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LEY 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013. - Boletín Oficial de Canarias de 31-12-2012

Tiempo de lectura: 27 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Abril de 2016

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 254

F. Publicación: 31/12/2012


Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DE LA APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS
Artículo 1. - Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. Artículo 2. - De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes con presupuesto limitativo. Artículo 3. - De la cuenta de operaciones comerciales del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia. Artículo 4.- De los presupuestos de los entes con presupuesto estimativo.
TÍTULO II. DE LAS MODIFICACIONES DE LOS CRÉDITOS Y GASTOS PLURIANUALES
CAPÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 5.- Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. TEMPORALIDAD Y VINCULACIÓN DE LOS CRÉDITOS
Artículo 6.- Temporalidad de los créditos. Artículo 7.- Vinculación de los créditos. Artículo 8. - Vinculación específica de los créditos ampliables. Artículo 9. - Otras vinculaciones específicas.
CAPÍTULO III. MODIFICACIONES DE CRÉDITO
Artículo 10. - Régimen general. Artículo 11.- Generaciones de crédito. Artículo 12.- Incorporaciones de crédito. Artículo 13.- Créditos ampliables. Artículo 14.- Tramitación de ampliaciones de crédito de otros entes públicos. Artículo 15. - Régimen de las transferencias de crédito. Artículo 16. - Excepciones. Artículo 17. - Créditos extraordinarios y suplementarios. Artículo 18.- Anticipos de tesorería.
CAPÍTULO IV. GASTOS PLURIANUALES
Artículo 19.- Gastos plurianuales.
CAPÍTULO V. RÉGIMEN COMPETENCIAL
Artículo 20.- Competencias del Gobierno. Artículo 21. - Competencias del consejero de Economía, Hacienda y Seguridad. Artículo 22. - Competencias de los titulares de los departamentos. Artículo 23. - Competencia para las modificaciones de créditos de entes con presupuesto limitativo.
TÍTULO III. DE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA
Artículo 24.- Gestión de determinados gastos. Artículo 25. - Asignación de la gestión de determinados créditos. Artículo 26. - Gestión de las transferencias corrientes y de capital. Artículo 27.- De los créditos por transferencias y delegaciones de competencias a los cabildos insulares. Artículo 28.- Contratos de servicios. Artículo 29. - De los créditos para la financiación de las universidades canarias y autorización de costes de personal. Artículo 30.- Otras medidas de gestión universitaria. Artículo 31.- Del presupuesto del Parlamento y la gestión de sus créditos.
TÍTULO IV. DE LOS ENTES CON PRESUPUESTO ESTIMATIVO
Artículo 32.- Modificaciones presupuestarias.
TÍTULO V. DE LOS GASTOS Y MEDIDAS DE GESTIÓN DE PERSONAL
CAPÍTULO I. GASTOS DE PERSONAL
Artículo 33. - Determinación de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma. Artículo 34.- Personal del sector público de la Comunidad Autónoma sometido a régimen administrativo y estatutario. Artículo 35. - Personal laboral del sector público de la Comunidad Autónoma. Artículo 36. - Retribuciones de los funcionarios de la Comunidad Autónoma. Artículo 37. - Retribuciones de los funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia. Artículo 38.- Retribuciones del personal funcionario del Cuerpo General de la Policía Canaria. Artículo 39. - Retribuciones de los miembros del Gobierno, de los altos cargos y de otro personal directivo. Artículo 40. - Retribución de las horas lectivas complementarias del personal docente no universitario y de los funcionarios interinos docentes con dedicación parcial. Artículo 41. - Retribuciones del personal docente no universitario que participe en el desarrollo de las medidas de calidad de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad. Artículo 42. - Política retributiva del personal de las sociedades mercantiles y fundaciones públicas. Artículo 43.- Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal de los entes con presupuesto estimativo. Artículo 44. - Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 45.- Acción social. Artículo 46. - Autorización de acuerdos y convenios en materia de personal.
CAPÍTULO II. MEDIDAS DE GESTIÓN DE PERSONAL
Artículo 47.- Planificación de recursos humanos. Artículo 48. - Gestión de gastos de personal y ejecución de créditos presupuestarios. Artículo 49. - Cobertura presupuestaria. Artículo 50.- Oferta de empleo público. Artículo 51. - Contratación de personal temporal. Artículo 52.- Normas de contratación de personal cofinanciado o con financiación externa. Artículo 53. - Nombramiento de funcionarios interinos. Artículo 54. - Programación del personal docente y de centros sanitarios. Artículo 55.- Compensación de horas o servicios extraordinarios. Artículo 56.- Gestión de personal en los entes con presupuesto estimativo.
TÍTULO VI. DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO I. OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO
Artículo 57. - Operaciones de endeudamiento. Artículo 58.- Programa de endeudamiento. Artículo 59.- Operaciones de endeudamiento de otros entes con presupuesto limitativo. Artículo 60.- Operaciones de endeudamiento de entes con presupuesto estimativo. Artículo 61. - Remisión de información a la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad.
CAPÍTULO II. AVALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
Artículo 62.- Avales de la Comunidad Autónoma de Canarias. Artículo 63. - Avales de los demás entes del sector público autonómico.
TÍTULO VII. DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS
