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Ley 9/2023, de 3 de abril, de Agricultura Familiar y de Acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha. [2023/3386] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 17-04-2023

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Castilla-La Mancha

Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Marzo de 2024

F. entrada en vigor: 07/05/2023

Órgano emisor: Presidencia de la Junta

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 73

F. Publicación: 17/04/2023

Documento oficial en PDF: Enlace


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Fines. Artículo 4. Definiciones.
TÍTULO I. Explotación familiar agraria
CAPÍTULO I. Tipos y reconocimiento de la explotación familiar agraria
Artículo 5. Tipos de explotación familiar agraria. Artículo 6. Requisitos para el reconocimiento de explotación familiar agraria individual. Artículo 7. Requisitos para el reconocimiento de explotación familiar agraria de base asociativa. Artículo 8. Reconocimiento e inscripción en el Registro General de explotaciones agrarias. Artículo 9. Pérdida de la condición de explotación calificada.
CAPÍTULO II. Situaciones de preferencia, ayudas económicas y beneficios fiscales
Artículo 10. Medidas de preferencia o de apoyo específico. Artículo 11. Medidas de fomento. Artículo 12. Beneficios fiscales.
CAPÍTULO III. Grupos de actuación preferente de las explotaciones familiares agrarias
Artículo 13. Grupos de actuación preferente. Artículo 14. Integración de la perspectiva de género. Artículo 15. Consideración preferente de las jóvenes generaciones.
TÍTULO II. Zonas de protección agraria y otras iniciativas ligadas al territorio
CAPÍTULO I. Zonas de protección agraria
Artículo 16. Declaración de zonas de protección agraria. Artículo 17. Procedimiento para la Declaración de Zona de Protección Agraria. Artículo 18. Plan de Zona de Protección Agraria.
CAPÍTULO II. Otras iniciativas ligadas al territorio
Artículo 19. Iniciativas ligadas al territorio.
TÍTULO III. Banco de Tierras. Infrautilización del suelo agrario
CAPÍTULO I. Creación y características del Banco de Tierras
Artículo 20. Creación del Banco de Tierras. Artículo 21. Finalidades del Banco de Tierras. Artículo 22. Contenido del Banco de Tierras. Artículo 23. Alcance de la inscripción en el Banco de Tierras. Artículo 24. Destino de las parcelas del Banco de Tierras. Artículo 25. Publicidad de los bienes del Banco de Tierra.
CAPÍTULO II. Infrautilización del suelo agrario
Artículo 26. Infrautilización del suelo agrario. Artículo 27. Procedimiento para la declaración suelo agrario infrautilizado. Artículo 28. Revocación de la declaración de suelo agrario infrautilizado. Artículo 29. Cesión del uso al Banco de Tierras por infrautilización de suelo agrario.
TÍTULO IV. Otras medidas de impulso de la agricultura familiar
Artículo 30. Fomento de creación de organizaciones de productores. Artículo 31. Priorización en contratos suministros.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Bancos Públicos de Agua. D.A. 2ª. Transmisiones de huertos familiares y explotaciones familiares agrarias.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 4/2004, de 18 de mayo, de la Explotación Agraria y del Desarrollo Rural en Castilla-La Mancha. D.F. 2ª. Entrada en vigor.