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LEY 4/2024, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autonoma de Galicia para el año 2025. - Diario Oficial de Galicia de 31-12-2024

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Ambito: Galicia

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025

F. entrada en vigor: 01/01/2025

Órgano emisor: Presidencia de la Xunta de Galicia

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 251

F. Publicación: 31/12/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Aprobación de los presupuestos y régimen de las modificaciones de crédito
CAPÍTULO I. Aprobación de los créditos iniciales y de su financiación
Artículo 1. Aprobación y ámbito de los presupuestos generales Artículo 2. Presupuestos de la Administración general, de los organismos autónomos y de las agencias públicas autonómicas Artículo 3. Presupuesto de las entidades instrumentales del sector público autonómico con presupuesto estimativo
CAPÍTULO II. De las modificaciones presupuestarias
Artículo 4. Régimen general de las modificaciones presupuestarias Artículo 5. Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias Artículo 6. Vinculación de créditos Artículo 7. Créditos ampliables Artículo 8. Transferencias de crédito Artículo 9. Adecuación de créditos Artículo 10. Transferencia de remanentes líquidos de tesorería
TÍTULO II. Gastos de personal
CAPÍTULO I. De los gastos del personal al servicio del sector público
Artículo 11. Bases de la actividad económica en materia de gastos de personal Artículo 12. Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal Artículo 13. Contratación de personal laboral temporal y nombramiento de personal funcionario interino en el ámbito de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos y agencias públicas Artículo 14. Contratación de personal estatutario temporal en el ámbito de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos y agencias públicas Artículo 15. Contratación de personal laboral de carácter temporal para la realización de actuaciones previstas en el anexo de inversiones Artículo 16. Contratación de personal temporal en el ámbito de las restantes entidades públicas instrumentales Artículo 17. Contratación de personal vinculado a encomiendas de gestión o encargos a medios propios
CAPÍTULO II. De los regímenes retributivos
Artículo 18. Retribuciones de los altos cargos y otro personal directivo Artículo 19. Complemento personal Artículo 20. Retribuciones de las personas titulares de las delegaciones de la Xunta de Galicia en el exterior Artículo 21. Criterios retributivos en materia de personal funcionario Artículo 22. Criterios retributivos en materia de personal laboral Artículo 23. Retribuciones del personal al servicio de las instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Galicia Artículo 24. Complemento personal transitorio y absorbible en el Sistema público de salud de Galicia Artículo 25. Retribuciones del personal de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de justicia Artículo 26. Criterios retributivos aplicables al personal al servicio de la Comunidad Autónoma no incluido en los artículos anteriores Artículo 27. Complemento personal de las víctimas de violencia de género
CAPÍTULO III. Otras disposiciones en materia de régimen de personal activo
Artículo 28. Prohibición de ingresos atípicos Artículo 29. Relaciones de puestos de trabajo Artículo 30. Requisitos para la determinación o modificación de las retribuciones del personal laboral y no funcionario Artículo 31. Personal directivo de las entidades instrumentales del sector público de la Comunidad Autónoma Artículo 32. Nombramiento de profesorado interino a tiempo parcial en centros docentes no universitarios Artículo 33. Profesores y profesoras de cuerpos docentes Artículo 34. Personal eventual y de gabinete
CAPÍTULO IV. Universidades
Artículo 35. Costes máximos de personal de las universidades públicas de Galicia Artículo 36. Retribuciones adicionales del personal al servicio de las entidades públicas integrantes del Sistema universitario de Galicia Artículo 37. Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal del Sistema universitario de Galicia
TÍTULO III. Operaciones de endeudamiento y garantía
CAPÍTULO I. Operaciones de crédito