Artículo 64.- Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias. Artículo 65.- Actualización de los precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Sociedades mercantiles públicas. D.A. 2ª.- Dación de cuentas. D.A. 3ª.- Ingresos del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia. D.A. 4ª.- Gestión económica de determinados centros. D.A. 5ª.- Distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados. D.A. 6ª.- Corrección de situaciones de desequilibrio presupuestario. D.A. 7ª.- Medidas a adoptar en el ámbito de los programas de viabilidad aprobados para las sociedades mercantiles públicas. D.A. 8ª.- Control del gasto de sustituciones del personal funcionario, estatutario y laboral. D.A. 9ª.- Compromisos de gastos para financiar obras que se efectúen bajo la modalidad de abono total del precio. D.A. 10ª.- Aportaciones dinerarias de la Comunidad Autónoma. D.A. 11ª.- Crédito ampliable del Instituto Canario de la Vivienda. D.A. 12ª.- Importe de la cuantía mensual y del complemento mensual variable de la ayuda económica básica para el año 2013. D.A. 13ª.- Módulos de compensación y bases económicas de abogados y procuradores. D.A. 14ª.- Coste de reposición de los agentes de la policía local. D.A. 15ª.- Suspensión de pactos y acuerdos sindicales y de artículos de convenios colectivos. D.A. 16ª.- De la prórroga de los complementos del personal docente e investigador de las universidades públicas de Canarias. D.A. 17ª.- Concesión de premios. D.A. 18ª.- Subvenciones. D.A. 19ª.- Carrera profesional del personal del Servicio Canario de la Salud. D.A. 20ª.- Permisos del personal estatutario, funcionario y laboral adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud. D.A. 21ª.- Programa de incentivación ligado al cumplimiento de objetivos del personal estatutario, funcionario y laboral adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud. D.A. 22ª.- Retención de créditos afectos a ingresos. D.A. 23ª.- De los contratos-programa de las universidades canarias. D.A. 24ª.- Ropa de trabajo. D.A. 25ª.- Racionalización del gasto público respecto a la prescripción y utilización de medicamentos. D.A. 26ª.- Jornada ordinaria de trabajo del personal estatutario, funcionario y laboral adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud. D.A. 27ª.- Horario de trabajo, funcionamiento de los centros, y distribución de la jornada ordinaria de trabajo en el ámbito de la Atención Primaria en el Servicio Canario de la Salud. D.A. 28ª.- Integración del personal de cupo y zona. D.A. 29ª.- Exención voluntaria de guardias y de atención continuada modalidad B del personal facultativo del Servicio Canario de la Salud exento de realización de guardias. D.A. 30ª.- Suspensión de la compensación financiera a los ayuntamientos prevista en el apartado 4 de la disposición transitoria de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de... D.A. 31ª.-. Fondos e instrumentos financieros para el fomento de proyectos de renovación turística, ocio, innovación, investigación y desarrollo y autoconsumo y eficiencia energética. D.A. 32ª.- Medidas relativas a las competencias transferidas del año 2010. D.A. 33ª.- Medidas relativas a las competencias transferidas de 2013. D.A. 34ª.- Préstamos y anticipos financiados con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.A. 35ª.- Sector público autonómico con presupuesto limitativo o estimativo. D.A. 36ª.- Imputación al presupuesto de las anualidades de los compromisos de gasto de carácter plurianual. D.A. 37ª.- Régimen jurídico de las encomiendas derivadas del artículo 24.6 de Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. D.A. 38ª.- Créditos del Fondo Canario de Financiación Municipal. D.A. 39ª.- Rendición de información. D.A. 40ª.- Financiación específica. D.A. 41ª.- Incompatibilidad del personal laboral para el desempeño de actividades privadas. D.A. 42ª.- Posibilidad de que los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias soliciten la reducción, a petición propia, del complemento específico. D.A. 43ª.- Revocación de las prolongaciones de permanencia en el servicio activo. D.A. 44ª.- Planes de ordenación de recursos humanos en el ámbito del Servicio Canario de la Salud. D.A. 45ª.- Especialidades procedimentales en materia de personal del Servicio Canario de la Salud. D.A. 46ª.- Cesión de datos de carácter personal en el ámbito de la Consejería competente en materia de pesca. D.A. 47ª.- Normas de fomento del empleo en la contratación del sector público autonómico. D.A. 48ª.- Dependencia. D.A. 49ª.- Exoneración de garantías en abonos anticipados. D.A. 50ª.- Retenciones en el sistema de financiación. D.A. 51ª.- Oficinas de farmacia. D.A. 52ª.- Complejos hospitalarios y sociosanitarios del norte y sur de Tenerife y del hospital de Fuerteventura. D.A. 53ª.- Plazas asistenciales vinculadas con plazas docentes. D.A. 54ª.- D.A. 55ª.- Obras de infraestructuras destinadas a la prestación de servicios públicos. D.A. 56ª.- De los recursos asignados al Fondo Canario de Financiación Municipal. D.A. 57ª.- Reducción de la jornada de trabajo de los funcionarios interinos y del personal laboral indefinido y temporal del ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.A. 58ª.- Supresión de oficinas de las instituciones dependientes del Parlamento de Canarias ubicadas fuera de sus sedes respectivas. D.A. 59ª.- Palacio de deportes de Gran Canaria Mundobasket 2014. D.A. 60ª.- Autorización de modificación del tipo impositivo del Arbitrio sobre la importación y entrega de mercancías sobre el vino.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.- Indemnización por residencia.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Modificación de la Ley 5/1986, de 28 de julio, del impuesto especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo. D.F. 2ª.- Modificación de la Ley 1/2011, de 21 de enero, del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y otras Medidas Tributarias. D.F. 3ª.- Modificación del Decreto legislativo 1/2009, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos. D.F. 4ª.- Modificación del Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias aprobado por Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio. D.F. 5ª.-- Desarrollo de la ley. D.F. 6ª.- Entrada en vigor.