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Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 26-06-2018

Tiempo de lectura: 27 min

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Ambito: Baleares

Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Mayo de 2024

F. entrada en vigor: 27/06/2018

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 78

F. Publicación: 26/06/2018


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Principios rectores Artículo 3. Situación de especial vulnerabilidad en materia de vivienda Artículo 4. Definiciones Artículo 5. Función social de la vivienda Artículo 6. Derecho a la vivienda por situaciones de especial vulnerabilidad Artículo 7. Servicio de interés general
TÍTULO II. COMPETENCIAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Artículo 8. Competencias de la Administración de la comunidad autónoma Artículo 9. Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI) Artículo 10. Competencias de los consejos insulares Artículo 11. Competencias de los entes locales Artículo 12. Cohesión social
TÍTULO III. CONDICIONES DE LAS VIVIENDAS
CAPÍTULO I. De la calidad, el diseño y la habitabilidad
Artículo 13. Calidad de la vivienda Artículo 14. Condiciones para el diseño y la habitabilidad Artículo 15. Criterios de calidad e innovación en materia de vivienda residencial Artículo 16. Cédula de habitabilidad
CAPÍTULO II. Del deber de conservación y rehabilitación
Artículo 17. Deber de conservación y rehabilitación Artículo 18. Fomento de la conservación y la rehabilitación Artículo 19. Declaración de necesidad de rehabilitación Artículo 20. Derecho general de información y retorno de los ocupantes Artículo 21. Planes de fomento de la rehabilitación Artículo 21 bis. Declaración de áreas de conservación y rehabilitación Artículo 21 ter. Alcance de la declaración de áreas de conservación y rehabilitación Artículo 21 quater. Convenios de rehabilitación
TÍTULO IV. DE LA POLÍTICA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA VIVIENDA
CAPÍTULO I. De la política de protección
Artículo 22. De la protección en materia de vivienda Artículo 23. Protección de los consumidores en materia de vivienda Artículo 24. Protección adicional en materia de vivienda Artículo 25. Fomento de los sistemas de mediación extrajudicial Artículo 26. Arrendamientos derivados de procesos hipotecarios Artículo 26 bis. Obligación de oferta de alquiler social respecto a viviendas y terrenos objeto de procesos judiciales o extrajudiciales, a cargo de grandes tenedores Artículo 26 ter. Derecho de tanteo y retracto sobre la totalidad de un inmueble Artículo 26 quater. Derechos de adquisición preferente en las transmisiones entre grandes tenedores respecto a viviendas y terrenos adquiridos en procesos judiciales o extrajudiciales Artículo 26 quinquies. Procedimiento para el ejercicio del derecho de tanteo en las transmisiones entre grandes tenedores respecto a viviendas y terrenos adquiridos en procesos judiciales o extrajudiciales Artículo 26 sexies. Procedimiento para el ejercicio del derecho de retracto en las transmisiones entre grandes tenedores respecto a viviendas y terrenos adquiridos en procesos judiciales o extrajudiciales
CAPÍTULO II. De la promoción
Artículo 27. Ayudas o prestaciones en materia de vivienda Artículo 28. Programa de cesión de viviendas Artículo 29. Viviendas de inserción Artículo 30. Convenios de colaboración con grandes tenedores Artículo 31. Actuaciones preventivas
CAPÍTULO III. Acompañamiento a la ciudadanía en materia de vivienda
Artículo 32. Servicio de acompañamiento en materia de vivienda Artículo 33. Funciones del Servicio de acompañamiento en materia de vivienda Artículo 34. Convenios o acuerdos de colaboración Artículo 35. Servicio de vivienda desocupada
CAPÍTULO IV. De las viviendas desocupadas
Artículo 36. La vivienda desocupada Artículo 37. Medidas para evitar la desocupación Artículo 38. Registro de viviendas desocupadas Artículo 39. Inscripción en el registro Artículo 40. Actuaciones de inspección Artículo 41. Obligación de colaboración Artículo 42. Cesión de viviendas desocupadas de grandes tenedores
CAPÍTULO V. De la garantía del mantenimiento de los suministros básicos
Artículo 43. Concepto Artículo 44. Fondo de atención solidaria de suministros básicos Artículo 45. Protocolos de actuación Artículo 46. Gastos por desconexión y reconexión de suministros de gas natural en situaciones que impliquen la necesidad de garantía del mantenimiento de los suministros básicos Artículo 47. Acuerdos o convenios de colaboración Artículo 48. Obligación de información
TÍTULO V. MESA AUTONÓMICA DE LA VIVIENDA
Artículo 49. Definición Artículo 50. Función Artículo 51. Desarrollo reglamentario
TÍTULO VI. MESA PARA LA GARANTÍA DEL MANTENIMIENTO DE LOS SUMINISTROS BÁSICOS
Artículo 52. Definición Artículo 53. Función Artículo 54. Desarrollo reglamentario
TÍTULO VII. DE LAS FIANZAS DE ARRENDAMIENTO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 55. Obligación del depósito de fianzas Artículo 56. Naturaleza y realización del depósito Artículo 57. Ejecutividad Artículo 58. Registro de fianzas de contratos de arrendamiento Artículo 59. Exigibilidad pública Artículo 60. Exigibilidad privada Artículo 61. Escritura pública e inscripción registral