Artículo 38. Operaciones de endeudamiento por plazo superior a un año Artículo 39. Deuda de la tesorería Artículo 40. Endeudamiento de las entidades instrumentales del sector público Artículo 41. Otras operaciones financieras
CAPÍTULO II. Afianzamiento por aval
Artículo 42. Avales
TÍTULO IV. Gestión presupuestaria
Artículo 43. Intervención limitada Artículo 44. Fiscalización de las operaciones de endeudamiento de la Comunidad Autónoma Artículo 45. Fiscalización de nombramientos o de contratos para sustituciones de personal Artículo 46. Proyectos de gasto Artículo 47. Autorización del Consejo de la Xunta de Galicia para la tramitación de determinados expedientes Artículo 48. Transferencias de financiación Artículo 49. Gestión de los fondos del Mecanismo de recuperación y resiliencia Artículo 50. Subvenciones nominativas Artículo 51. Justificación de ayudas y subvenciones Artículo 52. Concesión directa de ayudas y subvenciones Artículo 53. Simplificación de la acreditación del cumplimiento de las obligaciones con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, la Administración del Estado y la Seguridad Social Artículo 54. Exoneración de la obligación de constituir garantías para los beneficiarios y beneficiarias de ayudas y subvenciones Artículo 55. Pago de las ayudas y subvenciones Artículo 56. Préstamos concedidos con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma Artículo 57. Expedientes de dotación artística Artículo 58. Módulo económico de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados
TÍTULO V. Corporaciones locales
CAPÍTULO I. Financiación y cooperación económica con las corporaciones locales
Artículo 59. Créditos asignados a las corporaciones locales Artículo 60. Dotación y distribución del Fondo de Cooperación Local Artículo 61. Transferencias derivadas de convenios o subvenciones
CAPÍTULO II. Procedimiento de compensación y retención del Fondo de Cooperación Local
Artículo 62. Deudas objeto de compensación Artículo 63. Procedimiento para la compensación de las deudas y posterior retención en las entregas a cuenta Artículo 64. Orden de prelación en la concurrencia de deudas
TÍTULO VI. Normas tributarias
CAPÍTULO I. Tributos propios
Artículo 65. Criterios de afectación de determinados tributos
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Información al Parlamento D.A. 2ª. Presupuesto inicial de las agencias públicas autonómicas y requisitos de creación D.A. 3ª. Autorización de presupuestos en entidades instrumentales de nueva creación D.A. 4ª. Adecuación de los estados financieros de las entidades instrumentales D.A. 5ª. Remisión y control de la información económico-financiera D.A. 6ª. Porcentajes de gastos generales de estructura de contrato de obra D.A. 7ª. Enajenación de suelo residencial por parte del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo D.A. 8ª. Adaptación del título II de la presente ley a lo establecido en la normativa básica estatal D.A. 9ª. Retribuciones de los consejos de administración D.A. 10ª. Modificación de las plantillas del personal del Servicio Gallego de Salud D.A. 11ª. Medidas con relación al V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia y el Acuerdo por el que se establecen las condiciones especiales de trabajo del personal del Servicio de Prevención y Defensa contra los Incendios Forestales de la Xunta de Galicia D.A. 12ª. Centros concertados D.A. 13ª. Prestaciones extraordinarias para personas beneficiarias de pensiones y subsidios no contributivos D.A. 14ª. Prestación de ayuda económica a través de la Tarjeta Bienvenida D.A. 15ª. Medidas de homologación retributiva aplicables a determinadas escalas de personal funcionario D.A. 16ª. Habilitación para efectuar modificaciones presupuestarias D.A. 17ª. Cuantía de las ayudas directas destinadas a paliar la pobreza energética en personas consumidoras vulnerables severas en riesgo de exclusión social
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adecuación de las entidades públicas instrumentales D.T. 2ª. Dotación del fondo de contingencia D.T. 3ª. Mecanismo de garantía de inversiones públicas
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo de la ley D.F. 2ª. Vigencia D.F. 3ª. Entrada en vigor ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV ANEXO V ANEXO VI ANEXO VII PRESUPUESTOS GENERALES 2025