REGLAMENTO (UE) Nº 596/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 16 de abril de 2014 sobre el abuso de mercado (Reglamento sobre abuso de mercado) y por el que se derogan la Directiva 2003/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y las Directivas 2003/124/CE, 2003/125/CE y 2004/72/CE de la Comisión (Texto pertinente a efectos del EEE) - Diario Oficial de la Unión Europea de 12-06-2014
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Índice
Histórico
Relacionados
Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 04 de Diciembre de 2024
F. entrada en vigor: 02/07/2014
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 172
F. Publicación: 12/06/2014
Preambulo
CAPÍTULO 1. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Definiciones
Artículo 4. Notificaciones y lista de instrumentos financieros
Artículo 5. Exención de los programas de recompra y de las medidas de estabilización
Artículo 6. Exención de las actividades relacionadas con la política monetaria y la gestión de la deuda pública y de las actividades de lucha contra el cambio climático
CAPÍTULO 2. INFORMACIÓN PRIVILEGIADA, OPERACIONES CON INFORMACIÓN PRIVILEGIADA, COMUNICACIÓN ILÍCITA DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA Y MANIPULACIÓN DE MERCADO
Artículo 7. Información privilegiada
Artículo 8. Operaciones con información privilegiada
Artículo 9. Conducta legítima
Artículo 10. Comunicación ilícita de información privilegiada
Artículo 11. Prospección de mercado
Artículo 12. Manipulación de mercado
Artículo 13. Prácticas de mercado aceptadas
Artículo 14. Prohibición de las operaciones con información privilegiada y de la comunicación ilícita de información privilegiada
Artículo 15. Prohibición de la manipulación de mercado
Artículo 16. Prevención y detección del abuso de mercado
CAPÍTULO 3. REQUISITOS DE COMUNICACIÓN
Artículo 17. Difusión pública de la información privilegiada
Artículo 18. Listas de iniciados
Artículo 19. Operaciones realizadas por directivos
Artículo 20. Recomendaciones de inversión y estadísticas
Artículo 21. Publicación o difusión de información en los medios de comunicación
Artículo 21 bis. Accesibilidad de la información en el punto de acceso único europeo
CAPÍTULO 4. AEVM Y AUTORIDADES COMPETENTES
Artículo 22. Autoridades competentes
Artículo 23. Facultades de las autoridades competentes
Artículo 24. Cooperación con la AEVM
Artículo 25. Obligación de cooperar
Artículo 25 bis. Mecanismo para intercambiar datos de órdenes
Artículo 25 ter. Plataformas de colaboración
Artículo 26. Cooperación con terceros países
Artículo 27. Secreto profesional
Artículo 28. Protección de datos
Artículo 29. Comunicación de datos personales a terceros países
CAPÍTULO 5. MEDIDAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Artículo 30. Sanciones y otras medidas administrativas
Artículo 31. Ejercicio de facultades supervisoras y sancionadoras
Artículo 32. Comunicación de las infracciones
Artículo 33. Intercambio de información con la AEVM
Artículo 34. Publicación de las decisiones
CAPÍTULO 6. ACTOS DELEGADOS Y DE EJECUCIÓN
Artículo 35. Ejercicio de la delegación
Artículo 36. Procedimiento de comité
CAPÍTULO 7. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 37. Derogación de la Directiva 2003/6/CE y sus medidas de aplicación
Artículo 38. Informes
Artículo 39. Entrada en vigor y aplicación
ANEXO I
ANEXO II