TÍTULO VIII. DE LAS VIVIENDAS PROTEGIDAS
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 62. Viviendas protegidas Artículo 63. Tipo de promoción Artículo 63 bis. Índice de intensidad residencial para vivienda protegida Artículo 64. Calificación de vivienda protegida Artículo 64 bis. Régimen de acceso a vivienda de protección oficial Artículo 65. Visado Artículo 65 bis. Prohibición de subarriendo o cesión de uso Artículo 66. Duración del régimen legal de protección Artículo 67. Inscripción registral y escritura pública Artículo 68. Publicidad Artículo 69. Adquisición de derechos por silencio administrativo Artículo 70. Registro público de demandantes de viviendas protegidas Artículo 71. Registro de viviendas protegidas de las Illes Balears Artículo 72. Prioridad de los nuevos títulos de acceso alternativos a la compra en la promoción de viviendas con protección oficial Artículo 73. Control e inspección de la función social de la vivienda protegida
CAPÍTULO II. De las potestades sobre la vivienda protegida
Artículo 74. Derecho de adquisición preferente Artículo 75. Derechos de tanteo y retracto Artículo 75 bis. Derechos de adquisición en favor de la Administración Artículo 75 ter. El derecho de tanteo de la Administración Artículo 75 quater. El deber de notificación de la decisión de transmitir Artículo 75 quinquies. Ejercicio del derecho de tanteo Artículo 75 sexies. Ejercicio del derecho de retracto Artículo 76. Escritura pública e inscripción registral Artículo 77. Destino de los bienes adquiridos Artículo 78. Desahucio administrativo Artículo 79. Expropiación forzosa
TÍTULO IX. EL RÉGIMEN SANCIONADOR
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 80. Sujetos responsables Artículo 81. Administraciones competentes Artículo 82. Inspección Artículo 83. Deber de colaboración Artículo 84. Medidas provisionales
CAPÍTULO II. Infracciones
Artículo 85. Concepto y clasificación Artículo 86. Infracciones leves Artículo 87. Infracciones graves Artículo 88. Infracciones muy graves Artículo 89. Concurrencia de las infracciones
CAPÍTULO III. Sanciones
Artículo 90. Cuantía de las sanciones Artículo 91. Gradación de las sanciones Artículo 92. Sanciones complementarias Artículo 93. Multas coercitivas no sancionadoras Artículo 94. Destino de las multas impuestas
CAPÍTULO IV. Ejecución, prescripción y caducidad
Artículo 95. Plazo de resolución Artículo 96. Ejecución forzosa Artículo 97. Prescripción de las infracciones Artículo 98. Prescripción de las sanciones Artículo 99. Caducidad
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Convenios o acciones concertadas D.A. 2ª. Agentes implicados en el proceso de transmisión de viviendas D.A. 3ª. Registro administrativo y requisitos para los agentes inmobiliarios D.A. 4ª. Legislación estatal supletoria D.A. 5ª. Desahucio por impago de la renta de alquiler D.A. 6ª. Depósito de fianza de contratos anteriores D.A. 7ª. Cuerpo de inspectores D.A. 8ª. Sobre las medidas de fomento de las cooperativas en cesión de uso D.A. 9ª. Establecimiento del derecho de superficie a favor de cooperativas de vivienda en régimen de cesión de uso D.A. 10ª. Especificidades sobre las cooperativas de vivienda en régimen de cesión de uso D.A. 11ª. Tarifas sobre derechos de alta del suministro de gas D.A. 12ª. Derechos de alta y acometida D.A. 13ª. Continuidad de los regímenes de precio fijados legalmente D.A. 14ª. Imposibilidad de destinar la vivienda a uso turístico cuando se han llevado a cabo obras con ayudas o convenios de colaboración con la administración D.A. 15ª. Modificación del artículo 28 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la comunidad autónoma de las Illes Balears D.A. 16ª. Plan público de viviendas D.A. 17ª. Modificación del apartado G) en la "DEFINICIÓN DE LAS ACTIVIDADES REGULADAS EN LA MATRIZ DE ORDENACIÓN DEL SUELO RÚSTICO", contenida en el anexo I de la Ley 6/1999, de 3 de abril, de las directrices de ordenación territorial de las Illes Balears y de medidas tributarias D.A. 18ª. Viviendas acogidas a regímenes anteriores al Real decreto ley 31/1978, de 31 de octubre, sobre política de viviendas de protección oficial
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Comunicación de inventario de viviendas protegidas D.T. 2ª. Comunicación de la relación de viviendas desocupadas D.T. 3ª. Precios máximos de venta y renta y límites máximos de ingresos por vivienda protegida D.T. 4ª. Depósito de fianzas de arrendamiento D.T. 5ª. Registro público de demandantes de viviendas protegidas D.T. 6ª. Inscripciones preexistentes D.T. 7ª. Regulación de las condiciones de habitabilidad de los alojamientos dotacionales y de los alojamientos con espacios comunes complementarios
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo normativo D.F. 2ª. Revisión de la normativa de consumo D.F. 3ª. Modificación de la Ley 5/2012, de 23 de mayo, de medidas urbanísticas para la ejecución del Centro Internacional de Tenis Rafael Nadal D.F. 4ª. Entrada en vigor