instituto Catalán de la Viña y el Vino
Artículo 65. Funciones del Instituto Catalán de la Viña y el Vino
CAPÍTULO II. Estructura orgánica básica
Artículo 66. Órganos de gobierno del Instituto Catalán de la Viña y el Vino
Artículo 67. El presidente
Artículo 68. Consejo Rector
Artículo 69. Funciones del Consejo Rector
Artículo 70. El director
Artículo 71. Consejo Asesor
Artículo 72. Régimen económico y de contratación
Artículo 73. Recursos administrativos
TÍTULO VIII. Del fomento
Artículo 74. Fomento de la cultura del vino
Artículo 75. Formación y fomento de la transferencia tecnológica
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Colaboración interadministrativa
D.A. 2ª. Vino ecológico
D.A. 3ª. Vinos de producción integrada y biodinámica
D.A. 4ª. Órganos de gestión supraautonómica
D.A. 5ª. Mejora del etiquetado y el envase
D.A. 6ª. Relaciones con otros productores
D.A. 7ª. Mejora de las exportaciones
D.A. 8ª. Programas de cultivo de la vid y de elaboración del vino en las zonas de montaña
D.A. 9ª. Viabilidad y sostenibilidad del sector
D.A. 10ª. Protección de las zonas periurbanas
D.A. 11ª. Potenciación del tapón de corcho
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Procedimientos anteriores
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario
D.F. 2ª. Actualizaciones, importes, sanciones y penalizaciones
D.F. 3ª. Estructura orgánica del Instituto Catalán de la Viña y el Vino
D.F. 4ª. Supletoriedad
D.F. 5ª. Entrada en vigor