DECRETO 49/2022, de 22 de diciembre, por el que se desarrolla la carrera profesional horizontal de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. - Boletín Oficial de Castilla y León de 23-12-2022
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Ambito: Castilla y León
Estado: VIGENTE. Validez desde 15 de Mayo de 2024
F. entrada en vigor: 24/12/2022
Órgano emisor: CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 246
F. Publicación: 23/12/2022
Documento oficial en PDF: Enlace
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
TÍTULO I. CARRERA HORIZONTAL
CAPÍTULO I. Definición, características y estructura
Artículo 2. Definición.
Artículo 3. Características.
Artículo 4. Estructura y categorías de la carrera.
CAPÍTULO II. Acceso al sistema de carrera horizontal
Artículo 5. Inicio de la carrera, solicitud y reconocimiento de las distintas categorías profesionales.
CAPÍTULO III. Progresión en el sistema de carrera horizontal
Artículo 6. Progresión en la carrera horizontal.
Artículo 7. Periodo de permanencia necesario para el reconocimiento de categoría profesional.
Artículo 8. Cambio de cuerpo, escala o categoría profesional.
CAPÍTULO IV. Retribución de las categorías profesionales
Artículo 9. Complemento de carrera profesional horizontal.
CAPÍTULO V. Situaciones particulares
Artículo 10. Puestos con jornada de trabajo anual inferior a la ordinaria.
Artículo 11. Servicios especiales.
Artículo 12. Permiso por acción sindical.
Artículo 13. Incapacidad temporal.
Artículo 14. Excedencia por cuidado de familiares, por motivo de violencia de género, por razón de violencia terrorista y excedencia forzosa.
Artículo 15. Conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por razón de violencia de género y para las víctimas de terrorismo y sus familiares directos.
Artículo 16. Jubilación parcial.
Artículo 17. Reingreso al servicio activo procedente de la situación administrativa de servicio en otras Administraciones públicas.
TÍTULO II. EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 18. Concepto de evaluación del desempeño.
Artículo 19. Áreas de evaluación.
Artículo 20. Período de las evaluaciones del desempeño.
Artículo 21. Evaluados.
Artículo 22. Evaluadores.
Artículo 23. Funciones de los evaluadores.
Artículo 24. Funciones del responsable superior del evaluador.
Artículo 25. Unidades de evaluación.
CAPÍTULO II. Evaluación del desempeño de la conducta profesional
Artículo 26. Factores de desempeño.
Artículo 27. Factor de desempeño de tarea.
Artículo 28. Factor de desempeño contextual y organizacional.
CAPÍTULO III. Criterios de valoración
Artículo 29. Escala de valoración.
Artículo 30. Calificación general.
Artículo 31. Propuesta de acciones de formación o mejora.
Artículo 32. Efectos de la evaluación del desempeño de la conducta profesional en la carrera horizontal.
CAPÍTULO IV. Proceso de la evaluación del desempeño
Artículo 33. Entrevista de evaluación del desempeño.
Artículo 34. Informe de evaluación del desempeño.
Artículo 35. Revisión del informe de evaluación del desempeño.
CAPÍTULO V. Comisión técnica de revisión
Artículo 36. Comisión técnica de revisión.
Artículo 37. Composición.
Artículo 38. Funciones.
CAPÍTULO VI. Evaluación del cumplimiento de objetivos
Artículo 39. Objetivos individuales.
Artículo 40. Establecimiento de objetivos individuales.
Artículo 41. Valoración del cumplimiento de los objetivos individuales en la carrera horizontal.
Artículo 42. Objetivos colectivos y unidades de gestión.
Artículo 43. Establecimiento de objetivos colectivos.
Artículo 44. Valoración del cumplimiento de los objetivos colectivos.
Artículo 45. Efectos de los objetivos colectivos en la carrera horizontal.
CAPÍTULO VII. Formación, innovación y transferencia del conocimiento
Artículo 46. Formación.
Artículo 47. Órgano competente.
Artículo 48. Formación objeto de valoración.
Artículo 49. Criterios de valoración.
Artículo 50. Efectos de la formación en la carrera horizontal.
Artículo 51. Innovación y transferencia del conocimiento.
Artículo 52. Transmisión del conocimiento.
Artículo 53. Innovación y gestión del conocimiento.
Artículo 54. Difusión del conocimiento.
Artículo 55. Criterios de valoración.
Artículo 56. Efectos de la innovación y la transferencia del conocimiento en la carrera profesional.
CAPÍTULO VIII. Puestos de especial dificultad de desempeño
Artículo 57. Definición y determinación de los puestos de especial dificultad de desempeño.
Artículo 58. Efectos de los puestos de especial dificultad de desempeño en la carrera horizontal.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Derecho a la información y protección de datos.
D.A. 2ª. Procedimiento electrónico de evaluación.
D.A. 3ª. Comisión de coordinación y seguimiento.
D.A. 4ª. Repercusiones y resultados de la evaluación del desempeño.
D.A. 5ª. Procedimientos extraordinarios.
D.A. 6ª. Convocatoria ordinaria para el acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional I.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Convocatoria extraordinaria y excepcional para el acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional I.
D.T. 2ª. Implantación progresiva del sistema de evaluación del desempeño y carrera profesional.
D.T. 3ª. Certificado en competencias digitales.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo normativo.
D.F. 2ª. Entrada en vigor
ANEXO I. BAREMO DE PUNTUACIÓN PARA LA PROGRESIÓN EN LA CARRERA
ANEXO II. DESCRIPCIÓN DIMENSIONES EVALUABLES
ANEXO III. BAREMO DE PUNTUACIÓN PARA EL BLOQUE DE INNOVACIÓN Y TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO
