LEY 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013. - Boletín Oficial de Canarias de 31-12-2012
Índice
Texto
Ambito: Canarias
Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Abril de 2016
Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 254
F. Publicación: 31/12/2012
Preambulo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DE LA APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS
Artículo 1. - Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Artículo 2. - De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes con presupuesto limitativo.
Artículo 3. - De la cuenta de operaciones comerciales del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.
Artículo 4.- De los presupuestos de los entes con presupuesto estimativo.
TÍTULO II. DE LAS MODIFICACIONES DE LOS CRÉDITOS Y GASTOS PLURIANUALES
CAPÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 5.- Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. TEMPORALIDAD Y VINCULACIÓN DE LOS CRÉDITOS
Artículo 6.- Temporalidad de los créditos.
Artículo 7.- Vinculación de los créditos.
Artículo 8. - Vinculación específica de los créditos ampliables.
Artículo 9. - Otras vinculaciones específicas.
CAPÍTULO III. MODIFICACIONES DE CRÉDITO
Artículo 10. - Régimen general.
Artículo 11.- Generaciones de crédito.
Artículo 12.- Incorporaciones de crédito.
Artículo 13.- Créditos ampliables.
Artículo 14.- Tramitación de ampliaciones de crédito de otros entes públicos.
Artículo 15. - Régimen de las transferencias de crédito.
Artículo 16. - Excepciones.
Artículo 17. - Créditos extraordinarios y suplementarios.
Artículo 18.- Anticipos de tesorería.
CAPÍTULO IV. GASTOS PLURIANUALES
Artículo 19.- Gastos plurianuales.
CAPÍTULO V. RÉGIMEN COMPETENCIAL
Artículo 20.- Competencias del Gobierno.
Artículo 21. - Competencias del consejero de Economía, Hacienda y Seguridad.
Artículo 22. - Competencias de los titulares de los departamentos.
Artículo 23. - Competencia para las modificaciones de créditos de entes con presupuesto limitativo.
TÍTULO III. DE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA
Artículo 24.- Gestión de determinados gastos.
Artículo 25. - Asignación de la gestión de determinados créditos.
Artículo 26. - Gestión de las transferencias corrientes y de capital.
Artículo 27.- De los créditos por transferencias y delegaciones de competencias a los cabildos insulares.
Artículo 28.- Contratos de servicios.
Artículo 29. - De los créditos para la financiación de las universidades canarias y autorización de costes de personal.
Artículo 30.- Otras medidas de gestión universitaria.
Artículo 31.- Del presupuesto del Parlamento y la gestión de sus créditos.
TÍTULO IV. DE LOS ENTES CON PRESUPUESTO ESTIMATIVO
Artículo 32.- Modificaciones presupuestarias.
TÍTULO V. DE LOS GASTOS Y MEDIDAS DE GESTIÓN DE PERSONAL
CAPÍTULO I. GASTOS DE PERSONAL
Artículo 33. - Determinación de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma.
Artículo 34.- Personal del sector público de la Comunidad Autónoma sometido a régimen administrativo y estatutario.
Artículo 35. - Personal laboral del sector público de la Comunidad Autónoma.
Artículo 36. - Retribuciones de los funcionarios de la Comunidad Autónoma.
Artículo 37. - Retribuciones de los funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.
Artículo 38.- Retribuciones del personal funcionario del Cuerpo General de la Policía Canaria.
Artículo 39. - Retribuciones de los miembros del Gobierno, de los altos cargos y de otro personal directivo.
Artículo 40. - Retribución de las horas lectivas complementarias del personal docente no universitario y de los funcionarios interinos docentes con dedicación parcial.
Artículo 41. - Retribuciones del personal docente no universitario que participe en el desarrollo de las medidas de calidad de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad.
Artículo 42. - Política retributiva del personal de las sociedades mercantiles y fundaciones públicas.
Artículo 43.- Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal de los entes con presupuesto estimativo.
Artículo 44. - Prohibición de ingresos atípicos.
Artículo 45.- Acción social.
Artículo 46. - Autorización de acuerdos y convenios en materia de personal.
CAPÍTULO II. MEDIDAS DE GESTIÓN DE PERSONAL
Artículo 47.- Planificación de recursos humanos.
Artículo 48. - Gestión de gastos de personal y ejecución de créditos presupuestarios.
Artículo 49. - Cobertura presupuestaria.
Artículo 50.- Oferta de empleo público.
Artículo 51. - Contratación de personal temporal.
Artículo 52.- Normas de contratación de personal cofinanciado o con financiación externa.
Artículo 53. - Nombramiento de funcionarios interinos.
Artículo 54. - Programación del personal docente y de centros sanitarios.
Artículo 55.- Compensación de horas o servicios extraordinarios.
Artículo 56.- Gestión de personal en los entes con presupuesto estimativo.
TÍTULO VI. DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO I. OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO
Artículo 57. - Operaciones de endeudamiento.
Artículo 58.- Programa de endeudamiento.
Artículo 59.- Operaciones de endeudamiento de otros entes con presupuesto limitativo.
Artículo 60.- Operaciones de endeudamiento de entes con presupuesto estimativo.
Artículo 61. - Remisión de información a la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad.
CAPÍTULO II. AVALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
Artículo 62.- Avales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Artículo 63. - Avales de los demás entes del sector público autonómico.
TÍTULO VII. DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS
Artículo 64.- Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Artículo 65.- Actualización de los precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Sociedades mercantiles públicas.
D.A. 2ª.- Dación de cuentas.
D.A. 3ª.- Ingresos del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.
D.A. 4ª.- Gestión económica de determinados centros.
D.A. 5ª.- Distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados.
D.A. 6ª.- Corrección de situaciones de desequilibrio presupuestario.
D.A. 7ª.- Medidas a adoptar en el ámbito de los programas de viabilidad aprobados para las sociedades mercantiles públicas.
D.A. 8ª.- Control del gasto de sustituciones del personal funcionario, estatutario y laboral.
D.A. 9ª.- Compromisos de gastos para financiar obras que se efectúen bajo la modalidad de abono total del precio.
D.A. 10ª.- Aportaciones dinerarias de la Comunidad Autónoma.
D.A. 11ª.- Crédito ampliable del Instituto Canario de la Vivienda.
D.A. 12ª.- Importe de la cuantía mensual y del complemento mensual variable de la ayuda económica básica para el año 2013.
D.A. 13ª.- Módulos de compensación y bases económicas de abogados y procuradores.
D.A. 14ª.- Coste de reposición de los agentes de la policía local.
D.A. 15ª.- Suspensión de pactos y acuerdos sindicales y de artículos de convenios colectivos.
D.A. 16ª.- De la prórroga de los complementos del personal docente e investigador de las universidades públicas de Canarias.
D.A. 17ª.- Concesión de premios.
D.A. 18ª.- Subvenciones.
D.A. 19ª.- Carrera profesional del personal del Servicio Canario de la Salud.
D.A. 20ª.- Permisos del personal estatutario, funcionario y laboral adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud.
D.A. 21ª.- Programa de incentivación ligado al cumplimiento de objetivos del personal estatutario, funcionario y laboral adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud.
D.A. 22ª.- Retención de créditos afectos a ingresos.
D.A. 23ª.- De los contratos-programa de las universidades canarias.
D.A. 24ª.- Ropa de trabajo.
D.A. 25ª.- Racionalización del gasto público respecto a la prescripción y utilización de medicamentos.
D.A. 26ª.- Jornada ordinaria de trabajo del personal estatutario, funcionario y laboral adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud.
D.A. 27ª.- Horario de trabajo, funcionamiento de los centros, y distribución de la jornada ordinaria de trabajo en el ámbito de la Atención Primaria en el Servicio Canario de la Salud.
D.A. 28ª.- Integración del personal de cupo y zona.
D.A. 29ª.- Exención voluntaria de guardias y de atención continuada modalidad B del personal facultativo del Servicio Canario de la Salud exento de realización de guardias.
D.A. 30ª.- Suspensión de la compensación financiera a los ayuntamientos prevista en el apartado 4 de la disposición transitoria de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de...
D.A. 31ª.-. Fondos e instrumentos financieros para el fomento de proyectos de renovación turística, ocio, innovación, investigación y desarrollo y autoconsumo y eficiencia energética.
D.A. 32ª.- Medidas relativas a las competencias transferidas del año 2010.
D.A. 33ª.- Medidas relativas a las competencias transferidas de 2013.
D.A. 34ª.- Préstamos y anticipos financiados con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
D.A. 35ª.- Sector público autonómico con presupuesto limitativo o estimativo.
D.A. 36ª.- Imputación al presupuesto de las anualidades de los compromisos de gasto de carácter plurianual.
D.A. 37ª.- Régimen jurídico de las encomiendas derivadas del artículo 24.6 de Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
D.A. 38ª.- Créditos del Fondo Canario de Financiación Municipal.
D.A. 39ª.- Rendición de información.
D.A. 40ª.- Financiación específica.
D.A. 41ª.- Incompatibilidad del personal laboral para el desempeño de actividades privadas.
D.A. 42ª.- Posibilidad de que los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias soliciten la reducción, a petición propia, del complemento específico.
D.A. 43ª.- Revocación de las prolongaciones de permanencia en el servicio activo.
D.A. 44ª.- Planes de ordenación de recursos humanos en el ámbito del Servicio Canario de la Salud.
D.A. 45ª.- Especialidades procedimentales en materia de personal del Servicio Canario de la Salud.
D.A. 46ª.- Cesión de datos de carácter personal en el ámbito de la Consejería competente en materia de pesca.
D.A. 47ª.- Normas de fomento del empleo en la contratación del sector público autonómico.
D.A. 48ª.- Dependencia.
D.A. 49ª.- Exoneración de garantías en abonos anticipados.
D.A. 50ª.- Retenciones en el sistema de financiación.
D.A. 51ª.- Oficinas de farmacia.
D.A. 52ª.- Complejos hospitalarios y sociosanitarios del norte y sur de Tenerife y del hospital de Fuerteventura.
D.A. 53ª.- Plazas asistenciales vinculadas con plazas docentes.
D.A. 54ª.-
D.A. 55ª.- Obras de infraestructuras destinadas a la prestación de servicios públicos.
D.A. 56ª.- De los recursos asignados al Fondo Canario de Financiación Municipal.
D.A. 57ª.- Reducción de la jornada de trabajo de los funcionarios interinos y del personal laboral indefinido y temporal del ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
D.A. 58ª.- Supresión de oficinas de las instituciones dependientes del Parlamento de Canarias ubicadas fuera de sus sedes respectivas.
D.A. 59ª.- Palacio de deportes de Gran Canaria Mundobasket 2014.
D.A. 60ª.- Autorización de modificación del tipo impositivo del Arbitrio sobre la importación y entrega de mercancías sobre el vino.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.- Indemnización por residencia.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Modificación de la Ley 5/1986, de 28 de julio, del impuesto especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo.
D.F. 2ª.- Modificación de la Ley 1/2011, de 21 de enero, del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y otras Medidas Tributarias.
D.F. 3ª.- Modificación del Decreto legislativo 1/2009, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos.
D.F. 4ª.- Modificación del Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias aprobado por Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.
D.F. 5ª.-- Desarrollo de la ley.
D.F. 6ª.- Entrada en vigor.